Convenio Colectivo del sector Hostelería y similares del Principado de Asturias para 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027.
Convenio de los años 2023 a 2027 (del 1/1/2023 al 31/12/2027).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Nivel I | 1.484,33 € | 20.780,62 € |
| Nivel II | 1.459,46 € | 20.432,44 € |
| Nivel III | 1.435,25 € | 20.093,50 € |
| Nivel IV | 1.408,81 € | 19.723,34 € |
| Nivel V | 1.335,80 € | 18.701,20 € |
| Nivel VI | 1.285,11 € | 17.991,54 € |
| Nivel VII | 1.257,36 € | 17.603,04 € |
| Nivel VIII | 1.208,50 € | 16.919,00 € |
| Nivel IX | 1.179,02 € | 16.506,28 € |
| Nivel X | 1.157,04 € | 16.198,56 € |
| Nivel XI | 1.136,32 € | 15.908,48 € |
Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Categorías
- Nivel I · nivel I
- Nivel II · nivel II
- Nivel III · nivel III
- Nivel IV · nivel IV
- Nivel V · nivel V
- Nivel VI · nivel VI
- Nivel VII · nivel VII
- Nivel VIII · nivel VIII
- Nivel IX · nivel IX
- Nivel X · nivel X
- Nivel XI · nivel XI
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Paga de Santa MartaToda la plantilla; se paga antes del 30 de septiembre. · art. 30 y tabla salarial | 1.136,32 € |
| Ayuda de economatoToda la plantilla (carácter extrasalarial según el convenio). · art. 36 y tabla salarial | 18,19 € al mes |
| Nocturnidad (sistema por porcentaje)Sistema general (apartado A): todas las horas entre las 22:00 y las 8:00, salvo trabajo nocturno por su propia naturaleza. Si se pacta el sistema por tramos (apartado B), quien no llegue a 11 horas nocturnas al mes cobra 25 % de 22:00 a 6:00 y 10 % de 6:00 a 8:00. · art. 37.A | 25 % sobre el salario base |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna A (más de 10 y hasta 20 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 10 y hasta 20 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 31,45 a 41,12 € al mes |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna B (más de 20 y hasta 30 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 20 y hasta 30 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 46,34 a 60,59 € al mes |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna C (más de 30 y hasta 40 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 30 y hasta 40 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 61,23 a 80,07 € al mes |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna D (más de 40 y hasta 50 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 40 y hasta 50 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 76,13 a 99,56 € al mes |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna E (más de 50 y hasta 60 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 50 y hasta 60 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 91,02 a 119,04 € al mes |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna F (más de 60 y hasta 70 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 60 y hasta 70 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 105,93 a 138,51 € al mes |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna G (más de 70 y hasta 80 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 70 y hasta 80 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 120,82 a 157,99 € al mes |
| Plus de nocturnidad por tramos · columna H (más de 80 horas nocturnas al mes)Si con tu empresa se aplica el sistema por tramos (art. 37.B) y trabajas más de 80 horas al mes entre las 22:00 y las 8:00. · art. 37.B y anexo VIII | según categoría, de 132,40 a 173,14 € al mes |
| Suplemento por trabajar el 24 y el 31 de diciembre por la tardeCada hora trabajada entre las 18:00 y las 24:00 de los días 24 y 31 de diciembre dentro de tu jornada habitual. · art. 28 | 3,00 € por hora |
| Complemento personal de antigüedad (congelado)Solo personas contratadas antes del 1/7/1998, que conservan el tramo que tenían (anexo VII). · art. 31 y anexo VII | Importe fijo por nivel y tramo (3, 6, 9, 14, 19 o 21 años) del anexo VII |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Por acuerdo, 1 hora y 45 minutos de descanso por cada hora extra, en las dos semanas siguientes (art. 22). (art. 22)
Subidas pactadas: 2025: 3 % (3 % sobre los salarios de 2024 (tabla publicada en el BOPA de 19/2/2025)); 2026: 3 % (3 % sobre los salarios de 2025 (tabla publicada en el BOPA de 5/3/2026)); 2027: 2 % (2 % en 2027).
Revisión salarial: Compensación por IPC: si el IPC real a 31 de diciembre supera la subida del año, se abona el 50 % de la diferencia, con efectos retroactivos al 1 de enero de ese año, y la subida del año siguiente se aplica sobre la tabla revisada. (art. 28).
Permisos pagados.
8 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 26.a | 18 | Mejora el Estatuto |
| Nacimiento de hijo/a (permiso retribuido del convenio)art. 26.b | 5 | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 26.c | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves u hospitalización de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado (y conviviente que necesite cuidado, según el ET)art. 26.c y art. 37.3.b ET | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Fallecimiento de parientes de 3.er gradoart. 26.d | 1 | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 26.e | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido votar)art. 26.f | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Preparación de exámenesart. 26.i | 5 | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de hijos/as o hermanos/asart. 26.j | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Bautizo o comunión de hijo/a o nieto/aart. 26.k | 1 | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 26.l | 2 | Mejora el Estatuto |
| Consulta médicaart. 26.m | el tiempo necesario, justificado | Mejora el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al partoart. 26.h | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Indefinidos (fijos y fijos discontinuos): grupo profesional I de todas las áreas y grupo II del área quinta: 90 días
- Indefinidos: grupo II (salvo área quinta) y grupo III: 30 días
- Contratos temporales: 15 días
Preaviso si te vas
- Personal fijo: 15 días
- Eventual con 6 meses o más: 7 días
- Eventual con menos de 6 meses: 3 días
Novedades del convenio.
- 5/3/2026 · Publicadas en el BOPA la tabla salarial y la tabla de nocturnidad de 2026 (+3 %).
- 2/4/2025 · La Comisión Paritaria actualiza por primera vez la tabla de nocturnidad (+3 % en 2025).
Fuente: BOPA de 21 de marzo de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente hasta el 31/12/2027 (BOPA 21/3/2023). Tabla 2026 publicada en el BOPA de 5/3/2026.
Convenio único de hostelería de Asturias (hoteles, restaurantes, cafeterías, bares, salas de fiesta, catering y colectividades). Tu nivel salarial depende de tu categoría y del tipo de establecimiento: búscalo en el anexo I del convenio.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de hostelería de Asturias?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de hostelería de Asturias en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.908,48 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Asturias?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Indefinidos (fijos y fijos discontinuos): grupo profesional I de todas las áreas y grupo II del área quinta: 90 días. Indefinidos: grupo II (salvo área quinta) y grupo III: 30 días. Contratos temporales: 15 días.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.