Convenio colectivo de la Construcción de Bizkaia 2025-2027.
Convenio de los años 2025 a 2027 (del 1/1/2025 al 31/12/2027).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Personal Superior | ||
| Jefe de Servicios | 66,60 €/día | 43.658,74 € |
| Jefe de Obra | 66,60 €/día | 43.658,74 € |
| Ayudante de Servicio | 66,60 €/día | 43.658,74 € |
| Personal Titulado | ||
| Arquitecto | 66,60 €/día | 43.658,74 € |
| Ingeniero | 66,60 €/día | 43.658,74 € |
| Licenciado | 66,60 €/día | 43.658,74 € |
| Aparejador | 61,41 €/día | 40.482,44 € |
| Périto industrial | 61,41 €/día | 40.482,44 € |
| Ayudante Ingeniero | 61,41 €/día | 40.482,44 € |
| Graduado Social | 56,55 €/día | 37.471,02 € |
| Decorador/Diseñador interiores | 56,55 €/día | 37.471,02 € |
| A.T.S. | 56,55 €/día | 37.471,02 € |
| Empleados · A) Técnicos | ||
| Ayudante de obra | 59,37 €/día | 39.012,92 € |
| Encargado general | 59,44 €/día | 39.012,92 € |
| Delineante Proyectista | 56,84 €/día | 37.407,93 € |
| Delineante de 1.ª | 54,73 €/día | 35.891,49 € |
| Delineante de 2.ª | 51,59 €/día | 33.934,68 € |
| Práctico topog. de 1.ª | 54,73 €/día | 35.891,49 € |
| Práctico topog. de 2.ª | 51,59 €/día | 33.934,68 € |
| Aydte. práctico topog | 50,44 €/día | 32.907,99 € |
| Técnico Organiz. 1.ª | 54,73 €/día | 35.891,49 € |
| Técnico Organiz 2.ª | 51,59 €/día | 33.934,68 € |
| Inspector de control | 47,01 €/día | 31.051,43 € |
| Calcador | 38,63 €/día | 25.614,54 € |
| Empleados · B) Administrativos | ||
| Jefe de 1.ª | 56,37 €/día | 37.471,03 € |
| Jefe de 2.ª | 54,73 €/día | 35.891,36 € |
| Jefe de Personal | 62,01 €/día | 40.490,44 € |
| Oficial de 1.ª | 53,32 €/día | 35.093,23 € |
| Oficial de 2.ª | 48,83 €/día | 32.153,70 € |
| Auxiliar de 1.ª | 45,03 €/día | 29.568,58 € |
| Auxiliar de 2.ª | 38,27 €/día | 25.393,42 € |
| Telefonista | 38,26 €/día | 25.390,82 € |
| Empleados · C) Subalternos | ||
| Conserjes y Cobradores | 44,25 €/día | 29.190,17 € |
| Ordenanza,Portero | 44,25 €/día | 29.190,17 € |
| Operarios · A) Oficios Clásicos y Auxiliares | ||
| Encargado de Obra y Jefe de Taller | 56,88 €/día | 37.407,98 € |
| Capataz y Contramaestre Taller | 52,52 €/día | 34.428,24 € |
| Jefe de Equipo | 52,52 €/día | 34.428,24 € |
| Especialistas | 52,11 €/día | 34.186,45 € |
| Oficial de 1.ª | 52,11 €/día | 34.186,45 € |
| Oficial de 2.ª | 47,01 €/día | 31.051,49 € |
| Ayudante | 44,25 €/día | 29.190,17 € |
| Peones Especialistas | 44,10 €/día | 28.845,09 € |
| Peones Ordinarios | 43,78 €/día | 28.446,14 € |
| Operarios · B) Auxiliares de obra | ||
| Aux. Técnico de Obra de 1.ª | 50,43 €/día | 32.901,26 € |
| Aux. Técnico de Obra de 2.ª | 38,27 €/día | 25.393,42 € |
| Aux. Admón. Obra de 1.ª | 45,03 €/día | 29.563,77 € |
| Aux. Admón de Obra de 2.ª | 38,27 €/día | 25.393,92 € |
| Listero | 44,25 €/día | 29.189,61 € |
| Almacenero, Guarda Jurado, Vigilante Taller/Almacén | 44,25 €/día | 29.190,17 € |
| Personal de Limpieza y Cocina | 43,78 €/día | 28.446,14 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo Personal Superior
- Jefe de Servicios · nivel II
- Jefe de Obra · nivel II
- Ayudante de Servicio · nivel II
Grupo Personal Titulado
- Arquitecto · nivel II
- Ingeniero · nivel II
- Licenciado · nivel II
- Aparejador · nivel III
- Périto industrial · nivel III
- Ayudante Ingeniero · nivel III
- Graduado Social · nivel III
- Decorador/Diseñador interiores · nivel III
- A.T.S. · nivel III
Grupo Empleados · A) Técnicos
- Ayudante de obra · nivel IV
- Encargado general · nivel IV
- Delineante Proyectista · nivel V
- Delineante de 1.ª · nivel VI
- Delineante de 2.ª · nivel VII
- Práctico topog. de 1.ª · nivel VI
- Práctico topog. de 2.ª · nivel VII
- Aydte. práctico topog · nivel IX
- Técnico Organiz. 1.ª · nivel VI
- Técnico Organiz 2.ª · nivel VII
- Inspector de control · nivel VIII
- Calcador · nivel IX
Grupo Empleados · B) Administrativos
- Jefe de 1.ª · nivel II
- Jefe de 2.ª · nivel V
- Jefe de Personal · nivel IV
- Oficial de 1.ª · nivel VI
