Tablas salariales de metal de Málaga 2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.
Hay 36 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +2,5 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Las horas que superen 2 al día, 15 al mes u 80 al año pueden compensarse con descanso equivalente al doble de las horas trabajadas. (art. 19)
Sueldo por categoría en 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra | Pluses |
|---|---|---|---|---|---|
| Operario | |||||
| OFICIAL 1.ª | 47,72 €/día | 23.392,00 €1 | +2,5 % | 23,31 € | |
| OFICIAL 2.ª | 46,10 €/día | 22.597,25 €2 | +2,5 % | 22,52 € | |
| OFICIAL 3.ª | 44,87 €/día | 22.023,50 €3 | +2,5 % | 21,95 € | |
| ESPECIALISTA/LIMPIADOR | 44,36 €/día | 21.806,75 €4 | +2,5 % | 21,73 € | |
| PEÓN | 42,88 €/día | 21.092,75 €5 | +2,5 % | 21,02 € | |
| APRENDIZ MENOR DE 18 AÑOS | 33,98 €/día | 17.097,75 €6 | +3,1 % | 17,04 € | |
| Subalterno | |||||
| ALMACENERO | 1.307,26 € | 21.194,32 € | +2,5 % | 21,12 € | Plus convenio: 206,62 €/mes |
| CHOFER TURISMO | 1.388,43 € | 22.402,38 € | +2,5 % | 22,33 € | Plus convenio: 211,74 €/mes |
| CHOFER CAMIÓN | 1.406,61 € | 22.716,68 € | +2,5 % | 22,64 € | Plus convenio: 216,01 €/mes |
| PORTERO | 1.294,89 € | 21.005,32 € | +2,5 % | 20,93 € | Plus convenio: 205,49 €/mes |
| DEPENDIENTE PRINC. | 1.334,85 € | 21.616,70 € | +2,5 % | 21,54 € | Plus convenio: 209,20 €/mes |
| Administrativos | |||||
| JEFE 1.ª | 1.622,72 € | 28.258,16 € | +2,5 % | 28,16 € | Plus convenio: 395,72 €/mes |
| JEFE 2.ª | 1.594,67 € | 26.181,96 € | +2,5 % | 26,09 € | Plus convenio: 275,47 €/mes |
| OFICIAL 1.ª | 1.489,56 € | 23.986,90 € | +2,5 % | 23,90 € | Plus convenio: 223,79 €/mes |
| OFICIAL 2.ª | 1.378,10 € | 22.279,18 € | +2,5 % | 22,20 € | Plus convenio: 213,27 €/mes |
| VIAJANTE | 1.489,55 € | 23.986,76 € | +2,5 % | 23,90 € | Plus convenio: 223,79 €/mes |
| AUX. ADMINISTRATIVO | 1.312,43 € | 21.240,38 € | +2,5 % | 21,17 € | Plus convenio: 204,74 €/mes |
| Técnicos de oficina | |||||
| DELINEANTE PROYECTISTA | 1.602,15 € | 26.485,48 € | +2,5 % | 26,39 € | Plus convenio: 289,67 €/mes |
| DELINEANTE 1.ª | 1.489,55 € | 23.986,76 € | +2,5 % | 23,90 € | Plus convenio: 223,79 €/mes |
| DELINEANTE 2.ª | 1.378,06 € | 22.278,62 € | +2,5 % | 22,20 € | Plus convenio: 213,27 €/mes |
| PRÁCTICO DE FOTOGRAFÍA | 1.489,55 € | 23.986,76 € | +2,5 % | 23,90 € | Plus convenio: 223,79 €/mes |
| Técnicos de laboratorio | |||||
| JEFE DE SECCIÓN | 1.635,15 € | 28.870,80 € | +2,5 % | 28,77 € | Plus convenio: 427,05 €/mes |
| ANÁLISIS 1.ª | 1.463,65 € | 23.589,72 € | +2,5 % | 23,51 € | Plus convenio: 221,33 €/mes |
| ANALISIS 2.ª | 1.316,34 € | 21.333,06 € | +2,5 % | 21,26 € | Plus convenio: 207,45 €/mes |
| Personal de organización | |||||
| JEFE 1.ª | 1.602,69 € | 27.030,22 € | +2,5 % | 26,94 € | Plus convenio: 328,04 €/mes |
| JEFE 2.ª | 1.594,56 € | 26.191,48 € | +2,5 % | 26,10 € | Plus convenio: 276,26 €/mes |
| Técnicos de taller | |||||
| JEFE DE TALLER | 1.622,67 € | 29.301,02 € | +2,5 % | 29,20 € | Plus convenio: 470,26 €/mes |
| MAESTRO DE TALLER | 1.566,88 € | 25.381,58 € | +2,5 % | 25,29 € | Plus convenio: 246,09 €/mes |
| MAESTRO DE 2.ª | 1.558,43 € | 25.320,40 € | +2,5 % | 25,23 € | Plus convenio: 250,17 €/mes |
