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Tablas salariales de hostelería de Cáceres 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 3 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,8 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    1
    Grupo profesional 11.118,00 €16.770,00 €* SMI1+3,8 %9,39 €
    2
    Grupo profesional 21.094,04 €16.410,60 €* SMI2+3,7 %9,19 €
    3
    Grupo profesional 31.051,06 €15.765,90 €* SMI3+3,7 %8,83 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    1. Grupo profesional 1: Salario base × 15 pagas queda por debajo de 17.094 € (SMI 2026). La disposición adicional primera garantiza como mínimo el SMI anual; el plus único extrasalarial (cotizable) se cobra aparte.

    2. Grupo profesional 2: El DOE escribe «1.094.04 €» (punto en lugar de coma decimal); se lee 1094,04 €. Salario base × 15 pagas queda por debajo de 17.094 € (SMI 2026). La disposición adicional primera garantiza como mínimo el SMI anual; el plus único extrasalarial (cotizable) se cobra aparte.

    3. Grupo profesional 3: El DOE escribe «1.051.06 €» (punto en lugar de coma decimal); se lee 1051,06 €. Salario base × 15 pagas queda por debajo de 17.094 € (SMI 2026). La disposición adicional primera garantiza como mínimo el SMI anual; el plus único extrasalarial (cotizable) se cobra aparte.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.786 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo II «Tablas salariales definitivas 2026» del convenio 2026-2028 (DOE 7/8/2026). Salario base mensual por grupo profesional del ALEH (1, 2 y 3), igual para todas las áreas funcionales y categorías de establecimiento. Anual calculado = salario base × 15: 12 mensualidades + pagas de verano (30 de junio) y Navidad (30 de diciembre) de una mensualidad de salario base más antigüedad + paga de beneficios igual al salario base, que se cobra en marzo del año siguiente (art. 11). No incluye el plus único extrasalarial (mensual, 11 meses de actividad) ni la antigüedad. Disp. adicional primera: como mínimo, el SMI anual de cada año.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus único extrasalarial

      168,66 € al mes, en 11 pagas

      Quién lo cobra: Toda la plantilla, solo en los meses de actividad (no en vacaciones ni en bajas). A tiempo parcial, en proporción a la jornada..

      Cotiza y tributa como salario. El convenio dice que es cotizable en su totalidad. art. 14

      Compensa ropa, comida, utensilios, quebranto de moneda, desgaste de útiles y la festividad del patrón; sustituye a los antiguos pluses. Se cargan 11 pagas (12 meses menos el de vacaciones).

    • Antigüedad (escala por años en la empresa)

      Porcentaje acumulado: 3 % a los 3 años, 8 % a los 6, 16 % a los 9, 26 % a los 14 y 40 % a los 20 años

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa..

      Cotiza y tributa como salario. art. 34

      El artículo no dice expresamente sobre qué se calcula; se entiende sobre el salario base. Las pagas de verano y Navidad incluyen la antigüedad (art. 11), por eso 14 pagas; la paga de beneficios es solo salario base. Tramos = lo que se añade en cada escalón.

    • Recargo por horas nocturnas

      un 50 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo personal contratado específicamente para horario nocturno (que cobra el plus de trabajo nocturno)..

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

    • Plus de trabajo nocturno

      56,52 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Personal contratado específicamente para horario nocturno que trabaja al menos el 51 % de su jornada entre las 22:00 y las 6:00. Importe mensual..

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

    • Ayuda por matrimonio

      192,61 € por matrimonio

      Quién lo cobra: Pago único al casarte, con al menos dos años en la empresa (o dos temporadas si eres fijo discontinuo)..

      Cotiza y tributa como salario. El convenio la califica de percepción no salarial, pero no está entre las exclusiones del art. 147.2 LGSS. art. 15

    • Ayuda por adquisición de vivienda

      301,40 € por compra de vivienda

      Quién lo cobra: Pago único al comprar vivienda, con al menos dos años en la empresa (o dos temporadas si eres fijo discontinuo) y presentando el contrato de compraventa..

      Cotiza y tributa como salario. El convenio la califica de percepción no salarial, pero no está entre las exclusiones del art. 147.2 LGSS. art. 15

    • Premio por jubilación anticipada

      2.567,20 € si te jubilas a los 63 años; 1.284,76 € a los 64

      Quién lo cobra: Con al menos 12 años en la empresa y acuerdo con la empresa para jubilarte antes: a los 63 o a los 64 años..

      Pago único ligado a la extinción del contrato; su cotización depende de su calificación y el convenio no la aclara. art. 21

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: DOE · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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