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Tablas salariales de metal de Ceuta 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 5 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualPluses
    I
    Grupo I1.029,71 €19.306,95 €*Plus de residencia: 257,43 €/mes
    II
    Grupo II972,51 €18.234,45 €*Plus de residencia: 243,13 €/mes
    III
    Grupo III961,06 €18.019,80 €*Plus de residencia: 240,26 €/mes
    IV
    Grupo IV949,63 €17.805,45 €*Plus de residencia: 237,41 €/mes
    V
    Grupo V829,02 €15.544,20 €*1Plus de residencia: 207,26 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Grupo V: El anual de tabla queda por debajo del SMI del año; se aplica el SMI.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      un 4 % del salario base cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

      Se cobra también en las tres pagas extraordinarias (art. 22). El convenio no fija tope.

    • Plus de vinculación a la bonificación

      el 8 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Toda la plantilla, mientras la empresa disfrute de la bonificación de cuotas de Ceuta (Real Decreto-ley 1/2023); si la bonificación desaparece o se reduce, el plus también.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

    • Plus de nocturnidad

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

    • Plus por desgaste de herramientas

      43,75 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal que, por decisión de la empresa, aporta sus herramientas (con el instrumental mínimo que fija el artículo).

      Cotiza y tributa como salario. Extrasalarial según el convenio, pero el desgaste de herramientas cotiza desde el RDL 20/2012 (art. 147 LGSS). art. 25 y anexo

      El art. 25 dice 38,85 €, pero los anexos fijan 41,64 € (2023) y la cuantía de cada año; se usa la del anexo.

    • Plus de trabajo en altura (de 1,80 a 4 metros)

      26,27 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Trabajo habitual en altura (de 1,80 a 4 metros) en columnas, torretas, postes, etc., con escaleras o cestas y riesgo evidente de caída libre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y anexo

      Incompatible con el plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad.

    • Plus de trabajo en altura (de 4 a 8 metros)

      42,03 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Trabajo habitual en altura (de 4 a 8 metros) en columnas, torretas, postes, etc., con escaleras o cestas y riesgo evidente de caída libre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y anexo

      Incompatible con el plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad.

    • Plus de trabajo en altura (más de 8 metros)

      105,06 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Trabajo habitual en altura (más de 8 metros) en columnas, torretas, postes, etc., con escaleras o cestas y riesgo evidente de caída libre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y anexo

      Incompatible con el plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad.

    • Plus de disponibilidad (lunes a viernes)

      11,83 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Personal a disposición de la empresa fuera de su jornada para ser llamado, por día de lunes a viernes.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28 y anexo

      Absorbe lo que ya se cobrara por disponibilidad; no se suma.

    • Plus de disponibilidad (sábados, domingos y festivos)

      17,75 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Personal a disposición de la empresa fuera de su jornada, por sábado, domingo o festivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28 y anexo

    • Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad (1 circunstancia)

      30,75 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos constatados (1 circunstancia).

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 y anexo

      La mitad si se hacen más de 60 minutos y menos de media jornada (20 horas semanales). Incompatible con el plus de altura.

    • Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad (2 circunstancias)

      102,50 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos constatados (2 circunstancias).

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 y anexo

      La mitad si se hacen más de 60 minutos y menos de media jornada (20 horas semanales). Incompatible con el plus de altura.

    • Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad (3 circunstancias)

      153,75 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos constatados (3 circunstancias).

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 y anexo

      La mitad si se hacen más de 60 minutos y menos de media jornada (20 horas semanales). Incompatible con el plus de altura.

    • Festivos abonables y no recuperables trabajados

      Se compensa acumulándolo a las vacaciones o pagándolo con un recargo del 100 % en la nómina del mes

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal que trabaja un festivo del calendario.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOCCE · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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