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Convenio Colectivo Provincial del Sector de Servicio Público de Transportes de Mercancías por Carretera de Sevilla 2024-2027.

VigenteDescargar el convenioCódigo 41002345011981

Convenio de los años 2024 a 2027 (del 1/1/2024 al 31/12/2027).

Jornada, vacaciones y pagas.

Jornada al año1.800horas
Vacaciones30días

naturales · art. 9

Pagas extra3

Al año, además de las 12 mensualidades

Sueldos 2026.

Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año
Personal superior y tecnico
Jefe/a de Servicio1.265,44 €22.810,45 €
Ingenieros/as y Licenciados/as1.187,12 €21.635,65 €
Ayudantes de Ingenieros/as1.015,53 €19.061,80 €
Ayudantes Técnicos Sanitarios928,54 €17.756,95 €
Personal de varios
Encargado/a General999,32 €18.818,65 €
Encargado/a de Almacén934,70 €17.849,35 €
Carpintero/a930,45 €17.747,30 €
Mozo/a Especializado/a898,20 €17.265,00 €
Mozo/a878,43 €16.969,25 €
Personal de trafico
Jefe/a de Tráfico999,32 €18.818,65 €
Inspector/a Visitador999,32 €18.818,65 €
Conductor/a Mecánico/a959,95 €18.188,65 €
Conductor/a937,75 €17.856,50 €
Conductor/a-Repartidor/a vehículos ligeros917,37 €17.551,65 €
Capitonista930,45 €17.747,30 €
Repartidor/a Mercancías // Mozo/a carga y descarga878,43 €16.969,25 €
Ayudante903,98 €17.351,45 €
Mozo/a Especializado/a898,20 €17.265,00 €
Personal administrativo
Jefe/a de Sección1.046,74 €19.529,95 €
Jefe/a de Negociado1.010,84 €18.991,45 €
Oficial de 1ª954,47 €18.145,90 €
Oficial de 2ª928,02 €17.749,15 €
Auxiliar869,52 €16.871,65 €
Personal subalterno
Cobrador/a de Facturas885,88 €17.117,05 €
Telefonista885,23 €17.107,30 €
Portero/a y Vigilante869,52 €16.871,65 €
Operario/a de limpieza838,89 €16.377,75 €
Personal de talleres
Jefe/a de Equipo959,95 €18.188,65 €
Oficial 1ª944,74 €17.961,15 €
Oficial 2ª930,45 €17.747,30 €
Oficial 3ª877,52 €16.955,60 €
Peón/a Ordinario878,43 €16.969,25 €

Si tu categoría queda por debajo, cobras como mínimo el salario mínimo: 17.094 € al año.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Qué hace cada categoría.

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.

Grupo Personal superior y tecnico

  • Jefe/a de Servicio
  • Ingenieros/as y Licenciados/as
  • Ayudantes de Ingenieros/as
  • Ayudantes Técnicos Sanitarios

Grupo Personal de varios

  • Encargado/a General
  • Encargado/a de Almacén
  • Carpintero/a
  • Mozo/a Especializado/a
  • Mozo/a

Grupo Personal de trafico

  • Jefe/a de Tráfico
  • Inspector/a Visitador
  • Conductor/a Mecánico/a
  • Conductor/a
  • Conductor/a-Repartidor/a vehículos ligeros
  • Capitonista
  • Repartidor/a Mercancías // Mozo/a carga y descarga
  • Ayudante
  • Mozo/a Especializado/a

Grupo Personal administrativo

  • Jefe/a de Sección
  • Jefe/a de Negociado
  • Oficial de 1ª
  • Oficial de 2ª
  • Auxiliar

Grupo Personal subalterno

  • Cobrador/a de Facturas
  • Telefonista
  • Portero/a y Vigilante
  • Operario/a de limpieza

Grupo Personal de talleres

  • Jefe/a de Equipo
  • Oficial 1ª
  • Oficial 2ª
  • Oficial 3ª
  • Peón/a Ordinario

Pluses y horas extra.

