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8.º Convenio Colectivo del Sector de Establecimientos Sanitarios de Hospitalización y Asistencia Privada de Aragón, años 2024-2025-2026-2027.

VigenteDescargar el convenioCódigo 72000205012003

Convenio de los años 2024 a 2027 (del 1/1/2024 al 31/12/2027).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.705horas
Vacaciones30días

naturales · art. 41

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Director/a Médico/a1.943,36 €28.109,85 €
Director/a Administrativo/a1.943,36 €28.109,85 €
Subdirector/a Médico/a1.702,26 €24.734,44 €
Subdirector/a Administrativo/a1.702,26 €24.734,44 €
Médico/a Jefe/a Servicio1.744,56 €25.326,59 €
Médico/a Jefe/a Clínico/a1.642,57 €23.898,83 €
Médico/a Adjunto/a1.597,23 €23.263,99 €
Médico/a Residente1.506,43 €21.992,82 €
Farmacéutico/a1.744,56 €25.326,59 €
Odontólogos/as1.744,56 €25.326,59 €
Psicólogos/as1.744,56 €25.326,59 €
Otros/as Titulados/as Superiores1.744,56 €25.326,59 €
Dirección de Enfermería1.485,81 €21.704,13 €
Supervisores/as1.439,89 €21.061,23 €
Enfermeros/as Especialistas1.414,59 €20.707,02 €
Enfermeros/as1.370,19 €20.085,47 €
Fisioterapeutas1.370,19 €20.085,47 €
Maestros/as en Logofonía o Logopeda1.370,19 €20.085,47 €
Terapeutas Ocupacionales1.370,19 €20.085,47 €
Trabajadores/as Sociales1.370,19 €20.085,47 €
Podólogos/as1.370,19 €20.085,47 €
Graduados/as Sociales1.370,19 €20.085,47 €
TER/TEL1.278,50 €18.801,76 €
Higienistas Dentales1.278,50 €18.801,76 €
Monitor/a1.278,50 €18.801,76 €
Auxiliares de Enfermería1.170,71 €17.292,80 €
Celador/a1.170,71 €17.292,80 €
Cuidadores/as Geriátricos-Psiquiátricos1.170,71 €17.292,80 €
Puericultores/as1.170,71 €17.292,80 €
Administradores/as1.824,67 €26.448,19 €
Jefe/a de Contabilidad1.460,51 €21.349,92 €
Analista de Sistema1.702,27 €24.734,59 €
Oficiales Administrativos/as1.278,50 €18.801,76 €
Operadores/as de Ordenador1.278,50 €18.801,76 €
Auxiliares Administrativos/as1.170,71 €17.292,80 €
Operadores/as de Terminal1.170,71 €17.292,80 €
Conserjes1.170,71 €17.292,80 €
Porteros/as1.155,03 €17.073,28 €
Ordenanzas1.155,03 €17.073,28 €
Vigilantes Nocturnos1.155,03 €17.073,28 €
Jefes/as de Cocina1.278,50 €18.801,76 €
Cocineros/Cocineras1.170,50 €17.289,81 €
Ayudantes de Cocina/Pinches1.155,03 €17.073,28 €
Camareros/as1.155,03 €17.073,28 €
Limpiadores/as1.155,03 €17.073,28 €
Encargados/as de Servicios Generales1.170,71 €17.292,80 €
Telefonistas/Recepcionistas1.170,71 €17.292,80 €
Lavanderos/as1.155,03 €17.073,28 €
Planchadores/as1.155,03 €17.073,28 €
Costureros/as1.155,03 €17.073,28 €
Jefes/as de Taller1.327,53 €19.488,24 €
Oficiales 1ª1.278,50 €18.801,76 €
Oficiales 2ª1.211,97 €17.870,32 €
Conductores/as de Ambulancia1.278,50 €18.801,76 €
Peones/as1.155,03 €17.073,28 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Categorías

  • Director/a Médico/a
  • Director/a Administrativo/a
  • Subdirector/a Médico/a
  • Subdirector/a Administrativo/a
  • Médico/a Jefe/a Servicio
  • Médico/a Jefe/a Clínico/a
  • Médico/a Adjunto/a
  • Médico/a Residente
  • Farmacéutico/a
  • Odontólogos/as
  • Psicólogos/as
  • Otros/as Titulados/as Superiores
  • Dirección de Enfermería
  • Supervisores/as
  • Enfermeros/as Especialistas
  • Enfermeros/as
  • Fisioterapeutas
  • Maestros/as en Logofonía o Logopeda
  • Terapeutas Ocupacionales
  • Trabajadores/as Sociales
  • Podólogos/as
  • Graduados/as Sociales
  • TER/TEL
  • Higienistas Dentales
  • Monitor/a
  • Auxiliares de Enfermería
  • Celador/a
  • Cuidadores/as Geriátricos-Psiquiátricos
  • Puericultores/as
  • Administradores/as
  • Jefe/a de Contabilidad
  • Analista de Sistema
  • Oficiales Administrativos/as
  • Operadores/as de Ordenador
  • Auxiliares Administrativos/as
  • Operadores/as de Terminal
  • Conserjes
  • Porteros/as
  • Ordenanzas
  • Vigilantes Nocturnos
  • Jefes/as de Cocina
  • Cocineros/Cocineras
  • Ayudantes de Cocina/Pinches
  • Camareros/as
  • Limpiadores/as
  • Encargados/as de Servicios Generales
  • Telefonistas/Recepcionistas
  • Lavanderos/as
  • Planchadores/as
  • Costureros/as
  • Jefes/as de Taller
  • Oficiales 1ª
  • Oficiales 2ª
  • Conductores/as de Ambulancia
  • Peones/as

