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Convenio Colectivo de la Construcción, Obras Públicas e Industrias Auxiliares para la provincia de Castellón.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 12000525011973

Convenio de los años 2018 a 2021 (del 1/1/2018 al 31/12/2021). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.736horas
Vacaciones31días

naturales · art. 6

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Nivel II57,11 €/día33.462,87 €
Nivel III46,64 €/día28.444,24 €
Nivel IV45,55 €/día27.878,53 €
Nivel V42,23 €/día26.222,30 €
Nivel VI38,12 €/día24.311,98 €
Nivel VII37,40 €/día23.713,88 €
Nivel VIII36,76 €/día23.058,83 €
Nivel IX34,26 €/día21.627,14 €
Nivel X34,15 €/día21.196,92 €
Nivel XI34,15 €/día20.649,38 €
Nivel XII34,15 €/día20.389,70 €
Mármoles y piedras · Nivel II1.911,23 €30.146,44 €
Mármoles y piedras · Nivel III1.748,73 €27.551,14 €
Mármoles y piedras · Nivel IV1.723,34 €27.169,34 €
Mármoles y piedras · Nivel V1.616,68 €25.564,21 €
Mármoles y piedras · Nivel VI48,76 €/día23.244,90 €
Mármoles y piedras · Nivel VII47,43 €/día22.638,61 €
Mármoles y piedras · Nivel VIII45,76 €/día21.878,32 €
Mármoles y piedras · Nivel IX42,95 €/día20.589,05 €
Mármoles y piedras · Nivel X41,59 €/día19.967,01 €
Mármoles y piedras · Nivel XI40,46 €/día19.410,34 €
Mármoles y piedras · Nivel XII40,09 €/día19.218,37 €
Mármoles y piedras · Nivel XIII33,19 €/día14.754,79 €
Mármoles y piedras · Nivel XIV33,19 €/día14.754,79 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Categorías

  • Nivel II · nivel II
  • Nivel III · nivel III
  • Nivel IV · nivel IV
  • Nivel V · nivel V
  • Nivel VI · nivel VI
  • Nivel VII · nivel VII
  • Nivel VIII · nivel VIII
  • Nivel IX · nivel IX
  • Nivel X · nivel X
  • Nivel XI · nivel XI
  • Nivel XII · nivel XII
  • Mármoles y piedras · Nivel II · nivel II
  • Mármoles y piedras · Nivel III · nivel III
  • Mármoles y piedras · Nivel IV · nivel IV
  • Mármoles y piedras · Nivel V · nivel V
  • Mármoles y piedras · Nivel VI · nivel VI
  • Mármoles y piedras · Nivel VII · nivel VII
  • Mármoles y piedras · Nivel VIII · nivel VIII
  • Mármoles y piedras · Nivel IX · nivel IX
  • Mármoles y piedras · Nivel X · nivel X
  • Mármoles y piedras · Nivel XI · nivel XI
  • Mármoles y piedras · Nivel XII · nivel XII
  • Mármoles y piedras · Nivel XIII · nivel XIII
  • Mármoles y piedras · Nivel XIV · nivel XIV

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Plus de asistenciaPor jornada efectivamente trabajada (construcción y obras públicas) · art. 16.B y tabla 2026según categoría, de 6,90 a 15,17 € por día
Plus de actividadPor jornada normal efectivamente trabajada; se calcula sobre todos los días de la semana salvo festivos, sábados y domingos, y se paga también en los días laborables no trabajados para no exceder la jornada anual · art. 16.A y tabla 20267,06 € por día
Plus de transportePor jornada laboral efectivamente trabajada; igual para todas las categorías, no absorbible ni compensable · art. 17.A y tabla 20264,37 € por día
Plus de transporte (mármoles y piedras, niveles II a V)Personal mensual de mármoles y piedras (niveles II a V) · art. 17.A y tabla 2026 (mármoles y piedras, anexo I)113,29 € al mes en 11 pagas
Plus de transporte (mármoles y piedras, niveles VI a XIV)Personal diario de mármoles y piedras (niveles VI a XIV); por día de trabajo · art. 17.A y tabla 2026 (mármoles y piedras, anexo I)4,60 € por día
Plus de nocturnidadTrabajo nocturno, cuando corresponda · art. 16.F25 % sobre el salario base
Pluses de penosidad, toxicidad y peligrosidadTrabajos penosos, tóxicos o peligrosos, cuando corresponda · art. 16.E25 % sobre el salario base
Desgaste de herramientasOficiales y ayudantes, en obras en que la empresa no aporte las herramientas de mano; se pierde el día que no se lleven · art. 17.B y tabla 20260,51 € por día
Desgaste de herramientas (mármoles y piedras)Personal de mármoles y piedras de los niveles II a XII con derecho a la compensación (art. 17.B) · art. 17.B y tabla 2026 (mármoles y piedras, anexo III)según categoría, de 29,57 a 44,62 €
Tabla de antigüedad (mármoles y piedras)Personal de mármoles y piedras con derecho a antigüedad según la tabla del anexo III · tabla 2026 (mármoles y piedras, tabla de antigüedad)Importe por tramo: 5 %: 0,62 €; 10 %: 1,23 €; 16 %: 2,00 €; 22 %: 2,74 €; 28 %: 3,48 €; 34 %: 4,23 €; 40 %: 4,98 €; 46 %: 5,73 €; 52 %: 6,49 €; 58 %: 7,23 €; 60 %: 7,48 €
Antigüedad consolidada («ad personam»)Solo quien tenía consolidado el complemento de antigüedad a 21/11/1996 · art. 16.C, 15.A y 20Importe fijo e invariable consolidado a 21/11/1996 (Acuerdo Sectorial Nacional de 18/10/1996); se suma a las pagas extraordinarias y a las horas extra, y se extingue con el contrato
Complemento por discapacidadPersonal con discapacidad reconocida por el organismo oficial; un solo complemento según el grado · art. 16.DPor mes natural: 19,99 € (grado 13 %-22 %), 20,98 € (23 %-32 %), 39,99 € (33 % o más)
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreterasGrupos profesionales 1 a 5 que trabajen de forma habitual en autopistas, autovías y carreteras, en contratas de conservación licitadas tras la publicación del convenio · disposición adicional tercera4,00 € por día
Dieta completaDesplazamiento a más de 15 km en otro término municipal que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa costea manutención y alojamiento) · art. 18 y tabla 202659,73 € por día
Media dietaDesplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajado · art. 18 y tabla 202613,57 € por día
Kilometraje (vehículo propio)Desplazamientos autorizados por la empresa con vehículo propio · art. 18 y tabla 20260,35 €

