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Convenio colectivo de Industrias, las Nuevas Tecnologías y los Servicios del Sector del Metal de la provincia de Albacete (2023-2025).

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 02000195011981

Convenio de los años 2023 a 2025 (del 1/1/2023 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.776horas
Vacaciones22días

laborables · art. 6

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
1
Analistas de Sistemas, Titulación en Ingeniería, Licenciaturas, Titulación en Arquitectura, Dirección de Áreas y Servicios2.198,69 €30.781,66 €
2
Peritos/as y Aparejadores/as, Proyectistas, ATS y/o DUE, Titulaciones superiores de entrada, Graduados/as Sociales y/o Diplomados/as en Relaciones Laborales1.885,37 €26.395,18 €
3
Analista Programador/a, Delineante/Dibujante Técnico Proyectista, Jefes/as de áreas y servicios, Jefe/a de 1.ª Administrativo, Maestría Industrial, Jefatura de Taller1.709,67 €23.935,38 €
4-A
Personal Técnico de Laboratorio y de Organización, Encargados/as, Delineantes de 1.ª1.625,62 €22.758,68 €
4-B
Personal Técnicos Administrativos, Viajantes, Profesional de oficio especial1.602,17 €22.430,38 €
5-A
Delineante 2.ª, Oficialías Administrativas 1.ª y 2.ª, Jefe/a de Grupo, Comercial1.550,04 €21.700,56 €
5-B
Chófer de Turismo y de Camión, Profesionales de oficio de 1.ª1.525,95 €21.363,30 €
5-C
Profesionales de oficio de 2.ª1.503,64 €21.050,96 €
6-A
Auxiliar Administrativo/a, Personal de Almacén1.500,70 €21.009,80 €
6-B
Atención Telefónica, Recepcionista, Especialista, Operador/a de Ordenador, Dependiente/a, Conserje, Conducción de máquinas, Personal de oficio de 3.ª1.482,84 €20.759,76 €
7-A
Ordenanza, Portería, Vigilante, Peón/a, Personal de limpieza1.461,09 €20.455,26 €
7-B
Aprendiz menor de 18 añosSMISMI

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo 1

  • Analistas de Sistemas, Titulación en Ingeniería, Licenciaturas, Titulación en Arquitectura, Dirección de Áreas y Servicios

Grupo 2

  • Peritos/as y Aparejadores/as, Proyectistas, ATS y/o DUE, Titulaciones superiores de entrada, Graduados/as Sociales y/o Diplomados/as en Relaciones Laborales

Grupo 3

  • Analista Programador/a, Delineante/Dibujante Técnico Proyectista, Jefes/as de áreas y servicios, Jefe/a de 1.ª Administrativo, Maestría Industrial, Jefatura de Taller

Grupo 4-A

  • Personal Técnico de Laboratorio y de Organización, Encargados/as, Delineantes de 1.ª

Grupo 4-B

  • Personal Técnicos Administrativos, Viajantes, Profesional de oficio especial

Grupo 5-A

  • Delineante 2.ª, Oficialías Administrativas 1.ª y 2.ª, Jefe/a de Grupo, Comercial

Grupo 5-B

  • Chófer de Turismo y de Camión, Profesionales de oficio de 1.ª

Grupo 5-C

  • Profesionales de oficio de 2.ª

Grupo 6-A

  • Auxiliar Administrativo/a, Personal de Almacén

Grupo 6-B

  • Atención Telefónica, Recepcionista, Especialista, Operador/a de Ordenador, Dependiente/a, Conserje, Conducción de máquinas, Personal de oficio de 3.ª

