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Convenio Colectivo de Hostelería provincia de Cuenca años 2022, 2023 y 2024.

ProrrogadoDescargar el convenioCódigo 16000125011981

Convenio de los años 2022 a 2024 (del 1/1/2022 al 31/12/2024). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.800horas
Vacaciones30días

naturales · art. 40

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Establecimientos grupo A
Nivel I · establecimientos grupo A1.078,34 €16.175,05 €
Establecimientos grupo B
Nivel I · establecimientos grupo B1.075,84 €16.137,60 €
Establecimientos grupo A
Nivel II · establecimientos grupo A1.054,14 €15.812,03 €
Establecimientos grupo B
Nivel II · establecimientos grupo B1.049,01 €15.735,14 €
Establecimientos grupo A
Nivel III · establecimientos grupo A1.030,08 €15.451,15 €
Establecimientos grupo B
Nivel III · establecimientos grupo B1.021,08 €15.316,18 €
Establecimientos grupo A
Nivel IV · establecimientos grupo A1.018,60 €15.279,04 €
Establecimientos grupo B
Nivel IV · establecimientos grupo B1.010,44 €15.156,61 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Área 1.ª: recepción-conserjería, relaciones públicas, administración y gestión

  • Jefe de recepción · nivel I
  • 2.º jefe de recepción · nivel I
  • Jefe comercial · nivel I
  • Jefe de administración · nivel I
  • Primer conserje · nivel I
  • Recepcionista · nivel II
  • Conserje · nivel II
  • Administrativo · nivel II
  • Relaciones públicas · nivel II
  • Comercial · nivel II
  • Técnico de PRL · nivel II
  • Ayudante de recepción y/o conserjería · nivel III
  • Telefonista · nivel III
  • Ayudante administrativo · nivel III
  • Auxiliar de recepción y conserjería · nivel IV

Área 2.ª: cocina y economato

  • Jefe de cocina · nivel I
  • 2.º jefe de cocina · nivel I
  • Jefe de catering · nivel I
  • Jefe de partida · nivel II
  • Cocinero · nivel II
  • Repostero · nivel II
  • Encargado de economato · nivel II
  • Ayudante de cocina · nivel III
  • Ayudante de economato · nivel III
  • Auxiliar de cocina / economato · nivel IV

Área 3.ª: restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista de catering

  • Jefe de restaurante o sala · nivel I
  • 2.º jefe de restaurante o sala · nivel I
  • Jefe de operaciones de catering · nivel I
  • Gerente de centro · nivel I
  • Jefe de sector · nivel II
  • Camarero · nivel II
  • Barman · nivel II
  • Sumiller · nivel II
  • Jefe de sala de catering · nivel II
  • Supervisor de catering · nivel II
  • Supervisor de colectividades · nivel II
  • Supervisor de restauración moderna · nivel II
  • Preparador montador/a de catering · nivel III
  • Conductor equipo de catering · nivel III
  • Preparador restauración moderna · nivel III
  • Ayudante de camarero · nivel IV
  • Ayudante equipo catering · nivel IV
  • Monitor o cuidador de colectividades · nivel IV
  • Asistente colectividades · nivel IV
  • Asistente preparador/montador de catering · nivel IV
  • Asistente restauración moderna · nivel IV

Área 4.ª: pisos y limpieza

  • Gobernante o encargado general · nivel II
  • Subgobernante o encargado de sección · nivel II
  • Camarero de pisos · nivel III
  • Auxiliar de pisos y limpieza · nivel IV

Área 5.ª: mantenimiento y servicios auxiliares

  • Jefe de servicios de catering · nivel I
  • Encargado de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel II
  • Encargado de servicios técnicos de catering (flota o instalaciones y edificios) · nivel II
  • Encargado de sección · nivel III
  • Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel III
  • Especialista de servicios técnicos de catering (flota o instalaciones y edificios) · nivel III
  • Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel IV

Área 6.ª: servicios complementarios

  • Responsable de servicios · nivel I
  • Técnico de servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud) · nivel II
  • Especialista de servicio (socorrista, animador turístico, monitor deportivo, pinchadiscos, masajista, quiromasajista, esteticista, especialista termal o balneario, hidroterapeuta, atención al cliente) · nivel III
  • Auxiliar de servicio (atención al cliente, piscina o balneario) · nivel IV

