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Tablas salariales de hostelería de Sevilla 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 86 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +5,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Alternativa: 1 hora y 45 minutos de descanso por cada hora extra. (art. 12)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Hoteles/Apartamentos 5 y 4 estrellas
    Nivel 1 · Hoteles/Apartamentos 5 y 4 estrellas1.650,44 €24.756,60 €*+5,0 %24,07 €
    Nivel 2 · Hoteles/Apartamentos 5 y 4 estrellas1.592,02 €23.880,30 €*+5,0 %23,22 €
    Nivel 3 · Hoteles/Apartamentos 5 y 4 estrellas1.495,17 €22.427,55 €*+5,0 %21,80 €
    Nivel 3 bis · Hoteles/Apartamentos 5 y 4 estrellas1.427,91 €21.418,65 €*+6,5 %20,82 €
    Nivel 4 · Hoteles/Apartamentos 5 y 4 estrellas1.328,42 €19.926,30 €*+5,0 %19,37 €
    Nivel 5 · Hoteles/Apartamentos 5 y 4 estrellas1.300,35 €19.505,25 €*+5,0 %18,96 €
    Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas
    Nivel 1 · Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas1.488,37 €22.325,55 €*+5,0 %21,71 €
    Nivel 2 · Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas1.385,69 €20.785,35 €*+5,0 %20,21 €
    Nivel 3 · Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas1.337,55 €20.063,25 €*+5,0 %19,51 €
    Nivel 3 bis · Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas1.337,55 €20.063,25 €*+5,0 %19,51 €
    Nivel 4 · Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas1.281,24 €19.218,60 €*+5,0 %18,68 €
    Nivel 5 · Hoteles y Apartamentos de 3 estrellas1.281,24 €19.218,60 €*+5,0 %18,68 €
    Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas
    Nivel 1 · Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas1.372,83 €20.592,45 €*+5,0 %20,02 €
    Nivel 2 · Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas1.338,65 €20.079,75 €*+5,0 %19,52 €
    Nivel 3 · Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas1.286,31 €19.294,65 €*+5,0 %18,76 €
    Nivel 3 bis · Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas1.286,31 €19.294,65 €*+5,0 %18,76 €
    Nivel 4 · Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas1.222,16 €18.332,40 €*+5,0 %17,82 €
    Nivel 5 · Hoteles y Apartamentos de 2 estrellas1.222,16 €18.332,40 €*+5,0 %17,82 €
    Hoteles y Apartamentos de 1 estrella
    Nivel 1 · Hoteles y Apartamentos de 1 estrella1.339,63 €20.094,45 €*+5,0 %19,54 €
    Nivel 2 · Hoteles y Apartamentos de 1 estrella1.306,22 €19.593,30 €*+5,0 %19,05 €
    Nivel 3 · Hoteles y Apartamentos de 1 estrella1.254,97 €18.824,55 €*+5,0 %18,30 €
    Nivel 3 bis · Hoteles y Apartamentos de 1 estrella1.254,97 €18.824,55 €*1+5,0 %18,30 €
    Nivel 4 · Hoteles y Apartamentos de 1 estrella1.191,80 €17.877,00 €*+5,0 %17,38 €
    Nivel 5 · Hoteles y Apartamentos de 1 estrella1.191,80 €17.877,00 €*+5,0 %17,38 €
    Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas
    Nivel 1 · Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas1.339,63 €20.094,45 €*+5,0 %19,54 €
    Nivel 2 · Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas1.306,22 €19.593,30 €*+5,0 %19,05 €
    Nivel 3 · Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas1.254,97 €18.824,55 €*+5,0 %18,30 €
    Nivel 3 bis · Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas1.254,97 €18.824,55 €*+5,0 %18,30 €
    Nivel 4 · Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas1.191,80 €17.877,00 €*+5,0 %17,38 €
