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Convenio colectivo para las actividades de siderometalurgia de Salamanca y su provincia (2025-2026).

VigenteDescargar el convenioCódigo 37000465011981

Convenio de los años 2025 a 2026 (del 1/1/2025 al 31/12/2026).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.754horas
Vacaciones30días

naturales · art. 25

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Grupo I
Ingeniero, Arquitecto, Lic. Sup.1.829,82 €27.921,41 €
Grupo II
Perito y Aparejador1.775,24 €27.157,24 €
Graduado Social1.496,65 €23.257,06 €
A.T.S.1.319,68 €20.779,47 €
Grupo III
Ayudante Ingeniero y arquitecto1.656,13 €25.489,75 €
Delineantes y Dibujantes Proyectistas1.497,23 €23.265,11 €
Jefe admvo de 1ª1.561,26 €24.161,58 €
Jefe admvo de 2ª1.493,30 €23.210,10 €
Jefe de Taller1.624,95 €25.053,25 €
Maestro Industrial1.577,68 €24.391,40 €
Maestro de Taller1.577,68 €24.391,40 €
Contramaestre1.577,68 €24.391,40 €
Grupo IV
Delineante de 1ª1.385,82 €21.705,42 €
Delineante de 2ª1.323,72 €20.836,02 €
Encargado de taller1.348,14 €21.177,92 €
Grupo V
Viajante1.383,37 €21.671,14 €
Oficial admvo de 1ª1.383,37 €21.671,14 €
Oficial amvo de 2ª1.331,90 €20.950,50 €
Oficial de 1ª1.350,63 €21.212,71 €
Oficial de 2ª1.313,61 €20.694,47 €
Chófer camión y grúa1.311,56 €20.665,68 €
Capataz de especialistas y peones1.274,84 €20.151,72 €
Grupo VI
Listero1.267,61 €20.050,43 €
Conserje1.267,61 €20.050,43 €
Pesador y Basculero1.258,17 €19.918,30 €
Auxiliar Admvo1.258,12 €19.917,62 €
Auxiliar1.257,89 €19.914,36 €
Almacenero1.250,72 €19.813,94 €
Oficial de 3ª1.269,62 €20.078,54 €
Especialista1.260,88 €19.956,18 €
Peón especializado de almacén1.260,88 €19.956,18 €
Grupo VII
Vigilante1.258,17 €19.918,30 €
Ordenanza1.258,17 €19.918,30 €
Portero1.258,17 €19.918,30 €
Peón ordinario1.242,71 €19.701,86 €
Aprendiz menor de 18 años980,44 €16.030,07 €

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo I

  • Ingeniero, Arquitecto, Lic. Sup.

Grupo II

  • Perito y Aparejador
  • Graduado Social
  • A.T.S.

Grupo III

  • Ayudante Ingeniero y arquitecto
  • Delineantes y Dibujantes Proyectistas
  • Jefe admvo de 1ª
  • Jefe admvo de 2ª
  • Jefe de Taller
  • Maestro Industrial
  • Maestro de Taller
  • Contramaestre

Grupo IV

  • Delineante de 1ª
  • Delineante de 2ª
  • Encargado de taller

Grupo V

  • Viajante
  • Oficial admvo de 1ª
  • Oficial amvo de 2ª
  • Oficial de 1ª
  • Oficial de 2ª
  • Chófer camión y grúa
  • Capataz de especialistas y peones

Grupo VI

  • Listero
  • Conserje
  • Pesador y Basculero
  • Auxiliar Admvo
  • Auxiliar
  • Almacenero
  • Oficial de 3ª
  • Especialista
  • Peón especializado de almacén

Grupo VII

  • Vigilante
  • Ordenanza
  • Portero
  • Peón ordinario
  • Aprendiz menor de 18 años

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Antigüedad (quinquenios)Toda la plantilla; cada quinquenio se cobra desde el día 1 del mes siguiente a cumplirlo (cuentan los contratos formativos y en prácticas) · art. 175 % del salario base por cada 5 años (máximo 4)
Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00, salvo salario fijado por ser nocturno por naturaleza · art. 1825 % sobre el salario base
Plus de domingos y festivos (turnos rotativos)Trabajo a turnos rotativos por necesidades de la producción en domingo o festivo (de 0 a 24 h), o la parte proporcional a la jornada hecha; se descansa otro día la semana siguiente · art. 28 y anexo I65,33 € por día
Plus compensatorio de formaciónSolo si la empresa no acredita su participación en una organización empresarial del metal que impulse planes de formación, ni en planes agrupados de formación de los sindicatos del sector · art. 4640,00 € al mes
Dieta enteraDesplazamiento por orden de la empresa · art. 21 y anexo I53,62 € por día
Media dietaDesplazamiento por orden de la empresa con una sola comida fuera · art. 21 y anexo I22,40 € por día
Desplazamiento con vehículo propio (por km)Uso voluntario del vehículo propio por necesidades de la empresa y de acuerdo con ella · art. 22 y anexo I0,43 €

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria. Pueden compensarse con descanso a razón de 1,75 horas por hora extra, dentro de los 2 meses siguientes, a elección del trabajador (art. 27). (art. 27)

Subidas pactadas: 2025: 3 % (Subida del 3 % sobre las tablas de 2024); 2026: 2,5 % (Subida del 2,5 % sobre las tablas de 2025).

Revisión salarial: Si el IPC acumulado de 2025 y 2026 supera el 5,5 %, se revisan los salarios en el exceso, con un máximo de 1 punto, con efectos económicos desde el 1/1/2027. (art. 16).

Permisos pagados.

8 de los 12 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 26 (remite al art. 37.3 ET)15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 26 (remite al art. 37.3 ET)5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento del cónyuge o de hijosart. 264 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de otros familiares hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 263 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Matrimonio de padres, hijos, hermanos, cuñados o nietosart. 261Mejora el Estatuto
Cambio de domicilioart. 262Mejora el Estatuto
Asuntos propiosart. 261Mejora el Estatuto
Exámenes para obtener un título profesional o académicoart. 26el permiso oportuno, con justificanteMejora el Estatuto
Consulta de especialista de la Seguridad Social prescrita por medicina de familiaart. 26el tiempo necesarioMejora el Estatuto
Consultas de atención primaria o médicos privados, propias o acompañando a cónyuge, hijos o padresart. 26hasta 16 horas retribuidas al añoMejora el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personalart. 37.3.d ETel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 37.9 ET4Igual o sin mínimo en el Estatuto

Fuente: BOP Salamanca de 21 de julio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2025 al 31/12/2026 (art. 5). Se denuncia automáticamente un mes antes de vencer y sigue vigente en su totalidad hasta el nuevo. Tablas 2025 y 2026 en el propio texto (anexo I).

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio del metal de Salamanca?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2026.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Salamanca en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 19.701,86 € brutos al año a jornada completa (Peón ordinario).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Salamanca?

30 días naturales al año.

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