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Convenio colectivo del sector del metal de la Ciudad de Ceuta (2023-2026).

VigenteDescargar el convenioCódigo 51000245011991

Convenio de los años 2023 a 2026 (del 1/1/2023 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Vacaciones30días

naturales · art. 8

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
I
Grupo I1.055,45 €19.789,65 €
II
Grupo II996,82 €18.690,30 €
III
Grupo III985,08 €18.470,25 €
IV
Grupo IV973,37 €18.250,65 €
V
Grupo V849,75 €15.932,85 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I

  • Grupo I

Grupo II

  • Grupo II

Grupo III

  • Grupo III

Grupo IV

  • Grupo IV

Grupo V

  • Grupo V

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad (trienios)Toda la plantilla · art. 194 % del salario base por cada 3 años
Plus de vinculación a la bonificaciónToda la plantilla, mientras la empresa disfrute de la bonificación de cuotas de Ceuta (Real Decreto-ley 1/2023); si la bonificación desaparece o se reduce, el plus también · art. 218 % sobre el salario base
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00 · art. 2430 % sobre el salario base
Plus por desgaste de herramientasPersonal que, por decisión de la empresa, aporta sus herramientas (con el instrumental mínimo que fija el artículo) · art. 25 y anexo44,85 € al mes
Plus de trabajo en altura (de 1,80 a 4 metros)Trabajo habitual en altura (de 1,80 a 4 metros) en columnas, torretas, postes, etc., con escaleras o cestas y riesgo evidente de caída libre · art. 26 y anexo26,92 € al mes
Plus de trabajo en altura (de 4 a 8 metros)Trabajo habitual en altura (de 4 a 8 metros) en columnas, torretas, postes, etc., con escaleras o cestas y riesgo evidente de caída libre · art. 26 y anexo43,08 € al mes
Plus de trabajo en altura (más de 8 metros)Trabajo habitual en altura (más de 8 metros) en columnas, torretas, postes, etc., con escaleras o cestas y riesgo evidente de caída libre · art. 26 y anexo107,69 € al mes
Plus de disponibilidad (lunes a viernes)Personal a disposición de la empresa fuera de su jornada para ser llamado, por día de lunes a viernes · art. 28 y anexo12,13 € por día
Plus de disponibilidad (sábados, domingos y festivos)Personal a disposición de la empresa fuera de su jornada, por sábado, domingo o festivo · art. 28 y anexo18,19 € por día
Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad (1 circunstancia)Trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos constatados (1 circunstancia) · art. 29 y anexo31,52 € al mes
Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad (2 circunstancias)Trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos constatados (2 circunstancias) · art. 29 y anexo105,06 € al mes
Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad (3 circunstancias)Trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos constatados (3 circunstancias) · art. 29 y anexo157,59 € al mes
Festivos abonables y no recuperables trabajadosPersonal que trabaja un festivo del calendario · art. 14100 % sobre el salario base

Horas extra: se pagan con un recargo del 100 % sobre la hora ordinaria (festivas +125 %, nocturnas +125 %) (art. 27). (art. 27)

Permisos pagados.

2 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 13.a17Mejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente que necesite cuidadoart. 13.b5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 13.c2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 13.d1Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido votar)art. 13.eel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites previos de adopción o acogimientoart. 13.g y lel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Asuntos propiosart. 13.h2Mejora el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 13.j y art. 37.9 ET4Igual o sin mínimo en el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo I: 2 meses
  • Resto de grupos: 1 mes

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

Fuente: BOCCE de 24 de octubre de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2023 al 31/12/2026 (art. 3), con tablas de 2023 a 2026 en el propio texto. Denunciado y con negociación promovida (REGCON, 7/10/2026): a partir de 2027 seguirá aplicándose hasta el nuevo convenio.

Convenio del sector del metal de Ceuta (antes «talleres diversos»). Excluye a las empresas que ya aplican otro convenio local y al comercio exclusivo (art. 1).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Ceuta?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Ceuta en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.932,85 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Ceuta?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 2 meses. Resto de grupos: 1 mes.

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