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Complemento de antigüedad y permanencia (trienios)Toda la plantilla, por cada 3 años en la empresa (máximo 13 trienios), desde el mes siguiente a cumplirlos. Proporcional a la jornada. Entra en las pagas extra (art. 35). · art. 30 y anexos18,30 € por cada 3 años (máximo 13)
Complemento de puesto de trabajo (quirófano, UCI, radiología, laboratorio…)Quirófanos, radioelectrología, radioterapia, medicina nuclear, laboratorio, UCI, infectocontagiosos, psiquiatría, atención geriátrica y hemodiálisis; también fisioterapia o pediatría con título de especialidad. Con dedicación exclusiva y continuada; si no, por los días trabajados en esos puestos, con un mínimo del 7,5 %. · art. 32 y anexos (columna «art. 35»)según categoría, de 163,72 a 291,50 € al mes
Complemento de nocturnidad (por hora)Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que ya se pague con otro complemento. · art. 3125 % sobre la hora ordinaria por hora
Plus de domingo trabajadoPor cada domingo trabajado (incluido el turno de noche que empieza la víspera). · art. 33 y anexos25,20 € por día
Plus de festivo trabajadoPor cada festivo intersemanal trabajado (14 al año) si no te contrataron específicamente para trabajar festivos. · art. 33 y anexos25,20 € por día
Festivo especial (25 de diciembre y 1 de enero)Trabajar el 25 de diciembre o el 1 de enero. · art. 33El doble del plus de festivo
Plus de pantallaTrabajo con pantallas de ordenador más del 50 % de la jornada diaria. Proporcional a la jornada. · art. 34 y anexos27,31 € al mes
Plus de transporte (importe anual)Toda la plantilla; los temporales en proporción a los días trabajados. Puede repartirse en las 14 pagas. · art. 37 y anexos752,62 € al año en un solo pago
Ayuda por hijo/a con discapacidadHijo/a con discapacidad acreditada que conviva contigo y no esté internado a cargo de la Administración. · art. 68100,00 € al mes
Premio a la constanciaA los 15, 25 y 30 años de permanencia continuada sin sanción grave o muy grave. · art. 6430 días de salario base en cada hito; a los 25 años, además 5 días naturales de permiso retribuido, y a los 30, 11 días
Beca de libros y material escolarLibros de enseñanza oficial o material escolar (infantil a FP) tuyos o de tus hijos, con factura. Temporales: con un año de antigüedad a 1 de septiembre. · art. 6650 % del gasto; material escolar con tope de 75 €
Kilometraje con vehículo propioDesplazamientos de servicio autorizados con tu vehículo. · art. 370,26 €
Dieta por desayunoDesplazamientos de servicio fuera de la localidad del centro. · art. 373,00 € por día
Dieta por comidaDesplazamientos de servicio fuera de la localidad del centro. · art. 3716,00 € por día
Dieta por cenaDesplazamientos de servicio fuera de la localidad del centro. · art. 3713,00 € por día

Horas extra: se pagan como la hora ordinaria. Las de fuerza mayor pueden compensarse con descanso retribuido equivalente (art. 36). (art. 36)

Subidas pactadas: 2025: 3 % (3 % sobre las tablas de 2024 (anexo 1)); 2026: 3 % (3 % sobre las tablas de 2025 (anexo 2)); 2027: 3,5 % (3,5 % sobre las tablas de 2026 (anexo 3)).

Permisos pagados.

5 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 42.a15Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de padres, suegros, hermanos, abuelos, nietos y otros familiares de 2.º gradoart. 42.b3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho registrada o hijo/aart. 42.b7Mejora el Estatuto
Accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 42.c5Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilioart. 421Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido votar)art. 42el tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Boda de padres, hijos/as o hermanos/asart. 421Mejora el Estatuto
Exámenes en centros oficiales de enseñanza regladaart. 42el tiempo necesarioMejora el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoart. 42el tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 42 (art. 37.9 ET)4Igual o sin mínimo en el Estatuto
Días libres a elección (no computan como jornada)art. 404Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

  • Grupo I: 6 meses
  • Grupo II: 2 meses
  • Grupos III a), III b) y IV: 1 mes
  • Grupo V: 15 días

Preaviso si te vas

  • Grupo I: 2 meses
  • Grupos II, III a) y III b): 1 mes
  • Grupos IV y V: 15 días

Novedades del convenio.

  • 10/6/2025 · Publicado en el BOA el 8.º convenio 2024-2027: +0,5 % en 2024, +3 % en 2025, +3 % en 2026 y +3,5 % en 2027.

Fuente: BOA de 10 de junio de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2027 (BOA 10/06/2025), con tablas pactadas para 2025, 2026 y 2027.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de sanidad privada de Aragón?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2027.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de sanidad privada de Aragón en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 17.073,28 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de sanidad privada de Aragón?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Grupo I: 6 meses. Grupo II: 2 meses. Grupos III a), III b) y IV: 1 mes. Grupo V: 15 días.

¿Eres empresa?

Lo que la ley pide a tu empresa, en documentos.

Registro retributivo, protocolo de acoso, desconexión digital y protección de datos de la plantilla. Mira cuáles te tocan.

Ver qué me toca

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