Tablas salariales de metal de Almería 2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.
Hay 45 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. La cuantía o la compensación por descanso se fija por acuerdo entre empresa y representación de las personas trabajadoras. (art. 35)
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I · Personal técnico | ||||
| Analista de sistemas (T. Superior) | 1.680,35 € | 25.205,25 €* | +3,0 % | 21,48 € |
| Arquitecto/a | 1.680,35 € | 25.205,25 €* | +3,0 % | 21,48 € |
| Director/a de Áreas y Servicios | 1.680,35 € | 25.205,25 €* | +3,0 % | 21,48 € |
| Ingeniero/a | 1.680,35 € | 25.205,25 €* | +3,0 % | 21,48 € |
| Licenciado/a | 1.680,35 € | 25.205,25 €* | +3,0 % | 21,48 € |
| Grupo II · Personal técnico | ||||
| Arquitecto/a técnico (Aparejador/a) | 1.606,77 € | 24.101,55 €* | +3,0 % | 20,54 € |
| Ingeniero/a técnico (Perito/a) | 1.606,77 € | 24.101,55 €* | +3,0 % | 20,54 € |
| Graduado/a Social | 1.606,77 € | 24.101,55 €* | +3,0 % | 20,54 € |
| ATS | 1.606,77 € | 24.101,55 €* | +3,0 % | 20,54 € |
| Titulados/as de Grado Medio | 1.606,77 € | 24.101,55 €* | +3,0 % | 20,54 € |
| Grupo III · Personal técnico | ||||
| Jefes/as de Áreas y Servicios · Personal técnico | 1.416,48 € | 21.247,20 €* | +3,0 % | 18,11 € |
| Delineante proyectista | 1.370,53 € | 20.557,95 €* | +3,0 % | 17,52 € |
| Dibujante proyectista | 1.370,53 € | 20.557,95 €* | +3,0 % | 17,52 € |
| Grupo III · Empleados/as | ||||
| Jefes/as de Áreas y Servicios · Empleados/as | 1.416,48 € | 21.247,20 €* | +3,0 % | 18,11 € |
| Grupo III · Personal operario | ||||
| Jefe/a de taller (formac. cualificada) | 1.416,48 € | 21.247,20 €* | +3,0 % | 18,11 € |
| Maestro/a Industrial | 1.335,52 € | 20.032,80 €* | +3,0 % | 17,07 € |
| Contramaestre | 1.280,04 € | 19.200,60 €* | +3,0 % | 16,36 € |
| Maestro/a de taller | 1.280,04 € | 19.200,60 €* | +3,0 % | 16,36 € |
| Maestro/a de 2ª | 1.262,51 € | 18.937,65 €* | +3,0 % | 16,14 € |
| Grupo IV · Empleados/as | ||||
| Delineante de 1ª | 1.262,51 € | 18.937,65 €* | +3,0 % | 16,14 € |
| Grupo IV · Personal operario | ||||
| Encargado/a | 1.190,40 € | 17.856,00 €* | +3,0 % | 15,22 € |
| Grupo V · Empleados/as | ||||
| Oficial/a administrativo/a 1ª y Cajero/a | 1.262,51 € | 18.937,65 €* | +3,0 % | 16,14 € |
| Viajante | 1.262,51 € | 18.937,65 €* | +3,0 % | 16,14 € |
| Oficial/a administrativo/a 2ª | 1.199,70 € | 17.995,50 €* | +3,0 % | 15,34 € |
| Delineante 2ª | 1.199,70 € | 17.995,50 €* | +3,0 % | 15,34 € |
| Grupo V · Personal operario | ||||
| Chofer de camión/grúa | 1.168,76 € | 17.531,40 €* | +3,0 % | 14,94 € |
| Capataz | 1.142,00 € | 17.130,00 €* | +3,0 % | 14,60 € |
| Capataz de peones/as | 1.117,48 € | 16.762,20 €* SMI | +3,0 % | 14,29 € |
| Buzos y Hombres-rana | 47,98 €/día | —1 | — | — |
| Oficial/a de oficio de 1ª | 39,06 €/día | —2 | — | — |
| Oficial/a de oficio de 2ª | 38,20 €/día | —3 | — | — |
| Grupo VI · Empleados/as | ||||
| Conserje | 1.134,59 € | 17.018,85 €* SMI | +3,0 % | 14,50 € |
| Listero/ra | 1.131,30 € | 16.969,50 €* SMI | +3,0 % | 14,46 € |
| Auxiliares en general | 1.123,27 € | 16.849,05 €* SMI | +3,0 % | 14,36 € |
| Almacenero/a | 1.121,74 € | 16.826,10 €* SMI | +3,0 % | 14,34 € |
| Pesador/a basculero/a | 1.096,57 € | 16.448,55 €* SMI | +3,0 % | 14,02 € |
| Telefonista | 1.076,47 € | 16.147,05 €* SMI | +3,0 % | 13,76 € |
| Mozo/a Especialista Almacén | 36,47 €/día | —4 | — | — |
| Grupo VI · Personal operario | ||||
| Chofer de turismos | 1.154,17 € | 17.312,55 €* | +3,0 % | 14,76 € |
| Oficial/a de oficio de 3ª | 37,32 €/día | —5 | — | — |
| Especialista | 36,47 €/día | —6 | — | — |
| Grupo VII · Empleados/as | ||||
| Guarda y Vigilante | 1.081,96 € | 16.229,40 €* SMI | +3,0 % | 13,83 € |
| Portero/a y Ordenanza | 1.076,47 € | 16.147,05 €* SMI | +3,0 % | 13,76 € |
| Personal de limpieza | 769,31 € | 11.539,65 €* SMI7 | +3,0 % | 9,83 € |
| Grupo VII · Personal operario | ||||
| Peón/a | 35,57 €/día | —8 | — | — |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
SMI: estas categorías, a jornada completa, quedan por debajo del salario mínimo de 2026. Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
1. Buzos y Hombres-rana: Salario por día. El convenio no fija cuántos días se pagan al año al personal con salario diario, por lo que no se calcula el anual.
