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Tablas salariales de hostelería de Castellón 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 280 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Por acuerdo de empresa o contrato, con descanso retribuido equivalente dentro de los 4 meses siguientes (esas horas no cuentan para el máximo de 80 al año). (art. 14 y anexo II)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    JEFE/A DE RECEPCIÓN · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.282,08 €19.231,17 €18,86 €
    JEFE/A DE RECEPCIÓN · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.276,24 €19.143,66 €18,78 €
    JEFE/A DE RECEPCIÓN · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.270,10 €19.051,44 €18,69 €
    JEFE/A DE RECEPCIÓN · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.264,44 €18.966,53 €18,61 €
    JEFE/A DE RECEPCIÓN · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.258,15 €18.872,23 €18,51 €
    SEGUNDO/A JEFE/A DE RECEPCIÓN · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.252,08 €18.781,23 €18,42 €
    SEGUNDO/A JEFE/A DE RECEPCIÓN · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.251,29 €18.769,40 €18,41 €
    SEGUNDO/A JEFE/A DE RECEPCIÓN · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.251,25 €18.768,70 €18,41 €
    SEGUNDO/A JEFE/A DE RECEPCIÓN · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.251,04 €18.765,57 €18,41 €
    SEGUNDO/A JEFE/A DE RECEPCIÓN · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.250,92 €18.763,83 €18,41 €
    JEFE/A DE ADMINISTRACIÓN · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.282,08 €19.231,17 €18,86 €
    JEFE/A DE ADMINISTRACIÓN · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.276,13 €19.141,92 €18,78 €
    II
    RECEPCIONISTA · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.221,33 €18.319,97 €17,97 €
    RECEPCIONISTA · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.221,23 €18.318,40 €17,97 €
    RECEPCIONISTA · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.220,00 €18.299,96 €17,95 €
    RECEPCIONISTA · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.219,74 €18.296,13 €17,95 €
    RECEPCIONISTA · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.219,45 €18.291,78 €17,94 €
    CONSERJE/A · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.252,08 €18.781,23 €18,42 €
    CONSERJE/A · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.246,11 €18.691,62 €18,34 €
    CONSERJE/A · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.240,11 €18.601,67 €18,25 €
    CONSERJE/A · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.234,10 €18.511,54 €18,16 €
    CONSERJE/A · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.228,15 €18.422,28 €18,07 €
    ADMINISTRATIVO/A · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.221,33 €18.319,97 €17,97 €
    ADMINISTRATIVO/A · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.221,23 €18.318,40 €17,97 €
    III
    AYUDTE/A DE RECEPCION Y CONSER. · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.191,89 €17.878,37 €17,54 €
    AYUDTE/A DE RECEPCION Y CONSER. · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.191,80 €17.876,98 €17,54 €
    AYUDTE/A DE RECEPCION Y CONSER. · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.190,52 €17.857,84 €17,52 €
    AYUDTE/A DE RECEPCION Y CONSER. · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.190,26 €17.853,84 €17,51 €
    AYUDTE/A DE RECEPCION Y CONSER. · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.189,98 €17.849,66 €17,51 €
    AYUDANTE ADMINISTRATIVO/A · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.191,89 €17.878,37 €17,54 €
    AYUDANTE ADMINISTRATIVO/A · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.191,80 €17.876,98 €17,54 €
    AYUDANTE ADMINISTRATIVO/A · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.190,52 €17.857,84 €17,52 €
    AYUDANTE ADMINISTRATIVO/A · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.190,26 €17.853,84 €17,51 €
    AYUDANTE ADMINISTRATIVO/A · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.193,46 €17.901,86 €17,56 €
    TELEFONISTA · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.191,89 €17.878,37 €17,54 €
    TELEFONISTA · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.191,80 €17.876,98 €17,54 €
    IV
    AUXILIAR DE RECEPCIÓN Y CONSERJERÍA · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.162,97 €17.444,61 €17,11 €
    AUXILIAR DE RECEPCIÓN Y CONSERJERÍA · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.162,92 €17.443,74 €17,11 €
    AUXILIAR DE RECEPCIÓN Y CONSERJERÍA · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.162,73 €17.440,95 €17,11 €
    AUXILIAR DE RECEPCIÓN Y CONSERJERÍA · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.162,64 €17.439,56 €17,11 €
    AUXILIAR DE RECEPCIÓN Y CONSERJERÍA · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.162,52 €17.437,82 €17,11 €
    AUXILIAR DE COCINA O CATERING · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.161,04 €17.415,55 €17,08 €
    AUXILIAR DE COCINA O CATERING · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.160,92 €17.413,81 €17,08 €
    AUXILIAR DE COCINA O CATERING · segunda (3 estrellas / 3 tenedores)1.160,77 €17.411,55 €17,08 €
    AUXILIAR DE COCINA O CATERING · tercera (2 estrellas / 2 tenedores)1.160,63 €17.409,46 €17,08 €
    AUXILIAR DE COCINA O CATERING · cuarta (1 estrella / 1 tenedor)1.160,49 €17.407,37 €17,08 €
    AUXILIAR DE PISOS Y LIMPIEZA · especial (5 estrellas / 5 tenedores)1.161,04 €17.415,55 €17,08 €
    AUXILIAR DE PISOS Y LIMPIEZA · primera (4 estrellas / 4 tenedores)1.160,92 €17.413,81 €17,08 €