- Oficial de 2.ª · nivel VII
- Auxiliar de 1.ª · nivel IX
- Auxiliar de 2.ª · nivel IX
- Telefonista · nivel IX
Grupo Empleados · C) Subalternos
- Conserjes y Cobradores · nivel IX
- Ordenanza,Portero · nivel IX
Grupo Operarios · A) Oficios Clásicos y Auxiliares
- Encargado de Obra y Jefe de Taller · nivel VI
- Capataz y Contramaestre Taller · nivel VII
- Jefe de Equipo · nivel VII
- Especialistas · nivel VII
- Oficial de 1.ª · nivel VIII
- Oficial de 2.ª · nivel IX
- Ayudante · nivel X
- Peones Especialistas · nivel XI
- Peones Ordinarios · nivel XII
Grupo Operarios · B) Auxiliares de obra
- Aux. Técnico de Obra de 1.ª · nivel VII
- Aux. Técnico de Obra de 2.ª · nivel VII
- Aux. Admón. Obra de 1.ª · nivel IX
- Aux. Admón de Obra de 2.ª · nivel IX
- Listero · nivel IX
- Almacenero, Guarda Jurado, Vigilante Taller/Almacén · nivel X
- Personal de Limpieza y Cocina · nivel XII
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (2 bienios del 5 % y quinquenios del 7 %)Toda la plantilla; cuentan los periodos de contrato de formación. · art. 27 y tablas 2026 | según categoría, de 12,49 a 19,44 € |
| Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00. Si se trabajan menos de 4 horas nocturnas, se paga solo sobre ese tiempo; si más de 4, sobre toda la jornada. No lo cobra quien fue contratado exclusivamente para trabajo nocturno con salario fijado por ello. · art. 34 | 25 % sobre el salario base |
| Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos y/o peligrososLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas, salvo acuerdo distinto con la representación. Si se hacen durante media jornada o menos, la mitad del porcentaje. No consolidable. · art. 32 y tablas 2026, «Otros conceptos» (acuerdo de 19/1/2026) | 20 % sobre el salario base |
| Plus de turnicidad (sábados, domingos, festivos y días CH)Personal en régimen de 4 o más turnos: por cada día de fiesta, día CH, sábado o domingo que le toque trabajar en su jornada normal. · art. 35; importe 2026: tablas 2026, «Otros conceptos» (acuerdo de 19/1/2026) | 57,74 € por día |
| Plus de turnicidad (24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero)Personal en régimen de 4 o más turnos que trabaja dentro de su jornada normal el 24, 25 o 31 de diciembre o el 1 de enero (sustituye al importe ordinario esos días). · art. 35; importe 2026: tablas 2026, «Otros conceptos» (acuerdo de 19/1/2026) | 111,27 € por día |
| Desgaste de herramientasPersonal que, por su categoría o especialidad, aporta herramientas de mano propias. Por día de trabajo efectivo. · art. 30; importe 2026: tablas 2026, «Otros conceptos» (acuerdo de 19/1/2026) | 0,89 € por día |
| Kilometraje con vehículo propioCon autorización expresa de la empresa, uso del vehículo propio para ir al centro de trabajo. · art. 42; importe 2026: tablas 2026, «Otros conceptos» (acuerdo de 19/1/2026) | 0,47 € |
| Dieta completaDesplazamiento a otro municipio a 10 km o más (15 km en pintura) sin poder pernoctar en la residencia habitual. Por día natural. Si la empresa costea manutención y alojamiento, o en el extranjero, solo el 20 %. · art. 41; importe 2026: tablas 2026, «Otros conceptos» (acuerdo de 19/1/2026) | 84,18 € por día |
| Media dietaDesplazamiento en que hay que comer fuera y se puede volver a pernoctar a casa. Por día efectivo trabajado; puede pagarse con vales de comida si se acuerda. · art. 41.5; importe 2026: tablas 2026, «Otros conceptos» (acuerdo de 19/1/2026) | 18,97 € por día |
| Plus de jefe/a de turno (Operador/a de Tráfico)Operador/a de Tráfico de la red viaria de Bizkaia que asume en su turno la responsabilidad de jefe/a de turno. · disposición adicional quinta | 15 % sobre el salario base |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 18,68 a 32,10 € la hora. Pueden compensarse con descanso a razón del 125 % por hora extra (1 h 15 min por hora) si hay acuerdo expreso con la representación legal; las compensadas en los 4 meses siguientes no cuentan para el tope de 80 horas (art. 19 y tablas 2026). (art. 19 y tablas 2026)
