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Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas de Palencia y provincia (2022-2026)

Tablas salariales de construcción de Palencia 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Compensación por descanso según los apartados 2 y 3 del art. 68 del VII CGSC. (art. 42 y tabla de horas extraordinarias 2026 del acta de 15/12/2025)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    7
    Nivel II · Titulado superior39,27 €/día23.556,82 €+3,0 %13,11 €
    6
    Nivel III · Titulado medio38,72 €/día23.208,70 €+3,0 %12,99 €
    Nivel IV · Jefe de personal38,20 €/día22.865,73 €+3,0 %12,94 €
    5
    Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª37,35 €/día22.527,81 €+3,0 %12,83 €
    4
    Nivel VI · Oficial administrativo de 1.ª36,84 €/día22.194,90 €+3,0 %12,77 €
    Nivel VII · Capataz35,96 €/día21.866,90 €+3,0 %12,70 €
    Nivel VIII · Oficial de 1.ª35,46 €/día21.543,77 €+3,0 %12,58 €
    3
    Nivel IX · Oficial de 2.ª34,91 €/día21.225,39 €+3,0 %12,52 €
    Nivel X · Oficial de 3.ª34,47 €/día20.911,71 €+3,0 %12,37 €
    2
    Nivel XI · Peón especializado33,91 €/día20.602,68 €+3,0 %12,30 €
    1
    Nivel XII · Peón33,55 €/día20.298,22 €+3,0 %12,22 €

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Desgaste de herramientas

      0,61 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Personal que aporta herramientas propias; por día de trabajo efectivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43

      Importe fijado «durante la vigencia del presente Convenio» (2022-2026).

    • Dieta completa

      40,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural; no se cobra si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 44.2

      Importe fijado «durante la vigencia del presente convenio» (2022-2026).

    • Media dieta

      15,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que impide comer en la residencia habitual; si no llega para el menú del día, la empresa paga la diferencia justificada.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 44.3

      Importe fijado «durante la vigencia del presente convenio» (2022-2026).

    • Kilometraje en desplazamientos

      0,26 € por kilómetro recorrido

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos del art. 87 del VII CGSC.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 44.4

    • Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras

      4,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de los grupos 1 a 5 que trabaja de forma habitual en conservación y mantenimiento de autopistas, autovías y carreteras; proporcional si la jornada es inferior.

      Cotiza y tributa como salario. art. 39.1

      4 € por día efectivo de trabajo, invariable durante la vigencia del convenio y de la contrata.

    • Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40

    • Plus de trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 41

    • Complemento por discapacidad

      17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento

      Quién lo cobra: Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más).

      Cotiza y tributa como salario. art. 47

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Palencia · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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