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Complemento lineal de convenioCompleto si tu jornada supera 40 horas al mes o 440 al año; si no, en proporción al tiempo trabajado. No lo cobra el personal contratado como «extra». · art. 56 y anexo III968,70 €
Plus compensatorioToda la plantilla (art. 54.2). · art. 54.2, art. 55 y anexo IIIsegún categoría, de 1.326,28 a 1.415,39 €
Plus de formaciónSolo si la empresa no acredita la formación del art. 30 (mínimo 10 horas anuales). · art. 57.3, art. 30 y anexo III274,64 €
Plus de mantenimiento (limpieza) de uniformesSi la empresa no se encarga de la limpieza y conservación de uniformes y ropa de trabajo. · art. 57.2 y anexo III180,61 €
Plus de calzadoSi compras tú el calzado de trabajo siguiendo las especificaciones de la empresa. · art. 57.1 y anexo III45,61 €
Manutención (sustitución en metálico)Personal con derecho a manutención según la antigua Ordenanza Laboral de Hostelería, cuando se sustituye la especie por dinero. · art. 58 y anexo III371,36 €
Alojamiento (sustitución en metálico)Personal con derecho a alojamiento según la antigua Ordenanza Laboral de Hostelería, cuando se sustituye la especie por dinero. · art. 58 y anexo III636,10 €
Complemento personal (antigüedad consolidada)Solo quien tenía antigüedad consolidada entre el 1/1/2016 y el 31/12/2018. Desde 2019 no se generan nuevos tramos. · art. 54.1 y anexo IVsegún categoría, de 907,11 a 968,05 €

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Primero se compensa con descanso: el exceso semanal en las 4 semanas siguientes, el mensual en 3 meses y el anual en el primer trimestre del año siguiente. Solo lo no compensado se paga como hora extra (arts. 41, 42, 43, 59 y 60). (arts. 41, 42, 43, 59 y 60)

Subidas pactadas: 2025: 1,9 % (1,9 % sobre las tablas de 2024 desde el 1/1/2025 por la cláusula de actualización (IPC 2023 + 2024 = 3,1 % + 2,8 %, por encima del 4 %); tablas provisionales para 2025).

Revisión salarial: Si la suma del IPC interanual de 2023 y 2024 supera el 4 %, se actualizan las tablas de 2024 con efectos de 1/1/2025 en la diferencia, con un máximo del 2,5 % y sin atrasos de 2024. Aplicada: +1,9 % (acta de 21/5/2025). No hay cláusula para 2026. (art. 53).

Permisos pagados.

7 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro como pareja de hechoart. 44.e15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º gradoart. 44.c5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3)
Fallecimiento de familiares hasta 2.º gradoart. 44.b3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Nacimiento o adopción de hijo o hijaart. 44.a3Mejora el Estatuto
Matrimonio de familiares hasta 2.º gradoart. 44.d1Mejora el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 44.f2Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 44.gel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 44.m3Mejora el Estatuto
Consulta médica propia, de hijos menores o de familiares de 1.er grado mayores o con discapacidad dependientesart. 44.jel tiempo necesario e indispensableMejora el Estatuto
Exámenes en centros de formación académica, profesional o social, y examen del carné de conducirart. 44.k y 44.lel tiempo necesarioMejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Toda la plantilla: 15 días

Novedades del convenio.

  • 13/6/2025 · Publicada la actualización de tablas salariales (+1,9 %), provisionales para 2025.

Fuente: BOP Cuenca de 24 de febrero de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vencido el 31/12/2024 y prorrogado por años al no constar denuncia (art. 4). Tablas de 2025 provisionales (BOP Cuenca 13/6/2025, +1,9 % por la cláusula de IPC); sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 86 ET).

Convenio general de hostelería de la provincia de Cuenca (bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, alojamientos, catering y colectividades: ámbito funcional del ALEH). Tu salario depende de tu nivel (anexo I) y del grupo del establecimiento (A o B, anexo II).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de hostelería de Cuenca?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: prorrogado. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2024.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de hostelería de Cuenca en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.156,61 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Cuenca?

30 días naturales al año.

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