Horas extra: precio fijado por categoría, de 13,42 a 22,08 € la hora. La empresa puede compensarlas con tiempo equivalente de descanso si no se perturba el proceso productivo; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año (art. 20 y tabla 2026 (columnas «Hora extraordinaria» y «Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos»)). (art. 20 y tabla 2026 (columnas «Hora extraordinaria» y «Hora extraordinaria nocturna, domingos y festivos»))

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024 del Convenio General: las tablas de 2024 suben un 0,40 % antes de aplicar la subida de 2025.); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % sobre las tablas de 2024 (con la garantía), con efectos retroactivos desde el 1/1/2025; incluye dietas, media dieta, kilometraje y desgaste de herramienta.); 2025: 0,5 % (Aportación empresarial al plan de pensiones del sector: 0,50 % (no es subida de tablas; importe por nivel en la tabla).); 2026: 3 % (Incremento del 3,00 % sobre las tablas de 2025, desde el 1/1/2026 (tabla 2026 publicada).); 2026: 0,25 % (Aportación adicional al plan de pensiones del sector: 0,25 % (no es subida de tablas; importe por nivel en la tabla).).

Revisión salarial: El convenio remite las revisiones salariales al Convenio General (art. 10). Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 10 del convenio provincial y art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025)).

Permisos pagados.

8 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 8.1.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Matrimonio de familiares de primer gradoart. 8.1.a1Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o de familiar de 1.er grado (7 días si hay que desplazarse a otra provincia)art. 8.1.b5 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de familiares de 2.º grado de cualquiera de los cónyugesart. 8.1.d4Mejora el Estatuto
Nacimiento o adopción de un descendiente (5 días fuera de la provincia)art. 8.1.c3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge o parientes hasta 2.º gradoart. 8.1.e5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)
Traslado del domicilio habitual (4 días si es a otra provincia)art. 8.1.g2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluida renovación de DNI, pasaporte o carné)art. 8.1.h—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes en centros de enseñanza reconocidosart. 8.1.i—Mejora el Estatuto
Renovación de la licencia para conducir vehículos o máquinas del puesto (3 horas)art. 8.1.j3 horasMejora el Estatuto
Consulta médica de atención primaria o especialista (hasta 6 veces al año, 3 horas cada una)art. 8.1.k6 veces al año, 3 horas cada unaMejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Personal técnico titulado superior y medio: 6 meses
  • Niveles III (salvo titulaciones medias), IV y V: 3 meses
  • Niveles VI a X: 2 meses
  • Resto del personal no operario: 15 días
  • Personal operario: encargado y capataz: 1 mes
  • Resto del personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

  • Personal técnico y administrativo: 30 días
  • Resto del personal: 7 días

Novedades del convenio.

  • 3/1/2026 · Tablas salariales 2025 (+3,5 %) y 2026 (+3 %), aportaciones al plan de pensiones y calendario laboral 2026 (1.736 horas)

Fuente: BOP Castellón de 2 de junio de 2018 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Texto 2018-2021, denunciado y prorrogado: la Comisión Negociadora acordó en 2023 que siga vigente hasta que lo sustituya otro. Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 3/1/2026) con las subidas del Convenio General estatal.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Castellón?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2018 al 31/12/2021.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Castellón en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.754,79 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Castellón?

31 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Personal técnico titulado superior y medio: 6 meses. Niveles III (salvo titulaciones medias), IV y V: 3 meses. Niveles VI a X: 2 meses. Resto del personal no operario: 15 días. Personal operario: encargado y capataz: 1 mes. Resto del personal operario: 15 días.

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