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Convenio colectivo para las industrias siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia.

En ultraactividadDescargar el convenioCódigo 10000245011982

Convenio de los años 2022 a 2025 (del 1/1/2022 al 31/12/2025). Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.760horas
Vacaciones31días

naturales · art. 19

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Personal subalterno
Listero1.163,70 €17.455,47 €
Almacenero1.192,82 €17.892,28 €
Chofer motociclo1.150,75 €17.261,25 €
Chofer turismo1.172,31 €17.584,64 €
Chofer de Camión y Grúas Automóviles1.222,54 €18.338,17 €
Vigilante1.134,24 €17.013,66 €
Ordenanzas y Porteros1.130,96 €16.964,36 €
Telefonista1.165,38 €17.480,68 €
Personal administrativo
Jefe de Primera1.379,93 €20.699,01 €
Jefe de Segunda1.337,59 €20.063,91 €
Oficial de primera · Personal administrativo1.281,93 €19.229,02 €
Oficial de segunda · Personal administrativo1.241,47 €18.622,09 €
Auxiliar1.202,17 €18.032,57 €
Viajante1.241,57 €18.623,57 €
Técnicos de taller
Ingenieros, Arquitectos y Licenciados1.538,83 €23.082,46 €
Peritos y Aparejadores1.492,43 €22.386,39 €
Maestros Industriales1.323,19 €19.847,81 €
A.T.S.1.224,70 €18.370,46 €
Técnicos titulados
Jefe de Taller1.392,80 €20.891,93 €
Maestros de Taller1.307,26 €19.608,94 €
Maestro Segundo1.298,98 €19.484,77 €
Contramaestre1.308,32 €19.624,87 €
Encargado1.215,75 €18.236,24 €
Capataz Especialista1.187,10 €17.806,48 €
Capataz de Peones Ordinarios1.174,40 €17.615,96 €
Personal obrero y profesionales del oficio
Peón38,52 €/día17.527,81 €
Especialista39,17 €/día17.943,88 €
Mozo especializado en almacén39,17 €/día17.943,88 €
Oficial de primera · Profesionales del oficio42,45 €/día19.315,44 €
Oficial de segunda · Profesionales del oficio41,35 €/día18.815,13 €
Oficial de tercera39,83 €/día18.123,69 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo Personal subalterno

  • Listero · nivel 5
  • Almacenero · nivel 5
  • Chofer motociclo · nivel 6
  • Chofer turismo · nivel 6
  • Chofer de Camión y Grúas Automóviles · nivel 6
  • Vigilante · nivel 7
  • Ordenanzas y Porteros · nivel 7
  • Telefonista · nivel 6

Grupo Personal administrativo

  • Jefe de Primera · nivel 4
  • Jefe de Segunda · nivel 4
  • Oficial de primera · Personal administrativo · nivel 3
  • Oficial de segunda · Personal administrativo · nivel 3
  • Auxiliar · nivel 6
  • Viajante · nivel 5

Grupo Técnicos de taller

  • Ingenieros, Arquitectos y Licenciados · nivel 1
  • Peritos y Aparejadores · nivel 2
  • Maestros Industriales · nivel 2
  • A.T.S. · nivel 2

Grupo Técnicos titulados

  • Jefe de Taller · nivel 3
  • Maestros de Taller · nivel 3
  • Maestro Segundo · nivel 3
  • Contramaestre · nivel 3
  • Encargado · nivel 4
  • Capataz Especialista · nivel 4
  • Capataz de Peones Ordinarios · nivel 4

Grupo Personal obrero y profesionales del oficio

  • Peón · nivel 7
  • Especialista · nivel 6
  • Mozo especializado en almacén · nivel 6
  • Oficial de primera · Profesionales del oficio · nivel 5
  • Oficial de segunda · Profesionales del oficio · nivel 5
  • Oficial de tercera · nivel 6

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad (quinquenios)Toda la plantilla · art. 105 % del salario base por cada 5 años
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 (o al menos 3 horas diarias o un tercio de la jornada anual en ese horario), salvo trabajos nocturnos por naturaleza · art. 1120 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de transporte urbanoPor día de trabajo efectivo · art. 17 y anexo I0,62 € por día
Plus de distancia (kilometraje)Centro de trabajo fuera del casco urbano sin transporte de la empresa: por cada kilómetro de ida y de vuelta · art. 16 y anexo I0,32 €
Media dietaDesplazamiento por trabajo · art. 13 y anexo I21,35 € por día
Dieta completaDesplazamiento con pernocta; a elección de la persona trabajadora, dieta completa o gastos justificados de alojamiento y comidas · art. 13 y anexo I38,84 € por día
Plus de disponibilidad (día laborable)Guardia o retén sin presencia física en un día laborable del cuadrante · art. 188,00 € por día
Plus de disponibilidad (día de descanso)Guardia o retén sin presencia física en un día de descanso del cuadrante · art. 1818,00 € por día
Complemento por vacaciones fuera de temporadaVacaciones disfrutadas fuera de junio a septiembre · art. 1920 % sobre el salario base

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. El convenio recomienda compensar las estructurales con un tiempo equivalente de descanso en lugar de pagarlas (art. 18). (art. 18)

Subidas pactadas: 2025: 3,4 % (IPC real de 2024 (2,8 %) + 0,6 % = 3,4 %, desde el 1/1/2025 (acta de 27/1/2025)).

Revisión salarial: Para 2024 y 2025 la subida es el IPC real del año anterior más 0,6 puntos, con efecto desde el 1 de enero; la comisión paritaria publica la tabla definitiva cuando se conoce el IPC y los atrasos se pagan en los dos meses siguientes. No hay cláusula para 2026. (art. 8).

Permisos pagados.

5 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonioart. 12.A15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho inscrita, hijos, padres o suegros, nietos, abuelos o hermanosart. 12.B4 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Enfermedad grave del cónyuge o pareja de hecho inscrita, hijos, padres o suegros, nietos, abuelos o hermanosart. 12.B5 (7 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4)
Nacimiento de hijo/a (otro progenitor)art. 12.B4Mejora el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 12.C2Mejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 12.D—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Acompañar a un hijo menor de edad a consulta médicaart. 12.D—Mejora el Estatuto
Asuntos propiosart. 12.F1Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Todas las personas trabajadoras: 15 días

Fuente: DOE de 21 de junio de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025; denunciado automáticamente el 1/1/2026 y prorrogado en todos sus artículos hasta un nuevo convenio (art. 2). Sin tablas de 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las definitivas de 2025.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Cáceres?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Cáceres en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.964,36 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Cáceres?

31 días naturales al año.

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