    Nivel 5 · Moteles, Camping, Pensiones, Hostales y Residencias Geriátricas1.191,80 €17.877,00 €*+5,0 %17,38 €
    Restaurantes de 5 y 4 tenedores
    Nivel 1 · Restaurantes de 5 y 4 tenedores1.638,90 €24.583,50 €*+5,0 %23,90 €
    Nivel 2 · Restaurantes de 5 y 4 tenedores1.580,47 €23.707,05 €*+5,0 %23,05 €
    Nivel 3 · Restaurantes de 5 y 4 tenedores1.483,78 €22.256,70 €*+5,0 %21,64 €
    Nivel 4 · Restaurantes de 5 y 4 tenedores1.355,30 €20.329,50 €*+5,0 %19,76 €
    Nivel 5 · Restaurantes de 5 y 4 tenedores1.355,30 €20.329,50 €*+5,0 %19,76 €
    Restaurantes de 3 y 2 tenedores y Catering
    Nivel 1 · Restaurantes de 3 y 2 tenedores y Catering1.427,00 €21.405,00 €*+5,0 %20,81 €
    Nivel 2 · Restaurantes de 3 y 2 tenedores y Catering1.390,88 €20.863,20 €*+5,0 %20,28 €
    Nivel 3 · Restaurantes de 3 y 2 tenedores y Catering1.356,68 €20.350,20 €*+5,0 %19,78 €
    Nivel 4 · Restaurantes de 3 y 2 tenedores y Catering1.270,78 €19.061,70 €*+5,0 %18,53 €
    Nivel 5 · Restaurantes de 3 y 2 tenedores y Catering1.270,78 €19.061,70 €*+5,0 %18,53 €
    Restaurante de 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Colectividades, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías.
    Nivel 1 · Restaurante de 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Colectividades, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías.1.413,70 €21.205,50 €*+5,0 %20,62 €
    Nivel 2 · Restaurante de 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Colectividades, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías.1.377,90 €20.668,50 €*+5,0 %20,09 €
    Nivel 3 · Restaurante de 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Colectividades, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías.1.344,20 €20.163,00 €*+5,0 %19,60 €
    Nivel 4 · Restaurante de 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Colectividades, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías.1.258,91 €18.883,65 €*+5,0 %18,36 €
    Nivel 5 · Restaurante de 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Colectividades, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías.1.258,91 €18.883,65 €*+5,0 %18,36 €
    Cafeterías de 3 y 2 tazas
    Nivel 1 · Cafeterías de 3 y 2 tazas1.413,54 €21.203,10 €*+5,0 %20,61 €
    Nivel 2 · Cafeterías de 3 y 2 tazas1.363,00 €20.445,00 €*+5,0 %19,88 €
    Nivel 3 · Cafeterías de 3 y 2 tazas1.310,96 €19.664,40 €*+5,0 %19,12 €
    Nivel 4 · Cafeterías de 3 y 2 tazas1.276,62 €19.149,30 €*+5,0 %18,62 €
    Nivel 5 · Cafeterías de 3 y 2 tazas1.276,62 €19.149,30 €*+5,0 %18,62 €
    Cafeterías de 1 taza y Creperías
    Nivel 1 · Cafeterías de 1 taza y Creperías1.368,45 €20.526,75 €*+5,0 %19,96 €
    Nivel 2 · Cafeterías de 1 taza y Creperías1.334,69 €20.020,35 €*+5,0 %19,46 €
    Nivel 3 · Cafeterías de 1 taza y Creperías1.284,71 €19.270,65 €*+5,0 %18,74 €
    Nivel 4 · Cafeterías de 1 taza y Creperías1.264,73 €18.970,95 €*+5,0 %18,44 €
    Nivel 5 · Cafeterías de 1 taza y Creperías1.264,73 €18.970,95 €*+5,0 %18,44 €
    Cafés, Cafés Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías y Heladerías
    Nivel 1 · Cafés, Cafés Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías y Heladerías1.367,30 €20.509,50 €*+5,0 %19,94 €
    Nivel 2 · Cafés, Cafés Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías y Heladerías1.317,28 €19.759,20 €*+5,0 %19,21 €
    Nivel 3 · Cafés, Cafés Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías y Heladerías1.265,56 €18.983,40 €*+5,0 %18,46 €
