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Tablas salariales de alimentación de Gipuzkoa 2026.

No se ha publicado tabla de este año: se aplica la última publicada. Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 33 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Prorrogada del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025
    Grupo V
    Encargado/a general2.076,76 €31.151,40 €0,0 %
    Jefe/a de personal2.076,76 €31.151,40 €0,0 %
    Jefe/a de ventas2.076,76 €31.151,40 €0,0 %
    Jefe/a de compras2.076,76 €31.151,40 €0,0 %
    Jefe/a administrativo/a2.076,76 €31.151,40 €0,0 %
    Contable o cajero/a2.076,76 €31.151,40 €0,0 %
    Grupo IV
    Jefe/a de sucursal y supermercado1.837,25 €27.558,75 €0,0 %
    Jefe/a de sección · Personal mercantil1.732,54 €25.988,10 €0,0 %
    Encargado/a de establecimiento1.547,43 €23.211,45 €0,0 %
    Viajante sin comisión1.752,11 €26.281,65 €0,0 %
    Viajante con comisión1.291,55 €19.373,25 €0,0 %
    Corredor/a de plaza1.547,43 €23.211,45 €0,0 %
    Grupo III
    Oficial administrativo/a y operador/a1.837,25 €27.558,75 €0,0 %
    Auxiliar administrativo/a de 3.ª1.376,18 €20.642,70 €0,0 %
    Auxiliar administrativo/a de 2.ª1.497,56 €22.463,40 €0,0 %
    Auxiliar administrativo/a de 1.ª1.603,54 €24.053,10 €0,0 %
    Grupo II
    Oficial de primera1.624,41 €24.366,15 €0,0 %
    Oficial de segunda1.506,52 €22.597,80 €0,0 %
    Mozo especializado1.449,22 €21.738,30 €0,0 %
    Dependiente de 2.ª1.371,54 €20.573,10 €0,0 %
    Dependiente de 1.ª1.442,25 €21.633,75 €0,0 %
    Auxiliar de caja de 3.ª1.376,18 €20.642,70 €0,0 %
    Auxiliar de caja de 2.ª1.497,56 €22.463,40 €0,0 %
    Auxiliar de caja de 1.ª1.527,96 €22.919,40 €0,0 %
    Vigilante abastecedor/a de 3.ª1.376,15 €20.642,25 €0,0 %
    Vigilante abastecedor/a de 2.ª1.497,56 €22.463,40 €0,0 %
    Vigilante abastecedor/a de 1.ª1.527,96 €22.919,40 €0,0 %
    Grupo I
    Mozo1.378,63 €20.679,45 €0,0 %
    Envasador/a empaquetador/a1.359,43 €20.391,45 €0,0 %
    Ayudante de dependiente1.260,89 €18.913,35 €0,0 %
    Jefe/a de almacén1.837,25 €27.558,75 €0,0 %
    Jefe/a de sección · Personal administrativo2.076,76 €31.151,40 €0,0 %
    Conserje, cobrador/a, vigilante, portero/a, sereno, almacenero/a, etc.1.378,54 €20.678,10 €0,0 %

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Notas de la tabla. Sin tabla de 2026 publicada a 14/10/2026: convenio denunciado el 16/01/2026 y en ultraactividad indefinida (art. 4); se aplican las tablas de 2025. Revisión salarial 2025 (BOG n.º 28 de 12/02/2025, anuncio 728): salario total mensual y anualizado (= mensual × 15: 12 meses + 3 pagas extra) por categoría. La antigüedad va aparte (tabla de cuatrienios).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      Valor del cuatrienio de la categoría (tabla de antigüedad) × número de cuatrienios

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada 4 años desde el ingreso en la empresa (cuenta el contrato de formación desde el 1/4/1979).

      Cotiza y tributa como salario. art. 12 y anexo II de la revisión 2025

      Importes de la tabla de antigüedad de 2025 (BOG 12/02/2025); el título en castellano dice «2024» por errata, el euskera dice 2025. Se cobra también en las pagas extra, que son de salario real. Sin tabla de 2026 publicada: se mantienen los de 2025.

    • Plus de trabajo nocturno

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo en empresas que ya pagan un plus análogo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

    • Plus de especialidad (perforista o idioma exigido)

      Quién lo cobra: Perforistas y quienes tuvieron como requisito de contratación saber un idioma.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

      Importe publicado para 2023 (desde la firma del convenio); el art. lo actualiza el 1/1/2024 con el IPC de 2023 + 0,4 % y el 1/1/2025 con el IPC de 2024 + 0,4 %, pero las revisiones salariales publicadas en el BOG (7/02/2024 y 12/02/2025) no dan el importe actualizado: se deja sin importe para este año.

    • Plus de riesgo de autoventa y cobros

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que cobra al contado, cajeros y funciones parecidas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

      Importe publicado para 2023 (desde la firma del convenio); el art. lo actualiza el 1/1/2024 con el IPC de 2023 + 0,4 % y el 1/1/2025 con el IPC de 2024 + 0,4 %, pero las revisiones salariales publicadas en el BOG (7/02/2024 y 12/02/2025) no dan el importe actualizado: se deja sin importe para este año.

    • Quebranto de moneda

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Quien cobra y paga por su puesto y responde del dinero; cantidad mensual de común acuerdo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      Importe publicado para 2023 (desde la firma del convenio); el art. lo actualiza el 1/1/2024 con el IPC de 2023 + 0,4 % y el 1/1/2025 con el IPC de 2024 + 0,4 %, pero las revisiones salariales publicadas en el BOG (7/02/2024 y 12/02/2025) no dan el importe actualizado: se deja sin importe para este año.

    • Dietas por viaje o desplazamiento

      En 2023: dieta completa 58,37 €, desayuno 2,19 €, comida 19,95 €, cena 15,44 €; actualizadas cada año con el IPC + 0,4 %

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes por orden de la empresa a otra población que impiden comer o dormir en casa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 13

      Importe publicado para 2023 (desde la firma del convenio); el art. lo actualiza el 1/1/2024 con el IPC de 2023 + 0,4 % y el 1/1/2025 con el IPC de 2024 + 0,4 %, pero las revisiones salariales publicadas en el BOG (7/02/2024 y 12/02/2025) no dan el importe actualizado: se deja sin importe para este año.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,3284 €/km en 2023, actualizado cada año con el IPC + 0,4 %

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo propio.

      Exento solo hasta el límite por kilómetro del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza. art. 13

      Importe publicado para 2023 (desde la firma del convenio); el art. lo actualiza el 1/1/2024 con el IPC de 2023 + 0,4 % y el 1/1/2025 con el IPC de 2024 + 0,4 %, pero las revisiones salariales publicadas en el BOG (7/02/2024 y 12/02/2025) no dan el importe actualizado: se deja sin importe para este año.

    • Viajes por traslado de centro

      Dos viajes de ida y dos de vuelta en transporte público con jornada partida; uno de ida y uno de vuelta con jornada continuada

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Traslado por la empresa a un centro a más de 2 km y fuera del casco urbano, si la empresa no pone vehículo.

      Gasto de locomoción: exento dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 19

    • Indemnización a la constancia

      Una mensualidad de salario de convenio por cada 4 años de servicio, hasta 10 cuatrienios

      Quién lo cobra: Al cesar voluntariamente con al menos 25 años de antigüedad.

      Pago por cese voluntario; su tratamiento en cotización no está claro. art. 17

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOG Gipuzkoa · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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