Subidas pactadas: 2025: 3 % (Tablas 2025 del Anexo IV elaboradas con un incremento del 3 %. La antigüedad-base sube la mitad; el incremento del plus extrasalarial se reparte al 50 % entre salario base y plus de actividad.); 2026: 3,4 % (IPC estatal de 2025 (2,9 %) + 0,5 % = 3,4 %, según el art. 25 (acuerdo de la Comisión Paritaria de 19/1/2026).); 2027: (IPC estatal de 2026 + 0,5 %; tablas pendientes de elaborar.).
Revisión salarial: Las tablas de 2026 y 2027 suben el IPC estatal del año anterior más un 0,5 % adicional cada año (2026: 2,9 % + 0,5 % = 3,4 %). Además, quien cobre por encima de tablas y no haya tenido subida en los cuatro años anteriores recibe el porcentaje de subida pactado aplicado al salario de tablas de su categoría (art. 3). (arts. 25 y 3).
Permisos pagados.
8 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hecho registradaart. 22.1 | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 22.2 | 5 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento del cónyuge o de hijos/asart. 22.3 | 5 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, madres o hermanos/asart. 22.3 | 3 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de abuelos/as y nietos/asart. 22.3 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos políticosart. 22.3 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de tíos/as y sobrinos/asart. 22.3 | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de familiar directo o de primer gradoart. 22.7 | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitual a otra localidad por motivos de trabajoart. 22.8 | 3 | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 22.9 | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 22.10 | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consulta de medicina general que deriva al especialista, y consulta de especialista de la Seguridad Social prescritaart. 22.5 y 22.6 | tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Curso básico de prevención para la TPC y curso específico de 20 horasart. 22.13 | tiempo necesario, a cargo de la empresa | Mejora el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción, guarda o acogimientoart. 22.14 | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Titulados/as superiores y medios: 6 meses
- Empleados/as niveles III, IV y V: 3 meses
- Empleados/as niveles VI a X: 2 meses
- Resto de empleados/as: 15 días
- Personal operario: encargados/as y capataces: 1 mes
- Resto del personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
- Titulados/as: 1 mes
- Empleados/as y encargados/as: 15 días
- Capataces y personal obrero: 7 días
Novedades del convenio.
- 2/2/2026 · Publicadas las tablas salariales 2026 (+3,4 %) y la modificación de la disposición adicional sexta (Etorkizuna EPSV).
- 18/12/2025 · Publicado en el BOB el convenio de la Construcción de Bizkaia 2025-2027 (firmado el 7/11/2025).
- 5/12/2025 · Publicado el calendario laboral 2026 de la comisión negociadora del convenio de la Construcción de Bizkaia.
Fuente: BOB de 18 de diciembre de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente hasta el 31/12/2027 (publicado en el BOB el 18/12/2025, efectos económicos desde 1/1/2025). Tablas 2026 publicadas el 02/02/2026.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Bizkaia?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Bizkaia en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 25.390,82 € brutos al año a jornada completa (Telefonista).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Bizkaia?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Titulados/as superiores y medios: 6 meses. Empleados/as niveles III, IV y V: 3 meses. Empleados/as niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados/as: 15 días. Personal operario: encargados/as y capataces: 1 mes. Resto del personal operario: 15 días.
¿Eres empresa?
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