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Tablas salariales de construcción de Segovia 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 15 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas en los 4 meses siguientes no cuentan para el límite de 80 al año. (art. XVII y tabla 2026 (columna «Valor horas extras»))

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Titulados mediosnivel III42,96 €/día28.010,17 €+3,0 %18,65 €
    Jefe de personalnivel IV41,58 €/día27.176,81 €+3,0 %18,65 €
    Jefe administrativonivel V39,80 €/día26.084,96 €+3,0 %18,65 €
    Oficial administrativonivel VI38,06 €/día25.037,76 €+3,0 %16,89 €
    Capataznivel VII36,92 €/día24.506,59 €+3,0 %17,32 €
    Oficial de primeranivel VIII35,07 €/día23.309,54 €+3,0 %17,24 €
    Oficial segundanivel IX33,42 €/día22.382,74 €+3,0 %15,85 €
    Ayudantenivel X32,15 €/día21.653,02 €+3,0 %15,90 €
    Peón especialistanivel XI31,42 €/día21.232,11 €+3,0 %15,90 €
    Peón ordinarionivel XII30,63 €/día20.840,24 €+3,0 %13,31 €
    Formación 3.º añonivel XIII28,46 €/día19.171,28 €1+3,0 %—
    Formación 2.º añonivel XIII25,05 €/día16.994,30 €2+3,0 %—
    Formación 3.º año · 3.ª fila de formación (1.º año en las tablas 2022-2024)nivel XIII21,73 €/día14.841,64 €3+3,0 %—
    Colectivos sin límite de edad mayores de 21 · 1.er año31,75 €/día21.297,75 €+3,0 %—
    Colectivos sin límite de edad mayores de 21 · 2.º año33,55 €/día22.426,95 €+3,0 %—

    1. Formación 3.º año: Contrato formativo: el salario no puede ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo (art. 11 ET).

    2. Formación 2.º año: Contrato formativo: el salario no puede ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo (art. 11 ET).

    3. Formación 3.º año · 3.ª fila de formación (1.º año en las tablas 2022-2024): El BOP titula esta fila «FORMACIÓN 3º AÑO», igual que la primera; por posición e importes corresponde al 1.er año de formación (así figura en las tablas 2022-2024). Errata probable del boletín. Contrato formativo: el salario no puede ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo (art. 11 ET).

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.736 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de actividad

      de 13,94 a 25,90 € por día trabajado según categoría

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por jornada efectivamente trabajada con rendimiento normal; también en las fiestas de convenio. Se pierde por impuntualidad injustificada (salvo 2 faltas al mes) y todo el mes con 6 o más ausencias o 10 faltas de puntualidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. XVI y tabla 2026

      YA INCLUIDO en la «remuneración total» anual de la tabla. Varía por categoría.

    • Plus extrasalarial (distancia, desgaste de herramienta y ropa de trabajo)

      3,92 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado y en los días no laborables del calendario del convenio; igual para todas las categorías.

      Cotiza y tributa como salario. El convenio lo califica de extrasalarial, pero desde el RDL 20/2012 el plus de transporte y distancia cotiza (art. 147 LGSS). Incluye también desgaste de herramienta y ropa, que cotizan. arts. XV y X.2 y tabla 2026

      YA INCLUIDO en la «remuneración total» anual. Reparto: 80 % distancia, 15 % desgaste de herramienta, 5 % ropa de trabajo; la empresa puede sustituir parte por la prestación material.

    • Plus de trabajo nocturno

      un 30 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. XL

    • Dieta completa

      140,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento ordenado por la empresa que impide pernoctar en la residencia habitual; por día natural (20 % si la empresa costea manutención y alojamiento).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. XIX

      Importe fijado «para la vigencia de este Convenio» (2022-2026).

    • Media dieta

      24,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajado.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 9 del Reglamento del IRPF (art. 147.2 LGSS); lo que los supere cotiza. art. XIX

      Importe fijado «para la vigencia de este Convenio» (2022-2026).

    • Locomoción con vehículo propio

      0,40 € por kilómetro recorrido

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo del trabajador.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exento de cotizar hasta 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y art. 9 del Reglamento del IRPF); lo que exceda cotiza. Con 0,40 €/km, los 0,14 € por encima del límite cotizan. art. XIX

    • Antigüedad consolidada

      Importe consolidado que se mantiene; se suma también a pagas extraordinarias y vacaciones (arts. XIII y XX)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía derecho al complemento personal de antigüedad a la fecha del acuerdo (BOP 6/1/1997).

      Cotiza y tributa como salario. art. XIV

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Segovia · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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