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Convenio colectivo para las industrias del sector de la Construcción y Obras Públicas de la Región de Murcia.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 30000345011981

Convenio del año 2017 (del 1/1/2017 al 31/12/2017). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.736horas
Vacaciones30días

naturales · art. 19

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Personal Titulado Superior2.768,12 €41.827,91 €
Personal Titulado Medio2.346,43 €35.542,89 €
Jefe Administrativo 1ª2.115,37 €32.099,90 €
Jefe de Personal2.048,49 €30.991,73 €
Ayudante de Obra2.048,49 €30.991,73 €
Encargado General Fábrica2.048,49 €30.991,73 €
Encargado General2.048,49 €30.991,73 €
Jefe Administración 2ª1.926,57 €29.130,17 €
Delineante Superior1.926,57 €29.130,17 €
Encargado General de Obra1.926,57 €29.130,17 €
Jefe de Sección1.926,57 €29.130,17 €
Jefe Organización Científica del Trabajo 2ª1.926,57 €29.130,17 €
Jefe de Compras1.926,57 €29.130,17 €
Delineante de 1ª1.869,89 €28.262,80 €
Técnico Organización de 1ª1.869,89 €28.262,80 €
Jefe Encargado Taller1.869,89 €28.262,80 €
Encargado Sección Laboratorio1.869,89 €28.262,80 €
Práctico Topógrafo de 1ª1.869,89 €28.262,80 €
Oficial Administrativo de 1ª1.796,22 €27.153,88 €
Programador Ordenadores1.796,22 €27.153,88 €
Delineante de 2ª1.765,68 €26.698,99 €
Técnico de 2ª1.765,68 €26.698,99 €
Técnico Organización de 2ª1.765,68 €26.698,99 €
Práctico Topógrafo de 2ª1.765,68 €26.698,99 €
Analista de 1ª1.765,68 €26.698,99 €
Viajante1.765,68 €26.698,99 €
Capataz1.765,68 €26.698,99 €
Especialista de Obras1.765,68 €26.698,99 €
Oficial Administrativo 2ª1.727,80 €26.123,20 €
Operador Ordenadores1.727,80 €26.123,20 €
Oficial 1ª de Oficio40,50 €/día24.377,22 €
Inspector de Control, Señalización y Servicios40,50 €/día24.377,22 €
Analista de 2ª40,50 €/día24.377,22 €
Auxiliar Administrativo1.613,54 €24.397,87 €
Auxiliar Administrativo Obra1.206,89 €23.995,53 €
Ayudante Topógrafo39,46 €/día23.947,85 €
Auxiliar de Organización39,46 €/día23.947,85 €
Vendedores39,46 €/día23.947,85 €
Conserjes39,46 €/día23.947,85 €
Oficial 2ª de Oficio39,46 €/día23.947,85 €
Auxiliar de Laboratorio38,08 €/día23.321,92 €
Vigilante38,08 €/día23.321,92 €
Almacenero38,08 €/día23.321,92 €
Listero38,08 €/día23.321,92 €
Enfermero38,08 €/día23.321,92 €
Cobrador38,08 €/día23.321,92 €
Guarda Jurado38,08 €/día23.321,92 €
Ayudante de Oficio38,08 €/día23.321,92 €
Especialista de 2ª37,56 €/día23.087,35 €
Peón Especializado37,56 €/día23.087,35 €
Peón Ordinario36,83 €/día22.754,51 €
Personal de Limpieza36,83 €/día22.754,51 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Categorías