PlusCuánto
Complemento de asistenciaPor cada día de asistencia al trabajo; se paga también en descansos semanales, festivos y vacaciones, y entra en las 3 pagas extra · arts. 11 y 14 y anexo III5,72 € por día
Compensación por transportePor día efectivo y real de trabajo, igual para todas las categorías · art. 12 y anexo III5,45 € por día
Promoción económica (antigüedad)Toda la plantilla; se cobra desde el día 1 del mes siguiente a cumplir cada tramo · arts. 10 y 145 % del salario base por cada 5 años (máximo 4)
Horas nocturnasHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 · art. 7.327 % sobre el salario base
Complemento de peligrosidadPersonas que manipulan o transportan mercancías explosivas e inflamables · art. 1312 % sobre el salario base
Dieta completa (13 a 22 h con pernocta)Desplazado por el servicio entre las 13 y las 22 h y obligado a pernoctar fuera del municipio del centro de trabajo. Importes mínimos para desplazamientos en España · art. 15 y anexo III42,54 € por día
Dieta de 13 a 15 hDesplazado fuera del centro de trabajo por el servicio entre las 13 y las 15 h (interpretación de la comisión paritaria de 28/5/2026). Importes mínimos para desplazamientos en España · art. 15 y anexo III21,30 € por día
Dieta de 13 a 22 h (o desde las 15 h con pernocta)Desplazado entre las 13 y las 22 h, o a partir de las 15 h con obligación de pernoctar. Importes mínimos para desplazamientos en España · art. 15 y anexo III28,42 € por día
Dieta de 15 a 22 hDesplazado únicamente entre las 15 y las 22 h. Importes mínimos para desplazamientos en España · art. 15 y anexo III14,19 € por día

Horas extra: se pagan como la hora ordinaria. Pueden compensarse con descanso según el art. 35 ET; el convenio no fija la equivalencia (art. 8). (art. 8)

Subidas pactadas: 2025: 4 % (Subida salarial del 4,00 % para 2025, aplicada también al complemento de asistencia y a la compensación por transporte (tablas en los anexos)); 2025: (Revisión al IPC de 2025 con un máximo del 5 %); 2026: 4 % (Subida salarial del 4,00 % para 2026, aplicada también al complemento de asistencia y a la compensación por transporte (tablas en los anexos)); 2026: (Revisión al IPC de 2026 con un máximo del 5 %); 2027: 4 % (Subida salarial del 4,00 % para 2027, aplicada también al complemento de asistencia y a la compensación por transporte (tablas en los anexos)); 2027: (Revisión al IPC de 2027 con un máximo del 5 %); 2026: 4 % (Retribución mínima garantizada: 16.576 € brutos anuales en 2025; +4,00 % en 2026 y en 2027, o el SMI si es mayor).

Revisión salarial: Subida del 4,00 % en cada año 2024-2027 «con revisión al IPC con un máximo del 5 %»; el texto no detalla cómo ni cuándo se aplica la revisión y no consta ninguna revisión publicada. Además, retribución mínima garantizada de 16.576 € en 2025, +4 % en 2026 y 2027 o el SMI si es superior. (arts. 10 y 31).

Permisos pagados.

3 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

PermisoDíasFrente al Estatuto
Matrimonio o pareja de hecho registradaart. 22.115Igual o sin mínimo en el Estatuto
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 22.25Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado (2 días más con desplazamiento)art. 22.32 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Examen o revisión del carnet profesional (el día necesario)art. 22.51Mejora el Estatuto
Traslado de domicilio habitualart. 22.61Igual o sin mínimo en el Estatuto
Deberes públicos (tiempo indispensable)art. 22.7—Igual o sin mínimo en el Estatuto
Supuestos justificados a elegir (clases o exámenes de capacitación, DNI o pasaporte, gestiones oficiales)art. 22.82Mejora el Estatuto
Asuntos propiosart. 22.91Mejora el Estatuto

Periodo de prueba y preaviso.

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Contratos de más de un año: 15 días
  • Contratos de duración inferior: 7 días

Novedades del convenio.

  • 31/7/2026 · Comisión Paritaria (AETRANS): interpreta las dietas de 13 a 15 h; sin acuerdo sobre la jornada reducida en Semana Santa, Feria y vísperas
  • 9/4/2025 · Publicado el convenio provincial de transporte de mercancías por carretera 2024-2027 (+4 % anual)

Fuente: BOP Sevilla de 9 de abril de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2027 (art. 4); tablas 2024-2027 incluidas en el texto publicado el 9/4/2025.

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías de Sevilla?

Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2027.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de transporte de mercancías de Sevilla en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.377,75 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías de Sevilla?

30 días naturales al año.

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