Convenio Colectivo Provincial de Hostelería de Salamanca, años 2020-2025.
Convenio de los años 2020 a 2025 (del 1/1/2020 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Área funcional primera (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) | ||
| Área primera · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.322,27 € | 18.511,78 € |
| Área primera · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.306,83 € | 18.295,62 € |
| Área primera · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.265,67 € | 17.719,38 € |
| Área primera · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.255,38 € | 17.575,32 € |
| Área primera · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.251,26 € | 17.517,64 € |
| Área primera · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.244,06 € | 17.416,84 € |
| Área primera · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área primera · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área funcional segunda (cocina y economato) | ||
| Área segunda · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.322,27 € | 18.511,78 € |
| Área segunda · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.306,83 € | 18.295,62 € |
| Área segunda · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.265,67 € | 17.719,38 € |
| Área segunda · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.255,38 € | 17.575,32 € |
| Área segunda · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.251,26 € | 17.517,64 € |
| Área segunda · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.244,06 € | 17.416,84 € |
| Área segunda · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área segunda · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área funcional tercera (restaurante, bar y similares; pista para catering) | ||
| Área tercera · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.322,27 € | 18.511,78 € |
| Área tercera · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.306,83 € | 18.295,62 € |
| Área tercera · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.265,67 € | 17.719,38 € |
| Área tercera · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.255,38 € | 17.575,32 € |
| Área tercera · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.251,26 € | 17.517,64 € |
| Área tercera · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.244,06 € | 17.416,84 € |
| Área tercera · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área tercera · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área funcional cuarta (pisos y limpieza) | ||
| Área cuarta · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.291,40 € | 18.079,60 € |
| Área cuarta · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.281,11 € | 17.935,54 € |
| Área cuarta · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.265,67 € | 17.719,38 € |
| Área cuarta · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.255,38 € | 17.575,32 € |
| Área cuarta · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área cuarta · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área funcional quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) | ||
| Área quinta · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.322,27 € | 18.511,78 € |
| Área quinta · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.306,83 € | 18.295,62 € |
| Área quinta · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.265,67 € | 17.719,38 € |
| Área quinta · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.255,38 € | 17.575,32 € |
| Área quinta · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.251,26 € | 17.517,64 € |
| Área quinta · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.244,06 € | 17.416,84 € |
| Área quinta · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área quinta · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área funcional sexta (servicios complementarios) | ||
| Área sexta · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.322,27 € | 18.511,78 € |
| Área sexta · nivel salarial 1 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.306,83 € | 18.295,62 € |