2. Oficial/a de oficio de 1ª: Salario por día. El convenio no fija cuántos días se pagan al año al personal con salario diario, por lo que no se calcula el anual.
3. Oficial/a de oficio de 2ª: Salario por día. El convenio no fija cuántos días se pagan al año al personal con salario diario, por lo que no se calcula el anual.
4. Mozo/a Especialista Almacén: Salario por día. El convenio no fija cuántos días se pagan al año al personal con salario diario, por lo que no se calcula el anual.
5. Oficial/a de oficio de 3ª: Salario por día. El convenio no fija cuántos días se pagan al año al personal con salario diario, por lo que no se calcula el anual.
6. Especialista: Salario por día. El convenio no fija cuántos días se pagan al año al personal con salario diario, por lo que no se calcula el anual.
7. Personal de limpieza: Salario de tabla por debajo del SMI de 2026: a jornada completa se cobra al menos el SMI.
8. Peón/a: Salario por día. El convenio no fija cuántos días se pagan al año al personal con salario diario, por lo que no se calcula el anual.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.760 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Tabla de salarios vigente en 2026 del convenio 2025-2027 (+3 % sobre las tablas definitivas de 2025; disposición adicional quinta). Salario base mensual o diario y columna de «cuatrienios adquiridos». Anual de las filas mensuales = salario base × 15 (12 mensualidades + 3 gratificaciones de 30 días de salario base, art. 36). No incluye plus de convenio, plus de asistencia, bolsa de vacaciones ni antigüedad. Filas diarias sin anual. Contratos formativos: según art. 17.c (sin importe en la tabla).
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Aumentos por años de servicio (cuatrienios)
39,76 € al mes cada cuatro años, hasta 4Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; máximo cuatro cuatrienios.
-
Cuatrienios adquiridos (personal mensual con derechos anteriores a 1995)
Cuantía de la columna «cuatrienios adquiridos» (euros/mes) de su categoría, en lugar del importe general del cuatrienioLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personas con contrato indefinido que trabajaban en la misma empresa antes del 1/1/1995.
-
Cuatrienios adquiridos (personal diario con derechos anteriores a 1995)
Cuantía de la columna «cuatrienios adquiridos» (euros/día) de su categoríaLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personas con contrato indefinido que trabajaban en la misma empresa antes del 1/1/1995 (categorías con salario diario).
-
Plus de convenio
6,05 € por día natural (aprendices: 4,82 €)Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Todas las categorías, salvo aprendices; por día natural.
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Plus de asistencia
9,68 € por cada día trabajadoPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado (no se pierden los días de licencia del art. 16 ni los de funciones sindicales).
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Bolsa de vacaciones
560,80 € al mes, en 1 pagasQuién lo cobra: Toda la plantilla, al empezar las vacaciones; a prorrata si se entra o sale durante el año.
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Plus de ayuda a estudios
111,86 € al mes, en 1 pagasQuién lo cobra: Personas con al menos un hijo o hija en enseñanza obligatoria; se paga en la primera quincena de septiembre.
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Trabajo nocturno
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas entre las 22:00 y las 6:00, salvo trabajo nocturno por naturaleza.
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Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Puestos así calificados por la empresa, cuando no esté incluido en la valoración del puesto o los incentivos.
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Turnicidad en proceso continuo
120,44 € al mes, en 11 pagasLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Trabajo a turnos en proceso continuo (art. 13); no se cobra en vacaciones.
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Turnicidad en turno cerrado
90,38 € al mes, en 11 pagasLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Trabajo a turnos en turno cerrado (art. 13); no se cobra en vacaciones.
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Compensación en metálico por festivo trabajado
47,26 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Festivo abonable y no recuperable trabajado, si por mutuo acuerdo se compensa en dinero (también puede acumularse a vacaciones o disfrutarse como descanso).
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Plus de trabajo en domingo
41,77 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Personas cuya jornada no incluye el domingo y lo trabajan por necesidades del servicio.
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Plus de parada (lunes a viernes)
15,90 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Trabajo en paradas técnicas programadas generales de al menos 15 días en las instalaciones citadas por el convenio (Petronor en Cartagena; Campsa en País Vasco y Huelva).
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Plus de actividad para el mantenimiento del sector hospitalario
95,39 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal adscrito al mantenimiento integral o reparación de equipos e instalaciones de electromedicina en hospitales.
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Desgaste de herramientas
0,87 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Uso de herramientas manuales propias con autorización de la empresa; por día trabajado.
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Dieta completa
40,37 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viaje por orden de la empresa a otra población.
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Media dieta
13,17 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viaje por orden de la empresa a otra población sin pernocta.
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Kilometraje con vehículo propio
0,26 € por km recorridoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo propio.
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Quebranto de moneda
1 % de las cantidades que pagan o cobran, con un máximo de 76,96 € al mesLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Pagadores y cobradores, salvo que la empresa cubra el riesgo.
-
Aportación por hijos/as con discapacidad
60,29 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Por cada hijo o hija con discapacidad reconocida oficialmente.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Almería · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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