    Nivel 4 · Cafés, Cafés Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías y Heladerías1.231,68 €18.475,20 €*+5,0 %17,96 €
    Nivel 5 · Cafés, Cafés Bares de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías y Heladerías1.231,68 €18.475,20 €*+5,0 %17,96 €
    Cafés y Cafés Bares de 4ª
    Nivel 1 · Cafés y Cafés Bares de 4ª1.328,99 €19.934,85 €*+5,0 %19,38 €
    Nivel 2 · Cafés y Cafés Bares de 4ª1.295,45 €19.431,75 €*+5,0 %18,89 €
    Nivel 3 · Cafés y Cafés Bares de 4ª1.245,79 €18.686,85 €*+5,0 %18,17 €
    Nivel 4 · Cafés y Cafés Bares de 4ª1.225,84 €18.387,60 €*+5,0 %17,88 €
    Nivel 5 · Cafés y Cafés Bares de 4ª1.225,84 €18.387,60 €*+5,0 %17,88 €
    Bares de Categoría Especial que funcionan como Pubs y Disco Bares, Salas de Fiestas y de Té, Discotecas, Cafés Teatros, Tablaos Flamencos y Salas de Bailes
    Nivel 1 · Bares de Categoría Especial que funcionan como Pubs y Disco Bares, Salas de Fiestas y de Té, Discotecas, Cafés Teatros, Tablaos Flamencos y Salas de Bailes1.445,35 €21.680,25 €*+5,0 %21,08 €
    Nivel 2 · Bares de Categoría Especial que funcionan como Pubs y Disco Bares, Salas de Fiestas y de Té, Discotecas, Cafés Teatros, Tablaos Flamencos y Salas de Bailes1.373,66 €20.604,90 €*+5,0 %20,03 €
    Nivel 3 · Bares de Categoría Especial que funcionan como Pubs y Disco Bares, Salas de Fiestas y de Té, Discotecas, Cafés Teatros, Tablaos Flamencos y Salas de Bailes1.311,59 €19.673,85 €*+5,0 %19,13 €
    Nivel 4 · Bares de Categoría Especial que funcionan como Pubs y Disco Bares, Salas de Fiestas y de Té, Discotecas, Cafés Teatros, Tablaos Flamencos y Salas de Bailes1.295,65 €19.434,75 €*+5,0 %18,89 €
    Nivel 5 · Bares de Categoría Especial que funcionan como Pubs y Disco Bares, Salas de Fiestas y de Té, Discotecas, Cafés Teatros, Tablaos Flamencos y Salas de Bailes1.295,65 €19.434,75 €*+5,0 %18,89 €
    Tabernas sin comidas
    Nivel 3 · Tabernas sin comidas1.245,79 €18.686,85 €*+5,0 %18,17 €
    Nivel 4 · Tabernas sin comidas1.225,84 €18.387,60 €*+5,0 %17,88 €
    Nivel 5 · Tabernas sin comidas1.225,84 €18.387,60 €*+5,0 %17,88 €
    Casinos de 1ª y 2ª Categoría
    Nivel 1 · Casinos de 1ª y 2ª Categoría1.605,33 €24.079,95 €*+5,0 %23,41 €
    Nivel 2 · Casinos de 1ª y 2ª Categoría1.547,09 €23.206,35 €*+5,0 %22,56 €
    Nivel 3 · Casinos de 1ª y 2ª Categoría1.502,62 €22.539,30 €*+5,0 %21,91 €
    Nivel 4 · Casinos de 1ª y 2ª Categoría1.450,56 €21.758,40 €*+5,0 %21,15 €
    Nivel 5 · Casinos de 1ª y 2ª Categoría1.450,56 €21.758,40 €*+5,0 %21,15 €
    Casinos de 3ª y 4ª Categoría
    Nivel 1 · Casinos de 3ª y 4ª Categoría1.538,51 €23.077,65 €*+5,0 %22,44 €
    Nivel 2 · Casinos de 3ª y 4ª Categoría1.504,66 €22.569,90 €*+5,0 %21,94 €
    Nivel 3 · Casinos de 3ª y 4ª Categoría1.452,94 €21.794,10 €*+5,0 %21,19 €
    Nivel 4 · Casinos de 3ª y 4ª Categoría1.418,93 €21.283,95 €*+5,0 %20,69 €
    Nivel 5 · Casinos de 3ª y 4ª Categoría1.418,93 €21.283,95 €*+5,0 %20,69 €
    Billares y Salones de Recreo
    Nivel 3 · Billares y Salones de Recreo1.271,54 €19.073,10 €*+5,0 %18,54 €
    Nivel 4 · Billares y Salones de Recreo1.249,73 €18.745,95 €*+5,0 %18,23 €
    Nivel 5 · Billares y Salones de Recreo1.231,68 €18.475,20 €*+5,0 %17,96 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Nivel 3 bis · Hoteles y Apartamentos de 1 estrella: En el anexo II del BOP el nivel 3 bis de esta tabla lleva un asterisco sin nota explicativa.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de antigüedad