  • Personal Titulado Superior · nivel II
  • Personal Titulado Medio · nivel IIIa
  • Jefe Administrativo 1ª · nivel IIIb
  • Jefe de Personal · nivel IV
  • Ayudante de Obra · nivel IV
  • Encargado General Fábrica · nivel IV
  • Encargado General · nivel IV
  • Jefe Administración 2ª · nivel V
  • Delineante Superior · nivel V
  • Encargado General de Obra · nivel V
  • Jefe de Sección · nivel V
  • Jefe Organización Científica del Trabajo 2ª · nivel V
  • Jefe de Compras · nivel V
  • Delineante de 1ª · nivel VIa
  • Técnico Organización de 1ª · nivel VIa
  • Jefe Encargado Taller · nivel VIa
  • Encargado Sección Laboratorio · nivel VIa
  • Práctico Topógrafo de 1ª · nivel VIa
  • Oficial Administrativo de 1ª · nivel VIb
  • Programador Ordenadores · nivel VIb
  • Delineante de 2ª · nivel VII
  • Técnico de 2ª · nivel VII
  • Técnico Organización de 2ª · nivel VII
  • Práctico Topógrafo de 2ª · nivel VII
  • Analista de 1ª · nivel VII
  • Viajante · nivel VII
  • Capataz · nivel VII
  • Especialista de Obras · nivel VII
  • Oficial Administrativo 2ª · nivel VIIIa
  • Operador Ordenadores · nivel VIIIa
  • Oficial 1ª de Oficio · nivel VIIIb
  • Inspector de Control, Señalización y Servicios · nivel VIIIb
  • Analista de 2ª · nivel VIIIb
  • Auxiliar Administrativo · nivel IXa
  • Auxiliar Administrativo Obra · nivel IXb
  • Ayudante Topógrafo · nivel IXc
  • Auxiliar de Organización · nivel IXc
  • Vendedores · nivel IXc
  • Conserjes · nivel IXc
  • Oficial 2ª de Oficio · nivel IXc
  • Auxiliar de Laboratorio · nivel X
  • Vigilante · nivel X
  • Almacenero · nivel X
  • Listero · nivel X
  • Enfermero · nivel X
  • Cobrador · nivel X
  • Guarda Jurado · nivel X
  • Ayudante de Oficio · nivel X
  • Especialista de 2ª · nivel XI
  • Peón Especializado · nivel XI
  • Peón Ordinario · nivel XII
  • Personal de Limpieza · nivel XII

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad consolidada (tabla del Anexo II)Solo personal con años de servicio en la empresa anteriores al 31/12/1996: cantidad fija y estable según la tabla del Anexo II, no absorbible. Se suma también a las pagas de junio y Navidad (art. 30). · art. 28 y Anexo IIImporte de la Tabla de Antigüedad Consolidada (Anexo II) según los años de servicio a 31/12/1996
Plus de especialidad (manejo de máquinas)Trabajador que maneja excavadora, retrogrúa, dúmper u otra máquina autopropulsada o que exija especialización (salvo montacargas y hormigoneras no autopropulsadas) y no tiene reconocida la categoría de Oficial de Primera. Solo por el tiempo realmente trabajado con dichas máquinas. · art. 3520 % sobre el salario base
Plus de nocturnidadTrabajo nocturno según el Convenio General del Sector. · art. 34.1 (remite al Convenio General)Según el Convenio General del Sector de la Construcción (art. 59 del VI CG; hoy VII CGSC)
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrososTrabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos. Mientras no haya catálogo sectorial se consideran peligrosos, entre otros: zanjas de 1,50 m de profundidad y menos de 1 m de ancho, vaciados de 3 m o más con superficie inferior a 50 m², excavaciones en minas y galerías, trabajos en fango o agua hasta los tobillos, hormigonado y encofrado al borde de edificios a más de 12 m, máquinas electrocortantes o punzantes de 5.000 rpm o más, andamios colgados a más de 12 m y derribos. · art. 34.2 (remite al Convenio General)Según el Convenio General del Sector de la Construcción (art. 58 del VI CG; hoy VII CGSC)
Desgaste de herramientasObras en que la empresa no aporta las herramientas de mano: trabajadores que usan herramientas propias, por día de trabajo. · art. 33; importe 2026: Anexo IV y cuadro final del acta de 15/12/2025 (tabla 2026)0,42 € por día
Dieta completaDesplazamiento a otro término municipal a 15 km o más del centro y de la residencia, cuando no se puede pernoctar en la residencia habitual. Por día natural. Si la empresa costea manutención y alojamiento, solo el 20 %. · arts. 39-40; importe 2026: Anexo IV y cuadro final del acta de 15/12/2025 (tabla 2026)60,56 € por día
Media dietaDesplazamiento en que hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no da la comida y se puede pernoctar en casa. Por día efectivo trabajado. · art. 40.4; importe 2026: Anexo IV y cuadro final del acta de 15/12/2025 (tabla 2026)11,87 € por día
Locomoción (kilometraje)Gastos de locomoción por desplazamiento cuando el trabajador usa vehículo propio. · art. 41; importe 2026: Anexo IV y cuadro final del acta de 15/12/2025 (tabla 2026)0,34 €
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreterasPersonal de los grupos 1 a 5 del Convenio General que trabaja de forma habitual en conservación y mantenimiento de autopistas, autovías y carreteras, en contratas licitadas tras la publicación del VI Convenio General. Por día efectivo de trabajo (proporcional si la jornada es inferior). · disposición adicional sexta; importe 2026: Anexo IV y cuadro final del acta de 15/12/2025 (tabla 2026)4,78 € por día
Plus de artillero (explosivos)Sector del mármol y la piedra natural: trabajadores acreditados que manejan explosivos y preparan cargas explosivas. Por día efectivo de trabajo. · Anexo IX (mármol y piedra natural); importe 2026: Anexo IV y cuadro final del acta de 15/12/2025 (tabla 2026)0,97 € por día
Subvención al cesto (comida)Trabajadores de canteras, por día efectivo de trabajo, si comen en los comedores de la zona (con justificante) o en la propia cantera cuando no hay comedor. Incompatible con la media dieta. · Anexo IX (mármol y piedra natural); importe 2026: Anexo IV y cuadro final del acta de 15/12/2025 (tabla 2026)2,40 € por día
Prima de producción (mármol y piedra natural)Todas las categorías del sector del mármol y la piedra natural de la Región de Murcia. · Anexo IX (mármol y piedra natural)2 % sobre el salario base
Complemento por discapacidadTrabajadores con discapacidad reconocida por el organismo oficial; un solo complemento según el grado. · art. 2913 %-22 %: 17 €/mes; 23 %-32 %: 24 €/mes; 33 % o más: 34 €/mes (por mes natural)