| Área sexta · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.265,67 € | 17.719,38 € |
| Área sexta · nivel salarial 2 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.255,38 € | 17.575,32 € |
| Área sexta · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.251,26 € | 17.517,64 € |
| Área sexta · nivel salarial 3 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.244,06 € | 17.416,84 € |
| Área sexta · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 5-4 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
| Área sexta · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 1-2-3 | 1.234,80 € | 17.287,20 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Área funcional primera · grupo profesional primero
- Jefe/a recepción · nivel 1
- 2.º Jefe/a recepción · nivel 1
- Jefe/a comercial · nivel 1
- Jefe/a administración · nivel 1
- Primer/a conserje · nivel 1
Área funcional primera · grupo profesional segundo
- Recepcionista · nivel 2
- Conserje · nivel 2
- Administrativo/a · nivel 2
- Relaciones públicas · nivel 2
- Comercial · nivel 2
- Técnico/a prevención de riesgos laborales · nivel 2
- Ayudante/a recepción y/o conserjería · nivel 3
- Telefonista · nivel 3
- Ayudante/a administrativo · nivel 3
Área funcional primera · grupo profesional tercero
- Auxiliar recepción y conserjería · nivel 4
Área funcional segunda · grupo profesional primero
- Jefe/a cocina · nivel 1
- 2.º jefe/a cocina · nivel 1
- Jefe/a catering · nivel 1
Área funcional segunda · grupo profesional segundo
- Jefe/a partida · nivel 2
- Cocinero/a · nivel 2
- Repostero/a · nivel 2
- Encargado/a economato · nivel 2
- Ayudante/a cocina · nivel 3
- Ayudante/a economato · nivel 3
Área funcional segunda · grupo profesional tercero
- Auxiliar cocina/economato · nivel 4
Área funcional tercera · grupo profesional primero
- Jefe/a restaurante o sala · nivel 1
- 2.º Jefe/a restaurante o sala · nivel 1
- Jefe/a operaciones de catering · nivel 1
- Gerente de centro · nivel 1
Área funcional tercera · grupo profesional segundo
- Jefe/a sector · nivel 2
- Camarero/a · nivel 2
- Pinchadiscos (Diskjockey) · nivel 2
- Barman/Barwoman · nivel 2
- Sumiller/a · nivel 2
- Jefe/a sala catering · nivel 2
- Supervisor/a catering · nivel 2
- Supervisor/a colectividades · nivel 2
- Supervisor/a restauración moderna · nivel 2
- Preparador/a montador/a catering · nivel 3
- Conductor/a equipo catering · nivel 3
- Preparador/a restauración moderna · nivel 3
Área funcional tercera · grupo profesional tercero
- Ayudante/a camarero · nivel 4
- Ayudante cajero de comedor · nivel 4
- Ayudante/a equipo catering · nivel 4
- Monitor/a o cuidador/a colectividades · nivel 4
- Asistente/a colectividades · nivel 4
- Asistente/a preparador/montador catering · nivel 4
- Asistente/a restauración moderna · nivel 4
Área funcional cuarta · grupo profesional primero
- Gobernante/a o Encargado/a general · nivel 2
- Subgobernante/a o Encargado/a sección · nivel 2
Área funcional cuarta · grupo profesional segundo
- Camarero/a pisos · nivel 3
Área funcional cuarta · grupo profesional tercero
- Auxiliar pisos y limpieza · nivel 4
Área funcional quinta · grupo profesional primero
- Jefe/a servicios catering · nivel 1
- Encargado/a mantenimiento y servicios auxiliares · nivel 2
- Encargado/a mantenimiento y servicios técnicos catering (flota o instalaciones y edificios) · nivel 2
Área funcional quinta · grupo profesional segundo
- Encargado/a sección · nivel 2
- Especialista mantenimiento y servicios auxiliares · nivel 3
- Especialista mantenimiento y servicios técnicos catering (flota o instalaciones y edificios) · nivel 3
Área funcional quinta · grupo profesional tercero
- Auxiliar mantenimiento y servicios auxiliares · nivel 4
Área funcional sexta · grupo profesional primero
- Responsable servicio · nivel 1
Área funcional sexta · grupo profesional segundo
- Técnico/a servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud) · nivel 2
