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Tablas salariales de metal de Murcia 2026.

No se ha publicado tabla de este año: se aplica la última publicada. Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 65 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Prorrogada del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 40 %. La empresa puede pagarlas o compensarlas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes, con los topes pactados con la representación legal (el convenio no fija equivalencia). (art. 39)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extraPluses
    Personal obrero
    Peón38,15 €/día20.200,25 €0,0 %16,08 €
    Especialista38,71 €/día20.438,25 €0,0 %16,27 €
    Mozo Almacén38,71 €/día20.438,25 €0,0 %16,27 €
    Profesionales de oficio
    Oficial de tercera38,79 €/día20.472,25 €0,0 %16,29 €
    Oficial de segunda39,40 €/día20.731,50 €0,0 %16,50 €
    Oficial de primera40,05 €/día21.007,75 €0,0 %16,72 €
    Buzos44,25 €/día22.792,75 €0,0 %18,14 €
    Hombre rana44,25 €/día22.792,75 €0,0 %18,14 €
    Personal subalterno
    Listero1.175,28 €20.413,68 €0,0 %16,25 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Almacenero1.169,16 €20.328,00 €0,0 %16,18 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Chofer de motociclo1.162,34 €20.232,52 €0,0 %16,10 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Chofer de turismo1.188,26 €20.595,40 €0,0 %16,39 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Chofer de Camión1.196,76 €20.714,40 €0,0 %16,49 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Pesador o basculero1.155,38 €20.135,08 €0,0 %16,03 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Vigilante1.146,98 €20.017,48 €0,0 %15,93 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Guardia jurado1.149,31 €20.050,10 €0,0 %15,96 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Cabo de guardias1.187,66 €20.587,00 €0,0 %16,39 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Ordenanza y porteros1.137,10 €19.879,16 €0,0 %15,82 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Enfermero1.188,26 €20.595,40 €0,0 %16,39 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Depend. Princ. Economat.1.175,28 €20.413,68 €0,0 %16,25 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Depend. Auxil. Economat.1.149,31 €20.050,10 €0,0 %15,96 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Telefonista hasta 1 año1.145,56 €19.997,60 €0,0 %15,92 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Telefonista más de 1 año1.149,31 €20.050,10 €0,0 %15,96 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Administrativos
    Jefe de primera1.345,02 €22.790,04 €0,0 %18,14 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Jefe de segunda1.305,95 €22.243,06 €0,0 %17,70 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Oficial de primera1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Oficial de segunda1.216,86 €20.995,80 €0,0 %16,71 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Viajante1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Auxiliar1.170,78 €20.350,68 €0,0 %16,20 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Personal técnico titulado
    Inge. Arquit. licenciad.1.492,23 €24.850,98 €0,0 %19,78 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Perito, Aparaj. direc. Tecn.1.464,63 €24.464,58 €0,0 %19,47 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Peritos o Aparejadores1.406,45 €23.650,06 €0,0 %18,82 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Maestros Industriales1.291,33 €22.038,38 €0,0 %17,54 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Graduados Sociales1.341,11 €22.735,30 €0,0 %18,10 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Maestros Enseñ. primaria1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Ayudantes Tecn. Sanitar.1.157,05 €20.158,46 €0,0 %16,04 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Técnico de taller
    Jefe de taller1.341,11 €22.735,30 €0,0 %18,10 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Maestro taller, Contram.1.262,98 €21.641,48 €0,0 %17,22 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Maestro de segunda1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Encargado1.262,98 €21.641,48 €0,0 %17,22 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Capataz peones o especial.1.249,59 €21.454,02 €0,0 %17,08 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Técnico de oficina
    Delineante proyectista1.317,52 €22.405,04 €0,0 %17,83 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Dibujante proyectista1.317,52 €22.405,04 €0,0 %17,83 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Delineante de primera1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Delineante de segunda1.216,86 €20.995,80 €0,0 %16,71 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Práctico de topografia1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Fotografo1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Calcador1.170,78 €20.350,68 €0,0 %16,20 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Reproductor de planos1.145,56 €19.997,60 €0,0 %15,92 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Reproductor fotografias1.170,78 €20.350,68 €0,0 %16,20 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Archivero biblotecario1.216,86 €20.995,80 €0,0 %16,71 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Auxiliar1.170,78 €20.350,68 €0,0 %16,20 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Técnico de laboratorio
    Jefe de laboratorio1.362,66 €23.037,00 €0,0 %18,34 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Jefe de Sección1.301,18 €22.176,28 €0,0 %17,65 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Analista de primera1.240,67 €21.329,14 €0,0 %16,98 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Analista de segunda1.194,24 €20.679,12 €0,0 %16,46 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Auxiliar de laboratorio1.170,78 €20.350,68 €0,0 %16,20 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Técnico de dique y muelle
    Jefe de dique1.341,11 €22.735,30 €0,0 %18,10 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Jefe de muelle1.262,98 €21.641,48 €0,0 %17,22 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Encargado general1.262,98 €21.641,48 €0,0 %17,22 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Técnico de organización
    Jefe de secc. de primera1.317,50 €22.404,76 €0,0 %17,83 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Jefe de secc. de segunda1.305,88 €22.242,08 €0,0 %17,70 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Técnico de primera1.252,97 €21.501,34 €0,0 %17,11 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Técnico de segunda1.216,86 €20.995,80 €0,0 %16,71 €Plus de convenio: 282,84 €/mes
    Auxiliar1.184,53 €20.543,18 €0,0 %16,35 €Plus de convenio: 282,84 €/mes

