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Tablas salariales de dependencia 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 44 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Se compensan preferentemente con tiempo de descanso; si no, se pagan al precio de la tabla. (art. 44; anexo I)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Residencias personas mayores
    Administrador2.103,62 €29.450,68 €*29,02 €
    Gerente2.103,62 €29.450,68 €*29,02 €
    Director2.103,62 €29.450,68 €*29,02 €
    Médico1.791,96 €25.087,44 €*24,72 €
    Titulado Superior1.791,96 €25.087,44 €*24,72 €
    Supervisor1.567,96 €21.951,44 €*21,63 €
    ATS/DUE1.567,96 €21.951,44 €*21,63 €
    Trabajador Social1.455,98 €20.383,72 €*20,09 €
    Fisioterapeuta1.455,98 €20.383,72 €*20,09 €
    Terapeuta Ocupacional1.455,98 €20.383,72 €*20,09 €
    Titulado Medio1.425,03 €19.950,42 €*19,66 €
    Gobernante1.203,95 €16.855,30 €*16,61 €
    TASOC1.179,32 €16.510,48 €*16,27 €
    Oficial Mantenimiento1.179,32 €16.510,48 €*16,27 €
    Oficial Administrativo1.179,32 €16.510,48 €*16,27 €
    Conductor1.160,37 €16.245,18 €*16,00 €
    Gerocultor1.160,37 €16.245,18 €*16,00 €
    Cocinero1.160,37 €16.245,18 €*16,00 €
    Jardinero1.140,03 €15.960,42 €*15,73 €
    Auxiliar Mantenimiento1.140,03 €15.960,42 €*15,73 €
    Auxiliar Administrativo1.140,03 €15.960,42 €*15,73 €
    Portero-Recepcionista1.140,03 €15.960,42 €*15,73 €
    Limpiador/Planchador1.051,81 €14.725,34 €*14,51 €
    Pinche Cocina1.051,81 €14.725,34 €*14,51 €
    Ayudante Oficios varios1.051,81 €14.725,34 €*14,51 €
    Personal no cualificado1.051,81 €14.725,34 €*14,51 €
    Ayuda a domicilio
    Responsable Coordinación2.348,41 €32.877,74 €*32,40 €
    Jefe Administrativo1.751,71 €24.523,94 €*24,17 €
    Coordinador1.660,06 €23.240,84 €*22,89 €
    Oficial Administrativo1.514,09 €21.197,26 €*20,88 €
    Ayudante Coordinación1.328,06 €18.592,84 €*18,33 €
    Auxiliar Administrativo1.145,81 €16.041,34 €*15,81 €
    Auxiliar Ayuda Domicilio1.145,81 €16.041,34 €*15,81 €
    Teleasistencia
    Director Gerente1.790,71 €25.069,94 €*24,70 €
    Director Centro1.736,07 €24.304,98 €*23,95 €
    Director Territorial1.708,78 €23.922,92 €*23,58 €
    Supervisor1.681,47 €23.540,58 €*23,19 €
    Coordinador1.452,57 €20.335,98 €*20,04 €
    Técnico Informático1.474,41 €20.641,74 €*20,34 €
    Oficial1.348,81 €18.883,34 €*18,61 €
    Teleoperador1.246,48 €17.450,72 €*17,20 €
    Instalador1.201,36 €16.819,04 €*16,57 €
    Auxiliar Administrativo1.145,48 €16.036,72 €*15,80 €
    Telefonista/Recepcionista1.145,48 €16.036,72 €*15,80 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.772 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo I del VIII Convenio, tablas 2025 (tres tablas por servicio: Residencias personas mayores, Ayuda a domicilio y Teleasistencia; el servicio va en «grupo»). La tabla solo da salario base mensual; anual = base × 14 (12 + 2 pagas extra de salario base + antigüedad, art. 42.G). Los pluses de la tabla son importes por unidad (hora, jornada, turno o trienio), no mensuales: importe en «_importe» y unidad en «_unidad».

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de antigüedad (trienios)

      Importe mensual de la tabla de su categoría por cada trienio cumplido

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada tres años de servicio en la empresa; proporcional a la jornada realizada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42.B y G; anexo I

      Importe por trienio y mes; entra en las dos pagas extraordinarias (art. 42.G), por eso 14 pagas. El convenio no fija tope de trienios. Mismo importe que el dato informativo de filas[].pluses «Antigüedad (por trienio)» (allí sin importe mes, porque no es mensual ni está en el salario anual): se repite aquí con su forma de cálculo para la calculadora; no sumar los dos.

    • Plus de domingos y festivos

      de 21,77 a 21,78 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por jornada trabajada en domingo o festivo, sea cual sea su duración; no lo cobra el personal contratado específicamente para domingos o festivos. En turno de noche cuenta si la jornada empieza en domingo o festivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42.D; anexo I

      Cada festivo trabajado da además un día de descanso compensatorio (art. 39). Mismo importe que el dato informativo de filas[].pluses «Domingos y festivos» (allí sin importe mes, porque no es mensual ni está en el salario anual): se repite aquí con su forma de cálculo para la calculadora; no sumar los dos.

    • Plus de festivo de especial significación (Navidad y Año Nuevo)

      de 34,85 a 77,81 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Turnos desde la noche del 24 al 25 de diciembre hasta la tarde del 25, y desde la noche del 31 de diciembre hasta la tarde del 1 de enero.

      Cotiza y tributa como salario. art. 45; anexo I

      No se cobra a la vez que el plus de domingos y festivos por el mismo turno. Si caen en domingo, se cobra como festivo especial y el sustitutorio según tabla. Mismo importe que el dato informativo de filas[].pluses «Festivo especial» (allí sin importe mes, porque no es mensual ni está en el salario anual): se repite aquí con su forma de cálculo para la calculadora; no sumar los dos.

    • Plus de nocturnidad

      de 2,05 a 4,68 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por hora trabajada entre las 22 y las 7 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42.C; anexo I

      El personal con turno fijo de noche lo cobra también en vacaciones. Mismo importe que el dato informativo de filas[].pluses «Nocturnidad» (allí sin importe mes, porque no es mensual ni está en el salario anual): se repite aquí con su forma de cálculo para la calculadora; no sumar los dos.

    • Plus de disponibilidad

      24,19 € por día trabajado

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada turno de disponibilidad (localizable para acudir a urgencias), voluntario, fijado en el cuadrante.

      Cotiza y tributa como salario. art. 42.E y 46; anexo I

      Importe por turno de disponibilidad (aquí dias mes = turnos al mes). El tiempo desde el aviso hasta 30 minutos después de terminar el servicio se paga como horas extraordinarias. Mismo importe que el dato informativo de filas[].pluses «Disponibilidad» (allí sin importe mes, porque no es mensual ni está en el salario anual): se repite aquí con su forma de cálculo para la calculadora; no sumar los dos.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,18 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos dentro de la jornada que exige el servicio (especialmente entre servicios rurales o semirrurales) con vehículo propio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Por debajo del límite exento de 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y art. 9 RIRPF); el propio convenio dice que no cotiza mientras no supere el importe legal. art. 42.H

      La empresa puede, en su lugar, pagar el transporte público o poner vehículo de empresa.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOE · tabla salarial 2025. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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