Saltar al contenido

Tablas salariales de comercio vario de Madrid 2027.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2027. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 34 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 150 %. De común acuerdo: 1 h 45 min de descanso por hora extra, acumulables en un plazo de hasta 4 meses. (art. 39)

    Sueldo por categoría en 2027.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2026Hora extra
    Grupo VI
    Titulado/a y licenciado/a1.873,55 €28.103,31 €+3,0 %28,74 €
    Director/a general1.873,55 €28.103,31 €+3,0 %28,74 €
    Grupo V
    Jefe/a de administración1.805,36 €27.080,47 €+3,0 %27,70 €
    Jefe/a de personal1.805,36 €27.080,47 €+3,0 %27,70 €
    Jefe/a de ventas1.805,36 €27.080,47 €+3,0 %27,70 €
    Jefe/a de compras1.805,36 €27.080,47 €+3,0 %27,70 €
    Grupo IV
    Jefe/a de sucursal1.703,25 €25.548,73 €+3,0 %26,13 €
    Jefe/a de almacén1.703,25 €25.548,73 €+3,0 %26,13 €
    Titulado/a de grado medio1.703,25 €25.548,73 €+3,0 %26,13 €
    Encargado/a general1.703,25 €25.548,73 €+3,0 %26,13 €
    Grupo III
    Técnico informático1.447,58 €21.713,69 €+3,0 %22,21 €
    Jefe/a de grupo1.447,58 €21.713,69 €+3,0 %22,21 €
    Dibujante1.405,19 €21.077,82 €+3,0 %21,56 €
    Responsable logística1.405,19 €21.077,82 €+3,0 %21,56 €
    Conductor/a especializado/a1.405,19 €21.077,82 €+3,0 %21,56 €
    Escaparatista1.362,93 €20.443,88 €+3,0 %20,91 €
    Jefe/a de sección1.319,95 €19.799,26 €+3,0 %20,25 €
    Grupo II
    Conductor/a1.277,45 €19.161,75 €+3,0 %19,60 €
    Oficial de primera1.277,45 €19.161,75 €+3,0 %19,60 €
    Dependiente/a vendedor/a (más 22)1.234,83 €18.522,47 €+3,0 %18,94 €
    Oficial administrativo/a1.234,83 €18.522,47 €+3,0 %18,94 €
    Viajante1.234,83 €18.522,47 €+3,0 %18,94 €
    Cajero/a1.234,83 €18.522,47 €+3,0 %18,94 €
    Mozo especializado1.234,83 €18.522,47 €+3,0 %18,94 €
    Corredor/a de plaza1.234,83 €18.522,47 €+3,0 %18,94 €
    Grupo I
    Cobrador/a1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Vigilante1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Oficial de segunda1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Auxiliar administrativo/a1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Telefonista1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Recepcionista1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Ayudante de vendedor/a1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Auxiliar de caja1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €
    Reponedor/a-merchandising1.192,26 €17.883,87 €+3,0 %18,29 €

    Subida: salario base de 2027 frente al de 2026 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.711 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla «TABLAS SALARIALES COMERCIO VARIO AÑO 2027» del anexo del convenio. La tabla da el salario por nivel («MES 15 PAGAS» y «ANUAL»); se repite en cada categoría que la tabla lista bajo ese nivel. Pagas: 12 + 3 extraordinarias (marzo, julio y diciembre, art. 34). El anual es el literal de la tabla (difiere en céntimos de base × 15). Importes generales del año (no por categoría, por eso no van en pluses): plus de transporte 99,46 €/mes en 11 mensualidades (art. 30); dieta entera 35,46 €; media dieta 14,61 €; kilometraje 0,32 €/km; plus de penosidad 106,09 y plus de peligrosidad 106,09 (arts. 28 y 29; la tabla no indica periodicidad).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 5 % del salario base cada cuatro años (tope: 60 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; cuenta desde el ingreso en la empresa, incluido el aprendizaje.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      Se cobra también en las 3 pagas extra (art. 34: salario base más antigüedad), por eso pagas = 15.

    • Complemento de nocturnidad

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas en periodo nocturno (art. 36 ET: de 22:00 a 6:00).

      Cotiza y tributa como salario. art. 27

      No se cobra si el salario se fijó atendiendo a que el trabajo es nocturno por su propia naturaleza.

    • Plus de penosidad (trabajo al aire libre con estrés térmico o cargas pesadas)

      106,09 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Puestos que trabajan de forma habitual al aire libre con estrés térmico y/o manejo de cargas pesadas, según el listado que elabora la empresa con la RLPT.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28 y tablas

      Cuantía de la tabla 2027: 106,09. La tabla no indica la periodicidad; se toma mensual por coherencia con el art. 29. En prestaciones puntuales, proporcional a los días trabajados en esas condiciones. Compatible con otros pluses.

    • Plus de peligrosidad (manejo asiduo de máquinas pesadas o de elevado riesgo)

      106,09 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Manejo directo de máquinas pesadas o de elevado riesgo durante más de un tercio de la jornada habitual, según el listado de la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 y tablas

      Cuantía de la tabla 2027. La tabla no indica la periodicidad; el art. 29 habla de abono «mensual» en las prestaciones puntuales, proporcional a los días. Incompatible con otro plus que compense el mismo riesgo (se cobra el mayor).

    • Plus de transporte

      99,46 € al mes, en 11 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla; a tiempo parcial se cobra entero (art. 37).

      Cotiza y tributa como salario. art. 30 y tablas

      11 mensualidades; la empresa puede prorratearlo en 12 meses.

    • Media dieta

      14,61 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por motivos del servicio fuera del municipio que impide volver a comer.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Dieta de manutención sin pernocta por debajo del límite exento del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día en España). art. 33 y tablas

    • Dieta entera (con pernocta)

      35,46 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que exige pernoctar fuera del domicilio habitual; además se pagan los gastos justificados.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Compensa gastos no justificables con pernocta; por debajo del límite exento del art. 147.2 LGSS (53,34 €/día en España). art. 33 y tablas

    • Kilometraje

      0,32 € por kilómetro recorrido

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio para trabajos de la empresa.

      Gasto de locomoción: exento de cotizar hasta 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y art. 9 RIRPF); el exceso cotiza. art. 33 y tablas

      La calculadora necesita los km al mes; no hay pregunta estándar para ello.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOCM · tabla salarial 2027. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    ¿Eres empresa?

    Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

    Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

    Ver soluciones para empresas

    Lo que suele venir después.