Tablas salariales de transporte de mercancías de Albacete 2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.
Hay 38 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,5 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 25)
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra | Pluses |
|---|---|---|---|---|---|
| Grupo I: Personal superior y técnico | |||||
| Jefe/a de Servicio | 1.552,46 € | 29.851,50 €* | +3,5 % | 16,35 € | Plus convenio: 547,05 €/mes |
| Ingeniero/a y Licenciado/a | 1.453,61 € | 28.016,43 €* | +3,5 % | 15,34 € | Plus convenio: 517,69 €/mes |
| Inspector/a Principal | 1.453,61 € | 28.016,43 €* | +3,5 % | 15,34 € | Plus convenio: 517,69 €/mes |
| Jefe/a Taller | 1.371,51 € | 26.399,97 €* | +3,5 % | 14,46 € | Plus convenio: 485,61 €/mes |
| Jefe/a de Administración | 1.371,51 € | 26.399,97 €* | +3,5 % | 14,46 € | Plus convenio: 485,61 €/mes |
| Jefe/a de Sección Administrativa | 1.330,47 € | 25.590,69 €* | +3,5 % | 14,01 € | Plus convenio: 469,47 €/mes |
| Ingeniero/a Técnico y Auxiliar titulado | 1.273,43 € | 24.481,17 €* | +3,5 % | 13,41 € | Plus convenio: 448,31 €/mes |
| Jefe/a de Tráfico 1.ª | 1.253,35 € | 24.140,25 €* | +3,5 % | 13,22 € | Plus convenio: 445,00 €/mes |
| Encargado/a General Agencia de Transportes | 1.253,35 € | 24.140,25 €* | +3,5 % | 13,22 € | Plus convenio: 445,00 €/mes |
| Jefe/a de Tráfico 2.ª | 1.188,15 € | 22.922,49 €* | +3,5 % | 12,55 € | Plus convenio: 425,02 €/mes |
| ATS | 1.178,35 € | 22.730,73 €* | +3,5 % | 12,45 € | Plus convenio: 421,29 €/mes |
| Jefe/a de Tráfico 3.ª | 1.155,81 € | 22.383,27 €* | +3,5 % | 12,26 € | Plus convenio: 420,51 €/mes |
| Grupo II: Personal administrativo | |||||
| Oficial 1.ª Administrativo | 1.198,92 € | 23.102,52 €* | +3,5 % | 12,65 € | Plus convenio: 426,56 €/mes |
| Jefe/a Administración en ruta | 1.178,35 € | 22.730,73 €* | +3,5 % | 12,45 € | Plus convenio: 421,29 €/mes |
| Oficial de 2.ª Administrativo | 1.178,35 € | 22.730,73 €* | +3,5 % | 12,45 € | Plus convenio: 421,29 €/mes |
| Auxiliar Administrativo | 1.149,51 € | 22.225,65 €* | +3,5 % | 12,17 € | Plus convenio: 415,25 €/mes |
| Telefonista | 1.146,77 € | 22.184,55 €* | +3,5 % | 12,15 € | Plus convenio: 415,25 €/mes |
| Cobrador/a de facturas | 1.146,77 € | 22.184,55 €* | +3,5 % | 12,15 € | Plus convenio: 415,25 €/mes |
| Grupo III: Personal de movimiento | |||||
| Encargado/a General de 1.ª de garajes | 1.188,15 € | 22.922,49 €* | +3,5 % | 12,55 € | Plus convenio: 425,02 €/mes |
| Inspector/a | 38,62 €/día | —1 | — | — | |
| Conductor/a Mecánico/a | 38,62 €/día | —2 | — | — | |
| Conductor/a Perceptor/a | 38,62 €/día | —3 | — | — | |
| Encargado/a de Almacén y Agen. de Transporte | 1.155,81 € | 22.383,27 €* | +3,5 % | 12,26 € | Plus convenio: 420,51 €/mes |
| Jefe/a de Equipo (Capataz de Agencia de Transporte) | 1.149,51 € | 22.225,65 €* | +3,5 % | 12,17 € | Plus convenio: 415,25 €/mes |
| Conductor/a | 37,78 €/día | —4 | — | — | |
| Conductor/a de Motor y Furgonetas (vehículos ligeros) | 37,03 €/día | —5 | — | — | |
| Mozo/a Especializado/a | 36,15 €/día | —6 | — | — | |
| Mozo/a Especializado/a-Carretillero/a | 36,15 €/día | —7 | — | — | |
| Cobrador/a | 36,15 €/día | —8 | — | — | |
| Mozo/a | 33,68 €/día | —9 | — | — | |
| Grupo IV: Personal de servicios auxiliares | |||||
| Jefe/a Equipo de Taller | 38,62 €/día | —10 | — | — | |
| Encargado/a de Taller | 1.155,81 € | 22.383,27 €* | +3,5 % | 12,26 € | Plus convenio: 420,51 €/mes |
| Portero/a y Vigilante | 1.146,77 € | 22.184,55 €* | +3,5 % | 12,15 € | Plus convenio: 415,25 €/mes |
| Oficial 1.ª Taller y Oficios | 37,78 €/día | —11 | — | — | |
| Oficial 2.ª Taller y Oficios | 36,15 €/día | —12 | — | — | |
| Engrasador/a | 36,15 €/día | —13 | — | — | |
| Lavacoches | 33,68 €/día | —14 | — | — | |
| Guarda | 33,68 €/día | —15 | — | — | |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Inspector/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
2. Conductor/a Mecánico/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
3. Conductor/a Perceptor/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
4. Conductor/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
5. Conductor/a de Motor y Furgonetas (vehículos ligeros): Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
6. Mozo/a Especializado/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
7. Mozo/a Especializado/a-Carretillero/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
8. Cobrador/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
9. Mozo/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
10. Jefe/a Equipo de Taller: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
11. Oficial 1.ª Taller y Oficios: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
12. Oficial 2.ª Taller y Oficios: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
13. Engrasador/a: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
14. Lavacoches: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
15. Guarda: Salario y plus convenio diarios: la tabla no da importe mensual ni anual. Cada una de las tres pagas extra es de 30 días de salario base más antigüedad; el plus convenio diario va en complementos.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.826 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus convenio (categorías con salario diario)
de 14,89 a 16,60 € por día trabajado según categoríaPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo; si la semana se reparte en 5 días se cobra lo que correspondería a 6 (art. 24).
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Antigüedad: 5 % a los 5 años hasta 20 % a los 20
un 5 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 4 (tope: 20 % del salario)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Desde el día 1 del mes siguiente a cumplir 5, 10, 15 y 20 años.
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Plus de quebranto de moneda
el 10 % de tu salario baseLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Quien además de sus funciones hace de cajero, taquillero o cobrador; no si los cobros están asegurados o no superan 600 € por envío sin responsabilidad del trabajador.
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Plus de peligrosidad
10 % del salario base por día trabajado (salario diario, o mensual ÷ 30)Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Conductores que manipulan o transportan habitualmente mercancías explosivas o inflamables, por día trabajado.
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Plus de nocturnidad
un 15 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Personal NO móvil que trabaja habitualmente entre las 22:00 y las 6:00, salvo trabajo nocturno por naturaleza o compensado con descansos.
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Plus de distancia
Importe de la tabla; el convenio no dice la unidad (por kilómetro, según la antigua regulación del plus de distancia)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Según la legislación vigente.
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Dieta completa: servicios nacionales
50,01 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por el servicio.
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Dieta completa: servicios internacionales
78,18 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por el servicio.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Albacete · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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