| CONTRAMAESTRE | 1.571,23 € | 25.442,48 € | +2,5 % | 25,36 € | Plus convenio: 246,09 €/mes |
| ENCARGADO | 1.566,88 € | 25.381,58 € | +2,5 % | 25,29 € | Plus convenio: 246,09 €/mes |
| CAPATAZ ESPECIALISTA | 1.558,43 € | 25.320,40 € | +2,5 % | 25,23 € | Plus convenio: 250,17 €/mes |
| Personal técnico titulado | |||||
| ARQUIT./ING.TÉC./LICENCIADO | 1.726,57 € | 35.482,02 € | +2,5 % | 35,36 € | Plus convenio: 807,86 €/mes |
| MAESTRO INDUSTRIAL | 1.584,53 € | 25.575,34 € | +2,5 % | 25,49 € | Plus convenio: 242,28 €/mes |
| GRADUADO SOCIAL | 1.685,48 € | 27.987,54 € | +2,5 % | 27,89 € | Plus convenio: 313,63 €/mes |
| ATS | 1.685,48 € | 27.987,54 € | +2,5 % | 27,89 € | Plus convenio: 313,63 €/mes |
1. OFICIAL 1.ª: Operario: la tabla fija salario base y plus convenio por día natural; el convenio no da regla de conversión a mes, por eso sin dato de salario base mensual. salario anual es el TOTAL AÑO literal de la tabla.
2. OFICIAL 2.ª: Operario: la tabla fija salario base y plus convenio por día natural; el convenio no da regla de conversión a mes, por eso sin dato de salario base mensual. salario anual es el TOTAL AÑO literal de la tabla.
3. OFICIAL 3.ª: Operario: la tabla fija salario base y plus convenio por día natural; el convenio no da regla de conversión a mes, por eso sin dato de salario base mensual. salario anual es el TOTAL AÑO literal de la tabla.
4. ESPECIALISTA/LIMPIADOR: Operario: la tabla fija salario base y plus convenio por día natural; el convenio no da regla de conversión a mes, por eso sin dato de salario base mensual. salario anual es el TOTAL AÑO literal de la tabla.
5. PEÓN: Operario: la tabla fija salario base y plus convenio por día natural; el convenio no da regla de conversión a mes, por eso sin dato de salario base mensual. salario anual es el TOTAL AÑO literal de la tabla.
6. APRENDIZ MENOR DE 18 AÑOS: Operario: la tabla fija salario base y plus convenio por día natural; el convenio no da regla de conversión a mes, por eso sin dato de salario base mensual. salario anual es el TOTAL AÑO literal de la tabla.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.756 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad consolidada (a extinguir)
Importe consolidado a 30/6/2000 (trienios del 5 % del salario base; quinquenios del 5 % anteriores a 1/9/1974; topes del 10 % a los 5 años, 25 % a los 15, 40 % a los 20 y 50 % a los 25 o más), actualizado en la misma proporción que el salario baseLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quienes ya cobraban antigüedad a 30/6/2000: desde el 1/7/2000 no se genera antigüedad nueva..
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Plus de nocturnidad
el 35 % de tu salario baseLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Quien por su jornada tenga que trabajar en jornada nocturna..
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Plus de sábados, domingos y festivos
el 40 % de tu salario baseLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada sábado, domingo o festivo trabajado por su jornada. No se aplica si se trabaja en guardia o retén remunerado al menos con ese importe (si es menos, se paga la diferencia)..
