Saltar al contenido

Convenio colectivo sindical de trabajo del «comercio del metal» de la provincia de Burgos, años 2025-2029

Tablas salariales de comercio del metal de Burgos 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 45 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo I
    Titular de grado superior1.838,11 €27.571,65 €+3,0 %15,40 €
    Titular de grado Medio1.598,51 €23.977,65 €+3,0 %13,40 €
    Titular Técnico sanitario1.438,61 €21.579,15 €+3,0 %12,06 €
    Grupo II
    Dirección · Grupo II2.157,75 €32.366,25 €+3,0 %18,08 €
    Jefatura de División · Grupo II1.758,31 €26.374,65 €+3,0 %14,73 €
    Jefaturas de Personal, de Compras o de Ventas1.718,24 €25.773,60 €+3,0 %14,40 €
    Responsable general1.638,64 €24.579,60 €+3,0 %13,73 €
    Jefaturas de sucursal o de Almacén1.542,46 €23.136,90 €+3,0 %12,93 €
    Jefatura de grupo1.518,09 €22.771,35 €+3,0 %12,72 €
    Jefatura de sección, Responsable de Establecimiento, Vendedor/a, Comprador/a, subastador/a1.438,61 €21.579,15 €+3,0 %12,06 €
    Intérprete1.382,49 €20.737,35 €+3,0 %11,59 €
    Viajante1.422,80 €21.342,00 €+3,0 %11,92 €
    Viajante a Comisión1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %9,55 €
    Corredor/a de Plaza1.382,49 €20.737,35 €+3,0 %11,59 €
    Dependiente/a Mayor1.521,00 €22.815,00 €+3,0 %12,75 €
    Dependiente/a de Primera1.382,49 €20.737,35 €+3,0 %11,59 €
    Dependiente/a de segunda1.199,44 €17.991,60 €+3,0 %10,05 €
    Ayudante/a1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %9,55 €
    Grupo III
    Dirección · Grupo III1.998,08 €29.971,20 €+3,0 %16,74 €
    Jefatura de División · Grupo III1.758,28 €26.374,20 €+3,0 %14,73 €
    Jefatura Administrativa1.542,46 €23.136,90 €+3,0 %12,93 €
    Secretaría1.238,84 €18.582,60 €+3,0 %10,38 €
    Personal contable1.398,84 €20.982,60 €+3,0 %11,72 €
    Jefatura de sección Administrativa1.494,40 €22.416,00 €+3,0 %12,52 €
    Contable-Cajero/a, Taquimecanógrafo/a en Idiomas Extranjeros1.494,40 €22.416,00 €+3,0 %12,52 €
    Oficial Administrativo y Personal Operador en Máquinas Contables1.382,89 €20.743,35 €+3,0 %11,59 €
    Auxiliar Administrativo1.239,20 €18.588,00 €+3,0 %10,38 €
    Aspirante Administrativo1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %9,55 €
    Auxiliar de Caja1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %9,55 €
    Grupo IV
    Jefatura sección de servicios1.439,01 €21.585,15 €+3,0 %12,06 €
    Dibujante1.439,01 €21.585,15 €+3,0 %12,06 €
    Escaparatista1.382,89 €20.743,35 €+3,0 %11,59 €
    Ayudante de Montaje1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %9,55 €
    Delineante1.251,92 €18.778,80 €+3,0 %10,49 €
    Personal Visitador1.199,86 €17.997,90 €+3,0 %10,05 €
    Rotulista1.199,86 €17.997,90 €+3,0 %10,05 €
    Personal Cortador1.382,89 €20.743,35 €+3,0 %11,59 €
    Ayudante de Personal Cortador1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %9,55 €
    Jefatura de Taller1.382,89 €20.743,35 €+3,0 %11,59 €
    Profesional de Primera1.278,99 €19.184,85 €+3,0 %10,72 €
    Profesional de segunda1.199,40 €17.991,00 €+3,0 %10,05 €
    Capataz1.319,59 €19.793,85 €+3,0 %11,06 €
    Mozo/a Especializado1.176,88 €17.653,20 €+3,0 %9,86 €
    Auxiliares (ascensorista, telefonista, mozo/a, conserjería, cobraduría, vigilante, sereno/a, ordenanza, portería y personal de limpieza a jornada completa)1.139,60 €17.094,00 €+3,1 %9,55 €
    Personal de limpieza (Por hora)9,55 € por hora9,55 € por hora1——

    1. Personal de limpieza (Por hora): La tabla da un precio por hora, no mensual.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.790 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo II del convenio 2025-2029 (BOP Burgos n.º 115, 22/6/2026, anuncio 202602623): salario mensual y retribución anual (15 pagas: 12 mensualidades, verano, Navidad y beneficios). 3,00 % sobre 2025 (art. 9); las categorías que quedarían bajo el SMI se fijan en 1.139,60 €/mes = 17.094 € al año (disposición adicional 3.ª). Atrasos de 2026 hasta el último día del mes siguiente a la publicación.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Media dieta

      18,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 18

      Desde la publicación del convenio en el BOP (22/6/2026); hasta entonces, 16,78 €.

    • Dieta completa

      35,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 18

      Desde la publicación del convenio en el BOP (22/6/2026); hasta entonces, 32,16 €.

    • Asistencia a ferias en sábado

      28,00 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Por cada sábado de asistencia a ferias.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37

      Desde la publicación del convenio en el BOP (22/6/2026); hasta entonces, 26,54 €.

    • Asistencia a ferias en domingo

      55,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada domingo de asistencia a ferias.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37

      Desde la publicación del convenio en el BOP (22/6/2026); hasta entonces, 51,68 €.

    • Pago único de 300 €

      300 € una sola vez, no consolidable, en el mes siguiente a la publicación (o la parte proporcional si no trabajó todo 2025)

      Quién lo cobra: Personal en plantilla al publicarse el convenio cuya retribución bruta anual de 2025 fue de 21.000 € o menos (o la parte proporcional).

      Cotiza y tributa como salario. disposición adicional 1.ª

    • Bolsa de vacaciones

      150 € por los 19 días de elección no disfrutados o la parte proporcional

      Quién lo cobra: Si, a petición de la empresa, la persona no puede disfrutar sus 19 días de elección entre el 1 de junio y el 30 de septiembre y lo acepta.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

    • Complemento personal de antigüedad consolidada

      Cuantía individual congelada a 31/12/1997; no se generan nuevos tramos

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien cobraba antigüedad el 31/12/1997: importe congelado, no absorbible ni compensable.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

      El convenio no tiene antigüedad para el resto de la plantilla. Se cobra también en las pagas extra y en la de beneficios (arts. 11 y 12).

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Burgos · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    ¿Eres empresa?

    Lo que la ley pide a tu empresa, en documentos.

    Registro retributivo, protocolo de acoso, desconexión digital y protección de datos de la plantilla. Mira cuáles te tocan.

    Ver qué me toca