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.759 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. No hay tabla 2026 publicada en el BORM a 13/10/2026: el convenio (2023-2025) pactó salarios hasta 2025 y el nuevo solo consta como preacuerdo de julio de 2026 (prensa). Se copian las filas de 2025, que siguen aplicándose; si el nuevo convenio fija subida con efectos de 1/1/2026 habrá atrasos. Anexo II «Tablas salariales del convenio del metal · año 2025» del texto publicado en el BORM n.º 206 de 6/9/2023 (tablas 2024 + 2 %, art. 27). Columnas: salario base, plus de convenio, total y total año. Personal mensual (subalterno, administrativo y técnico): pagas = 14 (12 + gratificaciones de verano y Navidad de 30 días de salario base más plus de convenio, art. 35), y el anual de la tabla = total mes × 14 (comprobado). Personal obrero y profesionales de oficio: importes diarios; el convenio no fija cómo pasarlos a mes, por eso salario base mensual y sin dato de pagas y los diarios van en salario base diario, plus convenio dia y total dia; el anual es el literal de la tabla (= total día × 425). No se carga la fila «Personal de limpieza · diario» (47,53 €/día con un «año» de 665,42 €, que no es un importe anual). La categoría «Incorporación al Sector Metal» (disposición adicional 1.ª) cobra el SMI vigente durante un año como máximo; su importe en la tabla (1.080 €/15.120 € «equivalente al SMI») está desfasado y no se carga. El plus de convenio se pierde por faltas o bajo rendimiento (art. 29).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (quinquenios)

      un 5 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 5

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla. Se devenga el día en que se cumple cada quinquenio; máximo cinco quinquenios..

      Cotiza y tributa como salario. art. 30

      El texto dice «cinco por ciento del salario base por quinquenio» y «como máximo cinco quinquenios». Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Plus de nocturnidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo realizado entre las 22:00 y las 6:00..

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      El texto dice «veinticinco por ciento». Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Plus de trabajos penosos

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Cuando proceda por la penosidad del trabajo. Acumulable con tóxicos, peligrosos y nocturnidad..

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      El texto dice «veinte por ciento». Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Plus de trabajos tóxicos

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Cuando proceda por la toxicidad del trabajo. Acumulable con los demás pluses especiales..

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      El texto dice «veinte por ciento». Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Plus de trabajos peligrosos

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Cuando proceda por la peligrosidad del trabajo. Acumulable con los demás pluses especiales..

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      El texto dice «veinte por ciento». Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Plus de desempeño en paradas técnicas (lunes a viernes)

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Trabajo directo y con presencia en planta (al menos 5 horas) en paradas técnicas programadas de refinerías, bases lubricantes (grupos II y III) y plantas de plásticos en formas primarias; en paradas no programadas para reparaciones, desde el 8.º día (jornada ordinaria) o el 5.º (2/3 turnos)..

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

      Importe publicado: 29 € por día de parada de lunes a viernes (vigente desde el 8/5/2023). Desde 2024 se actualiza en el mismo porcentaje que las tablas, pero no se ha publicado el importe actualizado del año. Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Plus de desempeño en paradas técnicas (sábados, domingos y festivos)

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Mismas paradas que el plus de lunes a viernes, por trabajo en sábado, domingo o festivo..

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

      Importe publicado: 63,71 € (vigente desde el 8/5/2023). Desde 2024 se actualiza en el mismo porcentaje que las tablas, sin importe publicado para el año. Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Incentivo adicional de seguridad en paradas técnicas

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Al terminar la parada, por día de parada, si se cumplen los índices de frecuencia (siniestralidad) de la propiedad..

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

      Importe publicado: 5,78 € por día de parada (vigente desde el 8/5/2023). Desde 2024 se actualiza en el mismo porcentaje que las tablas, sin importe publicado para el año. Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Premio de vinculación (al jubilarse)

      23,44 € por cada trienio trabajado ininterrumpidamente en la empresa hasta los 60 años o la edad mínima de jubilación

      Quién lo cobra: Al jubilarse durante la vigencia del convenio o sus prórrogas. Pago único..

      Cotiza y tributa como salario. art. 32

      Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Media dieta nacional

      13,82 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por orden de la empresa a más de 24 km del municipio de la empresa o del domicilio con comida o cena fuera..

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (art. 9 del Reglamento del IRPF); el exceso cotiza. art. 34

      Cuantía para 2023, 2024 y 2025 desde la publicación del convenio, igual para todas las categorías. La empresa abona el exceso justificado y autorizado. Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Dieta completa nacional

      26,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos a más de 24 km con desayuno, comida y cena fuera (desayuno 2,18 €, comida 13,82 € y cena 10 €)..

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (art. 9 del Reglamento del IRPF); el exceso cotiza. art. 34

      Cuantía para 2023, 2024 y 2025. La dieta internacional debe ser superior a la nacional (sin importe fijado). Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,19 € por km, que se incrementa con las revisiones del Ministerio de Hacienda del importe exento de gastos de locomoción en el IRPF

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio de acuerdo con la empresa, además de las dietas..

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Gasto de locomoción exento dentro del límite del art. 147.2 LGSS. art. 34

      Importe literal del texto de 2023; el convenio lo vincula a las revisiones de Hacienda, por lo que puede haber quedado superado. Tabla 2026 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no se han publicado importes nuevos; se mantienen los de 2025.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BORM · tabla salarial 2026. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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