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Tablas salariales de limpieza de edificios y locales de Badajoz 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 35 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 100 %. Por regla general se compensan con descanso: no menos del 175 % del tiempo trabajado en horas extra (1 h 45 min por hora). (art. 14)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    I · Personal directivo y técnico titulado
    Director1.341,28 €20.119,20 €*+3,0 %20,90 €
    Director Comercial1.255,97 €18.839,55 €*+3,0 %19,57 €
    Director Administrativo1.255,97 €18.839,55 €*+3,0 %19,57 €
    Jefe de Personal1.255,97 €18.839,55 €*+3,0 %19,57 €
    Jefe de Compras1.255,97 €18.839,55 €*+3,0 %19,57 €
    Jefe de Servicio1.255,97 €18.839,55 €*+3,0 %19,57 €
    Titulado Superior1.117,71 €16.765,65 €* SMI+3,0 %17,41 €
    Titulado Grado Medio1.025,01 €15.375,15 €* SMI+3,0 %15,97 €
    Titulado Grado Laboral915,43 €13.731,45 €* SMI+3,0 %14,26 €
    II · Personal administrativo
    Jefe Administrativo 1ª1.005,99 €15.089,85 €* SMI+3,0 %15,67 €
    Jefe Administrativo 2ª985,96 €14.789,40 €* SMI+3,0 %15,36 €
    Cajero961,25 €14.418,75 €* SMI+3,0 %14,97 €
    Oficial 1ª Admón.938,97 €14.084,55 €* SMI+3,0 %14,63 €
    Oficial 2ª Admón.894,24 €13.413,60 €* SMI+3,0 %13,93 €
    Auxiliar Admón.869,84 €13.047,60 €* SMI+3,0 %13,55 €
    Telefonista869,84 €13.047,60 €* SMI+3,0 %13,55 €
    Cobrador869,84 €13.047,60 €* SMI+3,0 %13,55 €
    III · Mandos intermedios
    Encargado General993,50 €14.902,50 €* SMI+3,0 %15,48 €
    Encargado de Zona948,37 €14.225,55 €* SMI+3,0 %14,77 €
    Encargado de Sector925,68 €13.885,20 €* SMI+3,0 %14,42 €
    Encargado de Edificio903,16 €13.547,40 €* SMI+3,0 %14,07 €
    Responsable de Equipo892,46 €13.386,90 €* SMI+3,0 %13,90 €
    IV · Personal subalterno
    Ordenanza878,54 €13.178,10 €* SMI+3,0 %13,69 €
    Almacenero878,54 €13.178,10 €* SMI+3,0 %13,69 €
    Listero878,54 €13.178,10 €* SMI+3,0 %13,69 €
    Vigilante878,54 €13.178,10 €* SMI+3,0 %13,69 €
    V · Personal obrero
    Especialista894,24 €13.380,72 €* SMI1+3,0 %13,90 €
    Peón Especializado882,93 €13.243,95 €* SMI+3,0 %13,75 €
    Limpiador/a869,84 €13.047,60 €* SMI+3,0 %13,55 €
    Conductor Limpiador894,25 €13.413,75 €* SMI+3,0 %13,93 €
    VI · Personal de oficios varios
    Oficial de Oficios Varios894,25 €13.413,75 €* SMI+3,0 %13,93 €
    Ayudante885,12 €13.276,80 €* SMI+3,0 %13,79 €
    Peón869,84 €13.047,60 €* SMI+3,0 %13,55 €
    Trabajador de 16 a 18 años869,84 €13.047,60 €* SMI+3,0 %13,55 €
    Aprendiz Admón.869,84 €13.047,60 €*+3,0 %13,55 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

    1. Especialista: La tabla da para esta categoría una paga extra (883,28 €) distinta del salario base mensual (894,24 €); el anual se calcula con la paga extra literal.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.685 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. salario anual calculado = 12 × salario base + 3 pagas extra de la tabla (30 días cada una), sin plus convenio ni transporte (son por día trabajado).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad (trienios del 4 %)

      un 4 % del salario base cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13; art. 12

      Las tres pagas extra se incrementan con la antigüedad (art. 12). El convenio no fija tope.

    • Plus de convenio (jornada de lunes a viernes)

      5,31 € por cada día trabajado

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, jornada de 37 h 45 min semanales de lunes a viernes; proporcional en jornadas menores.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17; anexo II

      No entra en el complemento de IT (art. 25).

    • Plus de convenio (jornada de lunes a sábado)

      4,43 € por cada día trabajado

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo, jornada de 37 h 45 min semanales de lunes a sábado; proporcional en jornadas menores.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17; anexo II

      No entra en el complemento de IT (art. 25).

    • Plus de transporte interurbano (jornada partida)

      3,16 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Lugar de trabajo fuera del casco urbano (límite del servicio de taxi del Ayuntamiento) y jornada partida, si la empresa no pone el transporte.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18; anexo II

    • Plus de transporte interurbano (jornada continuada)

      1,59 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Lugar de trabajo fuera del casco urbano y jornada continuada, si la empresa no pone el transporte.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18; anexo II

    • Plus de peligrosidad, toxicidad y/o penoso

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajos tóxicos, peligrosos o excesivamente penosos, solo por el tiempo en que se realizan.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

      Se cobra en vacaciones por la media de los 11 meses anteriores.

    • Plus de peligrosidad en hospitales y centros de salud

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Personal adscrito a servicios de limpieza en hospitales o centros de salud.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

      Sin perjuicio de mejoras de acuerdos de centro o empresa en hospitales.

    • Plus de nocturnidad

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo nocturno, salvo que sea nocturno por su propia naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      El convenio no fija franja horaria ni regla para jornadas solo en parte nocturnas (art. 36 ET: de 22:00 a 6:00).

    • Plus de domingos y festivos

      15,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por domingo o festivo trabajado; importe completo cualquiera que sea la jornada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      En 2027: 17 € por día.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: DOE · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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