- Especialista servicio (socorrista o especialista primeros auxilios, animador/a turístico o tiempo libre, monitor/a deportivo/a, pinchadiscos, masajista, quiromasajista, esteticista, especialista termal o balneario, hidroterapeuta y especialista atención al cliente) · nivel 3
Área funcional sexta · grupo profesional tercero
- Auxiliar servicio (auxiliar atención al cliente y auxiliar piscina o balneario) · nivel 4
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Complemento «ad personam» de antigüedadQuien ya trabajaba en la empresa el 31/7/2013: a los 10 años de antigüedad cobra 125 € al mes a jornada completa (proporcional si es parcial). Si ya cobraba antigüedad consolidada a esa fecha, conserva su importe, que no puede ser inferior a 125 € al cumplir 10 años. · art. 30.1 y 30.2 | 125,00 € por cada 10 años (máximo 1) |
| Mensualidades de fidelidad (contratos desde agosto de 2013)Quien entró en la empresa desde el 1/8/2013. · art. 30.3 | Una mensualidad de salario base al cumplir 10 años de servicio y otra al cumplir 15 |
| Plus de nocturnidadHoras trabajadas entre las 00:00 y las 8:00, salvo que el salario ya se fijara como nocturno por la naturaleza del trabajo. · art. 31.a | 25 % sobre la hora ordinaria por hora |
| Trabajo nocturno por su propia naturalezaSi al menos un tercio de tu jornada cae entre las 00:00 y las 8:00 y tu puesto es nocturno por naturaleza. · art. 31.b | 15 % sobre el salario base |
| Plus de transporteToda la plantilla, sea cual sea su categoría. · art. 35 y anexo III | 44,25 € al mes en 12 pagas |
| Manutención (compensación en metálico)Si trabajas en horas de comida (13 a 16 h o 21 a 24 h): la empresa te da de comer o te paga esta compensación. · art. 29 y anexo III | 25,15 € al mes en 12 pagas |
| Plus de descanso (día y medio)Centros de 12 o menos personas en los que la empresa sustituye los dos días de descanso semanal por día y medio. · art. 20.a y anexo III | 36,02 € al mes en 12 pagas |
| Incremento por titulación oficialSi obtienes una titulación oficial de grado medio o superior vinculada a tu puesto mientras trabajas en la empresa. · art. 14 | 3 % sobre el salario base |
| Servicio extra general (bodas, banquetes, comuniones)Por cada servicio extra completo, desde el inicio del evento hasta servir cafés y licores y recoger. No incluye la mecánica. · art. 13.A | 56,00 € por día |
| Servicio extra a gruposServicios concertados de primer plato, segundo, postre y café, recogiendo el servicio. No incluye la mecánica. · art. 13.B | 35,00 € por día |
| Servicio extra de vino español, cóctel o lunchPor cada servicio de vino español, cóctel, lunch o similar, recogiendo el servicio. · art. 13.C | 9,00 € por día |
| Ayuda por matrimonioAl casarte, según tu antigüedad en la empresa. · art. 40 | Sin importe publicado para 2026 (en 2023-2025: 152,46 € con un año de antigüedad y 270,55 € con más de dos) |
| Premio de jubilaciónAl jubilarte de forma total y definitiva con al menos 18 años de servicio en la empresa. · art. 41 | Como mínimo tres mensualidades de salario real, más una mensualidad por cada cinco años que pasen de los dieciocho |
| Indemnización por jubilación anticipada pactadaMás de 15 años de antigüedad, jubilación de mutuo acuerdo pedida con 2 meses de antelación. En jubilación parcial, el 50 %. · art. 42 | Pago único según la edad: 61 años 4.932 €; 62 años 3.984 €; 63 años 3.035 €; 64 años 2.011 €; 65 años 1.631 €; 66 años 1.200 € |
Horas extra: se pagan con un recargo del 80 % sobre la hora ordinaria (festivas +80 %) (art. 32). (art. 32)
Subidas pactadas: 2025: (Tablas del anexo III para 2025 (el convenio no expresa la subida en porcentaje).); 2026: 1,5 % (Si la suma del IPC de 2023, 2024 y 2025 supera el 10 %, se actualizan los conceptos salariales con el exceso, hasta un máximo del 1,5 %, con efectos de 1/1/2026.); 2026: 2,9 % (Incremento provisional del 2,9 % (IPC real de 2025) sobre salario base y pluses, como pago a cuenta de la subida definitiva de 2026.).
Revisión salarial: Si la suma de los IPC generales de 2023, 2024 y 2025 supera el 10 %, los conceptos salariales se actualizan con el exceso, con un máximo del 1,5 %, con efectos desde el 1 de enero de 2026. (art. 27.B).
Permisos pagados.
