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Convenio colectivo provincial de trabajo aplicable al sector de metal industria de Zamora (2024-2026)

Tablas salariales de metal de Zamora 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 54 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. A opción de la persona trabajadora, descanso con el mismo porcentaje (175 %), acumulado en una bolsa de horas. (art. 14)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Personal obrero y de oficio · jornada de lunes a viernes
    Oficial de Primera48,04 €/día21.858,20 €+3,0 %21,91 €
    Oficial de Segunda46,59 €/día21.198,45 €+3,0 %21,25 €
    Oficial de Tercera44,59 €/día20.288,45 €+3,0 %20,33 €
    Peón44,07 €/día20.051,85 €+3,0 %20,10 €
    Personal obrero y de oficio · jornada de lunes a sábado
    Oficial de Primera · jornada de lunes a sábado49,19 €/día22.381,45 €+3,0 %22,43 €
    Oficial de Segunda · jornada de lunes a sábado47,75 €/día21.726,25 €+3,0 %21,78 €
    Oficial de Tercera · jornada de lunes a sábado45,85 €/día20.861,75 €+3,0 %20,91 €
    Peón · jornada de lunes a sábado45,16 €/día20.547,80 €+3,0 %20,59 €
    Personal subalterno · jornada de lunes a viernes
    Conductor/a - Chofer1.446,27 €21.694,05 €+3,0 %21,74 €
    Guarda Jurado y Vigilante1.344,92 €20.173,80 €+3,0 %20,22 €
    Portero1.332,88 €19.993,20 €+3,0 %20,04 €
    Personal subalterno · jornada de lunes a sábado
    Conductor/a - Chofer · jornada de lunes a sábado1.481,23 €22.218,45 €+3,0 %22,27 €
    Guarda Jurado y Vigilante · jornada de lunes a sábado1.379,87 €20.698,05 €+3,0 %20,75 €
    Portero · jornada de lunes a sábado1.366,09 €20.491,35 €+3,0 %20,54 €
    Personal administrativo, técnicos de oficina y de organización · jornada de lunes a viernes
    Jefe/a de Primera Administrativo1.723,42 €25.851,30 €+3,0 %25,91 €
    Delineante Proyectista - Dibujante Proyectista - Jefe/a de Primera de Organización1.653,99 €24.809,85 €+3,0 %24,87 €
    Jefe/a de Segunda de Organización1.625,13 €24.376,95 €+3,0 %24,43 €
    Cajero/a (Empresas hasta 250 trabajadores) - Oficial de Primera - Viajante - Delineante de Primera - Técnico/a de Organización de Primera1.531,35 €22.970,25 €+3,0 %23,02 €
    Oficial de Segunda - Delineante de Segunda - Técnico/a de Organización de Segunda1.493,77 €22.406,55 €+3,0 %22,46 €
    Auxiliar de Organización1.436,79 €21.551,85 €+3,0 %21,60 €
    Auxiliar · Personal administrativo1.362,06 €20.430,90 €+3,0 %20,48 €
    Personal administrativo, técnicos de oficina y de organización · jornada de lunes a sábado
    Jefe/a de Primera Administrativo · jornada de lunes a sábado1.758,37 €26.375,55 €+3,0 %26,44 €
    Delineante Proyectista - Dibujante Proyectista - Jefe/a de Primera de Organización · jornada de lunes a sábado1.688,97 €25.334,55 €+3,0 %25,39 €
    Jefe/a de Segunda de Organización · jornada de lunes a sábado1.653,14 €24.797,10 €+3,0 %24,85 €
    Cajero/a (Empresas hasta 250 trabajadores) - Oficial de Primera - Viajante - Delineante de Primera - Técnico/a de Organización de Primera · jornada de lunes a sábado1.574,33 €23.614,95 €+3,0 %23,67 €
    Oficial de Segunda - Delineante de Segunda - Técnico/a de Organización de Segunda · jornada de lunes a sábado1.528,68 €22.930,20 €+3,0 %22,98 €
    Auxiliar de Organización · jornada de lunes a sábado1.411,40 €21.171,00 €+3,0 %21,22 €
    Auxiliar · Personal administrativo · jornada de lunes a sábado1.396,99 €20.954,85 €+3,0 %21,00 €
    Personal técnico y técnicos de taller · jornada de lunes a viernes
    Jefe/a de Taller1.714,95 €25.724,25 €+3,0 %25,78 €
    Maestro/a de Taller1.625,87 €24.388,05 €+3,0 %24,44 €
    Maestro/a de segunda1.531,35 €22.970,25 €+3,0 %23,02 €
    Encargado/a1.437,09 €21.556,35 €+3,0 %21,61 €
    Personal técnico y técnicos de taller · jornada de lunes a sábado
    Jefe/a de Taller · jornada de lunes a sábado1.748,74 €26.231,10 €+3,0 %26,29 €
    Maestro/a de Taller · jornada de lunes a sábado1.661,07 €24.916,05 €+3,0 %24,97 €
    Maestro/a de segunda · jornada de lunes a sábado1.566,29 €23.494,35 €+3,0 %23,55 €
    Encargado/a · jornada de lunes a sábado1.471,75 €22.076,25 €+3,0 %22,13 €
    Técnicos de laboratorio · jornada de lunes a viernes
    Jefe/a de Primera1.864,08 €27.961,20 €+3,0 %28,03 €
    Jefe/a de Segunda1.607,91 €24.118,65 €+3,0 %24,17 €
    Analista de Primera1.507,10 €22.606,50 €+3,0 %22,66 €
    Analista de Segunda1.378,51 €20.677,65 €+3,0 %20,73 €
    Auxiliar · Técnicos de laboratorio1.373,26 €20.598,90 €+3,0 %20,65 €
    Técnicos de laboratorio · jornada de lunes a sábado
    Jefe/a de Primera · jornada de lunes a sábado1.899,08 €28.486,20 €+3,0 %28,55 €
    Jefe/a de Segunda · jornada de lunes a sábado1.642,84 €24.642,60 €+3,0 %24,70 €
    Analista de Primera · jornada de lunes a sábado1.542,06 €23.130,90 €+3,0 %23,18 €
    Analista de Segunda · jornada de lunes a sábado1.413,43 €21.201,45 €+3,0 %21,25 €
    Auxiliar · Técnicos de laboratorio · jornada de lunes a sábado1.396,99 €20.954,85 €+3,0 %21,00 €
    Técnicos titulados · jornada de lunes a viernes
    Ingeniero/a, Arquitecto/a y Licenciado/a2.013,59 €30.203,85 €+3,0 %30,27 €
    Peritos y Aparejadores/as1.939,73 €29.095,95 €+3,0 %29,16 €
    Ayudantes de Ing. y Arquitectos/as Técnico1.807,16 €27.107,40 €+3,0 %27,17 €
    Maestros/as Industriales1.539,35 €23.090,25 €+3,0 %23,14 €
    Técnicos titulados · jornada de lunes a sábado
    Ingeniero/a, Arquitecto/a y Licenciado/a · jornada de lunes a sábado2.048,47 €30.727,05 €+3,0 %30,80 €
    Peritos y Aparejadores/as · jornada de lunes a sábado1.974,70 €29.620,50 €+3,0 %29,69 €
    Ayudantes de Ing. y Arquitectos/as Técnico · jornada de lunes a sábado1.870,88 €28.063,20 €+3,0 %28,13 €
    Maestros/as Industriales · jornada de lunes a sábado1.574,28 €23.614,20 €+3,0 %23,67 €