Horas extra: precio fijado por categoría, de 14,51 a 27,56 € la hora. La empresa puede compensarlas con tiempos equivalentes de descanso si no se perturba la producción; las compensadas no cuentan para el tope de 80 horas al año (art. 32 y Anexo IV). (art. 32 y Anexo IV)

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Por el art. 55.4 del VII Convenio General: la suma del IPC de diciembre de 2022, 2023 y 2024 fue del 11,6 %, y las tablas de 2024 se incrementan un 0,40 % con efectos de 1/1/2025, sin efectos retroactivos, como base de partida.); 2025: 3,5 % (Tablas 2025 = tablas 2024 (+0,40 %) + 3,5 %, según el Acuerdo de 4/11/2025. Los contratos para la formación de 1.er año se adaptan al SMI. Plan de pensiones: contribución 2024 + 0,50 %.); 2026: 3 % (Tablas 2026 = tablas 2025 + 3,0 %, según el Acuerdo de 4/11/2025. Los contratos para la formación de 1.er año se adaptan al SMI. Plan de pensiones: contribución 2025 + 0,25 %.).

Revisión salarial: El convenio provincial no tiene cláusula propia: la Comisión Paritaria aplica la del art. 55.4 del VII Convenio General del Sector. Con la suma del IPC general de diciembre de 2022, 2023 y 2024 (11,6 %), las tablas de 2024 se subieron un 0,40 % con efectos de 1/1/2025, sin atrasos. Para 2025 y 2026 rigen las subidas cerradas del Acuerdo de 4/11/2025 (3,5 % y 3,0 %); en los textos publicados no consta revisión posterior. (Acta de la Comisión Paritaria de 15/12/2025 (remite al art. 55.4 del VII CGSC)).

Permisos pagados.

4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 21.1.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Nacimiento o adopción de hijoart. 21.1.b3 (6 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Matrimonio de hijoart. 21.1.c1 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho inscrita y parientes hasta 2.º gradoart. 21.1.d3 (6 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o parientes hasta 2.º gradoart. 21.1.e5 (6 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)
Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge o parientes hasta 2.º gradoart. 21.1.e5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)
Traslado del domicilio habitualart. 21.1.f1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 21.3—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes en centros de enseñanza oficiales o reconocidosart. 21.1.g—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médicaart. 21.1.h—Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Operarios: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de operarios: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Novedades del convenio.

  • 15/6/2026 · Publicada la subsanación de las tablas 2025 y 2026 (solo la contribución al plan de pensiones de las categorías con retribución diaria).
  • 3/2/2026 · Publicadas las tablas salariales 2025 (+0,40 % y +3,5 %) y 2026 (+3,0 %) acordadas por la Comisión Paritaria el 15/12/2025.
  • 10/3/2018 · Publicado el texto del convenio (BORM n.º 58).

Fuente: BORM de 10 de marzo de 2018 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Texto de 2017 aplicable en ultraactividad (art. 4.3). Tablas 2025 y 2026 publicadas en el BORM de 3/2/2026 (subsanadas el 15/6/2026 solo en el plan de pensiones).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Murcia?

Su estado a 13 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2017 al 31/12/2017.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de construcción de Murcia en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 22.754,51 € brutos al año a jornada completa (Peón Ordinario).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Murcia?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Operarios: encargados y capataces: 1 mes. Resto de operarios: 15 días.

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