9 de los 12 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonioart. 24.1 | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, familiares de 1.er grado por consanguinidad o afinidad y de 2.º grado por consanguinidad (4 días si hay desplazamiento en la provincia, 5 si es a otra provincia)art. 24.2 | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de 2.º grado por afinidadart. 24.2 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º gradoart. 24.4 | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Boda de hijo/a, hermano/a, padre o madre (1 día en la localidad, 2 en la provincia, 3 fuera)art. 24.3 | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Exámenes oficiales (tiempo necesario)art. 24.5 | — | Mejora el Estatuto |
| Primera comunión de un hijo/aart. 24.6 | 1 | Mejora el Estatuto |
| Cambio de domicilioart. 24.7 | 2 | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica propia (tiempo necesario, con justificante)art. 24.8 | — | Mejora el Estatuto |
| Acompañar a consulta médica a hijos menores de 17 años o con discapacidad, o a padres o suegros mayores de 65 o con discapacidad (tiempo necesario)art. 24.9 | — | Mejora el Estatuto |
| Tratamiento de fisioterapia (tiempo indispensable)art. 24.10 | — | Mejora el Estatuto |
| Días de libre haber retribuidos (sin justificar, avisando por escrito con una semana)art. 26 | 2 | Mejora el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupos profesionales 1, 5, 9, 13, 16, 17 y 20 · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 90 días
- Grupos profesionales 1, 5, 9, 13, 16, 17 y 20 · contrato temporal de más de 3 meses: 75 días
- Grupos profesionales 1, 5, 9, 13, 16, 17 y 20 · contrato temporal de hasta 3 meses: 60 días
- Grupos profesionales 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 18, 21 y 22 · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 60 días
- Grupos profesionales 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 18, 21 y 22 · contrato temporal de más de 3 meses: 45 días
- Grupos profesionales 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 18, 21 y 22 · contrato temporal de hasta 3 meses: 30 días
- Grupos profesionales 4, 8, 12, 15, 19 y 23 · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 45 días
- Grupos profesionales 4, 8, 12, 15, 19 y 23 · contrato temporal de más de 3 meses: 30 días
- Grupos profesionales 4, 8, 12, 15, 19 y 23 · contrato temporal de hasta 3 meses: 15 días
- Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 6 meses
- Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato temporal: 4 meses
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
Novedades del convenio.
- 5/3/2026 · Publicado el acuerdo parcial: tablas provisionales de 2026 con una subida del 2,9 % a cuenta mientras se negocia el nuevo convenio.
- 22/3/2023 · Publicado el convenio 2020-2025 (salarios congelados hasta 2022, pago único de 500 € y tablas 2023-2025).
Fuente: BOP Salamanca de 22 de marzo de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vencido el 31/12/2025 y denunciado automáticamente (art. 5); negociación promovida (REGCON, 27/2/2026). Acuerdo parcial: subida provisional del 2,9 % a cuenta para 2026 (BOP 5/3/2026). Sigue vigente su contenido normativo hasta el nuevo convenio.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de hostelería de Salamanca?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en negociación. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de hostelería de Salamanca en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.287,20 € brutos al año a jornada completa (Área primera · nivel salarial 4 · establecimientos de categoría 5-4).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Salamanca?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos profesionales 1, 5, 9, 13, 16, 17 y 20 · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 90 días. Grupos profesionales 1, 5, 9, 13, 16, 17 y 20 · contrato temporal de más de 3 meses: 75 días. Grupos profesionales 1, 5, 9, 13, 16, 17 y 20 · contrato temporal de hasta 3 meses: 60 días. Grupos profesionales 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 18, 21 y 22 · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 60 días. Grupos profesionales 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 18, 21 y 22 · contrato temporal de más de 3 meses: 45 días. Grupos profesionales 2, 3, 6, 7, 10, 11, 14, 18, 21 y 22 · contrato temporal de hasta 3 meses: 30 días. Grupos profesionales 4, 8, 12, 15, 19 y 23 · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 45 días. Grupos profesionales 4, 8, 12, 15, 19 y 23 · contrato temporal de más de 3 meses: 30 días. Grupos profesionales 4, 8, 12, 15, 19 y 23 · contrato temporal de hasta 3 meses: 15 días. Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato indefinido, fijo o fijo discontinuo: 6 meses. Personal directivo sin grupo del ALEH · contrato temporal: 4 meses.
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