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.746 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo del convenio (BOP Zamora n.º 107 de 11/9/2024, pág. 34): tablas 2026 (+3 %). Mismo formato que 2025.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de jefe/a de equipo

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Profesional de oficio que, con trabajo manual, controla a un grupo de 3 a 8 personas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.2

      No se paga si ya se valoró en el factor mando. Tras 1 año seguido o 3 alternos se conserva hasta que lo supere un ascenso.

    • Plus de penosidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Puesto declarado oficialmente de excepcional penosidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.3

      Si concurren dos o más condiciones, a la suma de porcentajes se le resta un 0,7 %.

    • Plus de toxicidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Puesto declarado oficialmente de excepcional toxicidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.3

      Si concurren dos o más condiciones, a la suma de porcentajes se le resta un 0,7 %.

    • Plus de peligrosidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Puesto declarado oficialmente de excepcional peligrosidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.3

      Si concurren dos o más condiciones, a la suma de porcentajes se le resta un 0,7 %.

    • Plus de suciedad

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Puesto declarado oficialmente de excepcional suciedad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.3

      Si concurren dos o más condiciones, a la suma de porcentajes se le resta un 0,7 %.

    • Plus de penosidad, toxicidad y peligrosidad del sector eólico

      20 % del salario base por día efectivamente trabajado

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Empresas eólicas: personas expuestas a esas condiciones y, en todo caso, quien monta o mantiene aerogeneradores.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.3

      La comisión paritaria (acta de 22/5/2025, BOP Zamora de 28/5/2025) confirmó que en montaje y mantenimiento de molinos se cobra siempre, haya o no condiciones penosas, tóxicas o peligrosas.

    • Plus de turnicidad

      40,82 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Jornada habitual en régimen de trabajo a turnos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.4

      40,82 € al mes en 2026, en doce mensualidades.

    • Plus de nocturnidad

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo durante la noche que no sea nocturno por su propia naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.5

      El convenio no dice si se calcula por hora o por jornada: aplicar a las horas nocturnas.

    • Trabajo en festivos

      Salario real del día (o fracción) con todos los emolumentos, incrementado en un 50 %, más descanso equivalente en la semana siguiente

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en festivo acordado con la empresa por necesidades del servicio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21.B.6

      Confirmado por la comisión paritaria (acta de 22/5/2025).

    • Kilometraje

      Al menos 0,29 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio por necesidades de la empresa.

      Exento hasta 0,26 €/km (art. 147.2 LGSS y art. 9 RIRPF); el exceso cotiza. art. 21.C.1

      El tiempo de desplazamiento que exceda del habitual se compensa como hora extraordinaria o con reducción de jornada.

    • Dieta completa

      60,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento con derecho a dieta.

      Con pernocta en España está exenta hasta 53,34 €/día (art. 147.2 LGSS y art. 9 RIRPF); el exceso cotiza. art. 21.C.2

      Si no cubre el gasto, la empresa paga la diferencia justificada. La empresa puede pagar directamente alojamiento y comidas.

    • Media dieta

      18,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento con derecho a media dieta.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 21.C.2

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Zamora · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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