Grupo 7-A

  • Ordenanza, Portería, Vigilante, Peón/a, Personal de limpieza

Grupo 7-B

  • Aprendiz menor de 18 años

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Complemento premio a la estabilidad en el empleoContratados desde el 1/1/2015: un único quinquenio desde el mes en que cumplen 5 años en la empresa. · art. 11 bis8 % del salario base por cada 5 años (máximo 1)
Complemento «ad personam» compensatorio de la antigüedadContratados antes del 31/12/2007: quinquenios del 5 % del salario base consolidados (máximo 5 si eran fijos antes del 31/12/1995; 2 si lo fueron entre 1996 y 2007). No se generan nuevos desde el 1/1/2015, salvo quien estaba completando el periodo. · art. 105 % del salario base vigente por quinquenio consolidado, revalorizable con el salario base
Complemento personal sustitutivo de la antigüedadContratados entre el 1/1/2008 y el 31/12/2014 con al menos 3 años en la empresa (o que estuvieran completándolos el 1/1/2015). · art. 118 % del salario base vigente, como complemento «ad personam» revalorizable
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno por naturaleza. · art. 1220 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de turnicidadTrabajo a turnos rotativos (semanal, quincenal o mensual) de mañana, tarde o noche; basta alternar dos turnos. No cuenta el horario intensivo de verano, Navidad o fiestas. · art. 12 bis5 % sobre el salario base
Media dieta (1 comida o 1 cena)Desplazamiento ordenado por la empresa fuera del término municipal del centro y de la residencia que impide comer o cenar en casa; previa justificación del gasto. · art. 14 (modificado en BOP 11/9/2024)19,25 € por día
Dieta completa (1 comida y 1 cena)Desplazamiento que impide hacer las dos comidas principales en casa; previa justificación del gasto. · art. 14 (modificado en BOP 11/9/2024)38,50 € por día
PernoctaciónDesplazamiento que obliga a dormir fuera del domicilio; previa justificación del gasto. La empresa puede pagar directamente al establecimiento y asume el exceso justificado en casos excepcionales. · art. 14 (modificado en BOP 11/9/2024)33,50 € por día
Plus de kilometrajeDesplazamientos por encargo de la empresa con vehículo propio, salvo pacto en contrario. · art. 15 y tabla 20250,50 €
Plus de distanciaCentro de trabajo fuera del casco urbano de la población de contratación y uso de vehículo propio. · art. 15 y tabla 20250,50 €

Horas extra: se pagan con un recargo del 45 % sobre la hora ordinaria (arts. 13 y 23). (arts. 13 y 23)

Subidas pactadas: 2025: 3 % (3 % sobre las tablas de 2024 (art. 8); la revisión por IPC no procede porque el IPC de diciembre de 2024 fue del 2,8 % (acta de 4/2/2025).); 2026: (Si el IPC interanual de diciembre de 2025 supera el 3 %, incremento adicional de hasta el 1 % con efectos de 1/1/2026. No consta en el BOP ningún acta que lo aplique.).

Revisión salarial: Al cerrar 2023, 2024 y 2025, si el IPC interanual de diciembre supera la subida pactada (4 %, 3 % y 3 %), se aplica un incremento adicional de como máximo el 1 % con efectos de 1 de enero del año siguiente. (art. 8).

Permisos pagados.

6 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 7.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidadoart. 7.b5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 7.c3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de tíos y sobrinosart. 7.e1Mejora el Estatuto
Matrimonio de hijos o hermanos (consanguinidad o afinidad)art. 7.d1 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 7.f1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Asunto personal (un día al año, avisando con 5 días naturales)art. 7.h1Mejora el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (enfermedad o accidente de familiares o convivientes)art. 7.k4Igual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta de médico especialista de la Seguridad Social prescrita por el médico de cabecera (resto de consultas, hasta 16 horas al año)art. 7.gel tiempo necesarioMejora el Estatuto
Acompañar a consulta médica de la Seguridad Social a hijos menores de 12 años o con discapacidadart. 7.jhasta 12 horas al añoMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 7 (remite al art. 37 ET)el tiempo indispensable (ET)Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupos 1 y 2: 6 meses
  • Grupos 3 y 4: 2 meses
  • Grupo 5: 1 mes
  • Grupos 6 y 7: 15 días

Preaviso si te vas

  • Todo el personal: 15 días

Novedades del convenio.

  • 28/2/2025 · Publicadas las tablas definitivas de 2025 (+3 %).
  • 11/9/2024 · Modificación de los artículos de dietas y lactancia y de la tabla 2024; fija las dietas de 2025.
  • 25/9/2023 · Publicado en el BOP de Albacete el convenio del metal 2023-2025 (FEDA —METAL, AFONCALBA y APIET—, CC. OO. y UGT).

Fuente: BOP Albacete de 25 de septiembre de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025; denunciado (REGCON, 14/1/2026) y sigue rigiendo en su totalidad hasta que lo sustituya otro (art. 2). Las partes firmaron el 31/7/2026 un convenio 2026-2028, pero a 14/10/2026 no consta inscrito en REGCON ni publicado en el BOP: se aplican las tablas de 2025.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Albacete?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Albacete en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.455,26 € brutos al año a jornada completa (Ordenanza, Portería, Vigilante, Peón/a, Personal de limpieza).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Albacete?

22 días laborables al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupos 1 y 2: 6 meses. Grupos 3 y 4: 2 meses. Grupo 5: 1 mes. Grupos 6 y 7: 15 días.

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