      Base: salario mínimo interprofesional congelado en 420,71 €. 3 % de esa base al cumplir 3 años de servicio y 8 % al cumplir 6 años (no acumulativos: el 8 % sustituye al 3 %). Se cobra en las 12 mensualidades y entra en las pagas de julio, diciembre y primavera (art. 13), en el Plus Convenio (art. 16) y en el Plus de Asistencia (art. 17).

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se cuenta desde el ingreso en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

      Equivale a 12,62 €/mes con 3 años y 33,66 €/mes con 6 o más años (cálculo nuestro: 420,71 € × 3 % y × 8 %). No sube con las tablas (art. 10 excluye la antigüedad). Quien antes del 1/1/1995 ya hubiera superado el 8 % conserva congelado el tramo alcanzado (16 % a los 9 años, 26 % a los 14, 38 % a los 19, 45 % a los 24). Complemento «ad personam», no compensable ni absorbible.

    • Nocturnidad (jornada parcialmente nocturna)

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 por quien tiene jornada parcialmente nocturna.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

      Si la jornada es nocturna por su propia naturaleza y empieza después de las 22:00, se aplica en su lugar el plus del 20 % (id nocturnidad-jornada-nocturna).

    • Plus de nocturnidad (jornada nocturna por naturaleza)

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Jornada específicamente nocturna por su propia naturaleza que empieza después de las 22:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

      El convenio no dice si este plus entra en las pagas extraordinarias; se toma sobre las 12 mensualidades (pagas null).

    • Festivos no recuperables trabajados

      Cada festivo trabajado se abona con el ciento por ciento de recargo junto con la mensualidad (100 = 200): salario del día × 2. Alternativa, a criterio de la empresa: acumularlo a vacaciones o descansarlo en otra fecha.

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Festivos abonables y no recuperables que se trabajan, si la empresa opta por pagarlos en vez de compensarlos con descanso.

      Cotiza y tributa como salario. art. 32

      Elige la empresa entre pago y descanso. Si el descanso semanal coincide con un festivo, se considera no disfrutado y se compensa igual.

    • Plus Convenio

      20 días de salario base mensual más antigüedad: (salario base mensual + antigüedad) × 20 / 30, una vez al año. Prorrateable en 12 mensualidades por acuerdo con la representación de la plantilla. Si se cesa antes, parte proporcional a los meses trabajados.

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se devenga del 15 de octubre del año anterior al 14 de octubre y se paga el 15 de octubre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      No está incluido en el 'anual' de las filas (salario base × 15). La equivalencia 20/30 del salario mensual es la lectura usual de «días de salario» (supuesto).

    • Plus de Asistencia

      10 días de salario base mensual más antigüedad: (salario base mensual + antigüedad) × 10 / 30, pagado en enero del año siguiente; 100 % con 7 faltas o menos, 50 % con 8, 40 % con 9, nada con 10 o más.

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Entero si las faltas injustificadas y/o las bajas por IT suman 7 días o menos al año; 50 % con 8, 40 % con 9 y nada con 10 o más. No cuentan nacimiento y cuidado de menor, ingreso hospitalario, accidente laboral ni permisos retribuidos..

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      No está incluido en el 'anual' de las filas. Si se cesa antes o en fijos discontinuos: proporcional al tiempo trabajado, con las faltas también proporcionales. Equivalencia 10/30 del salario mensual (supuesto, como en el Plus Convenio).

    • Plus de ayuda por hijo/a con discapacidad

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a menor de edad con discapacidad a cargo, incapacitado para toda clase de trabajo (la acreditación no se exige si es menor de 16 años).

      Cotiza y tributa como salario. Pago de la empresa que no figura entre las exclusiones del art. 147.2 LGSS; se entiende que cotiza. art. 18

      Sin importe publicado para 2026: el art. 18 fija 121,49 € para 2025 y dice que sube cada año lo mismo que las tablas (5,00 % en 2026, art. 10), sin publicar la cifra.

    • Gratificación por natalidad

      Pago único por parto (importe 2026 no publicado)

      Quién lo cobra: Por nacimiento de uno o más hijos en el mismo parto, con al menos un año de antigüedad; si ambos progenitores trabajan en la misma empresa, una sola gratificación.

      Cotiza y tributa como salario. Pago único de la empresa que no figura entre las exclusiones del art. 147.2 LGSS. art. 21

      Sin importe publicado para 2026: sube cada año como las tablas (5,00 % en 2026, art. 10) sobre 38,28 €, sin cifra publicada.

    • Gratificación por matrimonio o pareja de hecho

      Pago único: 50 % de una mensualidad base con 2 años de servicio; 75 % con 3 años; 100 % con 4 años

      Quién lo cobra: Una sola vez en la misma empresa, al casarse o inscribir la pareja de hecho, con al menos 2 años de servicio.

      Cotiza y tributa como salario. Pago único de la empresa que no figura entre las exclusiones del art. 147.2 LGSS. art. 19

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Sevilla · tabla salarial 2026. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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