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Plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos penosos, tóxicos o peligrosos (se consideran peligrosos los trabajos a 5 m de altura o más en andamios, escaleras o colgados, sobre el techo del camerín y en el foso de ascensores), salvo que ya estén valorados en el puesto..
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Plus de jefe/a de equipo
el 20 % de tu salario baseLo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Profesional de oficio que, trabajando, controla a un grupo de 3 a 8 personas. Deja de cobrarse al dejar la función..
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Plus de altura
127,95 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Quien realiza su trabajo en altura. No se cobra en empresas de montaje, tendido de líneas, ferrocarriles, telefónicas, estructuras metálicas o mantenimiento de hospitales (cobran el plus de montaje)..
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Plus de montaje o de mantenimiento de hospitales
64,30 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Toda la plantilla de empresas de montaje y tendido de líneas eléctricas, ferrocarriles, telefónicas, estructuras metálicas y mantenimiento de hospitales. Lo absorbe el plus de peligrosidad si se cobra..
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Plus de turnos rotativos (triple turno)
111,75 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Turnos rotativos de mañana, tarde y noche..
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Plus de turnos rotativos (doble turno)
25,63 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Turnos rotativos de dos turnos..
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Quebranto de moneda
1 % de las cantidades pagadas o cobradas, con un máximo de 87,98 € al mesLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que realiza pagos y cobros siendo responsable de ellos..
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Quebranto de moneda (máquinas recreativas)
87,98 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Recaudadores, personal de reparación y conservación, reparto del cambio y administrativos de cajas de máquinas recreativas. No absorbible..
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Plus de distancia
100 % del coste de los billetes de autobús urbano de ida y vuelta al centro de trabajoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Empresas cuyo centro está a más de 5 km de la cabecera de las líneas urbanas de autobús..
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Ayuda para comida (desplazamientos desde 8 km)
11,00 € por cada día trabajadoAyuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Desplazamientos por orden de la empresa desde 8 km sin derecho a media dieta..
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Media dieta
14,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos a más de 15 km del centro de trabajo..
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Dieta completa con alojamiento pagado por la empresa
33,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando hay que pernoctar fuera y la empresa paga y concierta el hospedaje (desayuno, comida y cena)..
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Kilometraje con vehículo propio
0,26 € por kmLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Cuando se usa el vehículo propio para desplazamientos de trabajo..
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Tiempo de desplazamiento
1 hora por cada 80 km recorridos (1,33 km por minuto) al precio de la hora base de la tabla salarialQuién lo cobra: Desplazamientos a trabajos fuera de la localidad (no dentro del casco urbano ni si se paga plus de distancia)..
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Incentivo por exceso de horas extra en sábados, domingos y festivos
47,6 € por día o 5,96 € por hora o fracciónQuién lo cobra: Horas extra en sábados, domingos o festivos que superen 24 al mes (no en guardia o retén): además se compensan con igual tiempo de descanso el mes siguiente..
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Ayuda escolar
88,79 € por hijo y curso, una vez al añoQuién lo cobra: Por curso e hijo de 2 a 18 años (2025) o de 1 a 19 años (desde 2026). Se paga en septiembre con justificante de matrícula; proporcional si no se completa el año..
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Ayuda por hijo/a con diversidad funcional
150,0 € por hijo/a al añoQuién lo cobra: Por cada hijo/a conviviente a cargo con discapacidad psíquica o física superior al 50 %, acreditada con certificado oficial. Se paga en diciembre..
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Compensación de alquiler por traslado
250,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Traslado a otro centro en empresas de tendido de líneas eléctricas, telefónicas, montajes, etc. Mínimo mensual del alquiler de la nueva vivienda (además de gastos e indemnización de tres mensualidades)..
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Premio de constancia (20 años)
Una mensualidad de salario real (promedio de los 3 últimos meses de salario base, antigüedad, plus convenio, primas, incentivos y pluses de toxicidad, peligrosidad y penosidad, sin horas extra)Quién lo cobra: Al cumplir 20 años ininterrumpidos en la empresa o centro (también por subrogación). Pago único..
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Desgaste de herramientas propias
La empresa abona el desgaste que se produzca (el convenio no fija importe)Quién lo cobra: Quien usa sus propias herramientas con autorización escrita de la empresa..
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Málaga · tabla salarial 2026. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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