    1. AUXILIAR DE MANTENIMIENTO SERVICIOS TÉCNICOS DE CATERING · tercera (2 estrellas / 2 tenedores): El BOP publica 1.163,21 € (anual 17.448,09 €) solo en esta columna; el resto de la fila y la tabla anterior × 1,035 dan 1.162,97 €. Posible errata: se carga lo publicado.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.784 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo I «Tablas salariales Castellón año 2025 (3,5 %)» del convenio 2025-2028 (BOP Castellón n.º 112, 18/9/2025, anuncio 03917-2025, págs. 29-31; tablas escaneadas). Salario mensual y anual por cargo y clase de establecimiento (especial = 5 estrellas / 5 tenedores … cuarta = 1 estrella / 1 tenedor). Anual publicado = mensual × 15 (12 mensualidades + pagas de junio, Navidad y marzo de 30 días, art. 20). Atrasos de 2025 en 3 meses desde la publicación (art. 17).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de transporte

      42,86 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla, cualquiera que sea la duración de la jornada (art. 21.B)..

      Cotiza y tributa como salario. Compensa el desplazamiento casa-trabajo, pero el plus de transporte cotiza desde 2013 (art. 147 LGSS). art. 21.B y anexo II

    • Plus de idiomas

      40,82 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Si acreditas un idioma que necesitas en tu puesto con certificado oficial B2 o superior de menos de 5 años, o superas la prueba externa que pague la empresa. Lo conserva quien ya lo cobraba..

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.C y anexo II

    • Manutención (en especie)

      40,81 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Si trabajas en horario de desayuno, comida o cena en una empresa que dispensa comidas y usas el comedor. Es en especie: no se puede exigir en dinero; el importe es su valoración para cotizar..

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.A y anexo II

      Valor del salario en especie a efectos de cotización; no aumenta el dinero que cobras.

    • Compensación por útiles y herramientas

      11,26 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Solo si, a petición de la empresa o por acuerdo, aportas tus propios útiles y herramientas..

      Cotiza y tributa como salario. El desgaste de útiles y herramientas cotiza desde el RDL 20/2012. art. 22 y anexo II

    • Compensación por ropa de trabajo

      24,77 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no te da el uniforme y usas tu propia ropa (suplido por desgaste)..

      Cotiza y tributa como salario. El convenio lo llama suplido, pero la compensación por ropa de trabajo cotiza desde el RDL 20/2012. art. 28 y anexo II

    • Complemento nocturno

      Salario base × 12 / 1.784 horas = base horaria; complemento = 20 % de esa base por cada hora nocturna

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 00:30 y las 6:00 (2025). No se aplica al conserje de noche ni a quien tenga el salario fijado por ser nocturno..

      Cotiza y tributa como salario. art. 19 y anexo II

      Franja nocturna: 2025 de 00:30 a 6:00; 2026 de 23:30; 2027 de 23:00; 2028 de 22:00. El anexo II publica el importe por hora para cada categoría.

    • Festivo trabajado (compensación en dinero)

      Salario base × 15 / 1.784 horas = precio hora; × 8 horas + 75 % = precio del día festivo trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada uno de los 15 festivos anuales trabajados si eliges cobrarlo (lo eliges al entrar y cada diciembre). Alternativas: 1 día de descanso acumulado por festivo, o descanso aislado más el 50 % del salario de un día..

      Cotiza y tributa como salario. art. 15 y anexo II

      El anexo II publica el importe del día festivo para cada categoría.

    • Antigüedad (ad personam)

      Cuantía personal consolidada, revalorizada con las tablas

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya la venía cobrando: la conserva a título personal, no absorbible, y sube con las tablas..

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      Sin cuantía de convenio. Entra en las pagas extra (art. 20).

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Castellón · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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