Tablas salariales de oficinas y despachos de Cádiz 2025.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.
Hay 29 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva
Ejemplo · elige tu categoría
Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Pluses |
|---|---|---|---|
| Grupo I · Titulados | |||
| Titulado/a superior, jefe/a superior | 1.659,68 € | 25.448,42 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.106,45 €/mes |
| Titulado/a de grado medio | 1.611,75 € | 24.713,50 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.074,50 €/mes |
| Grupo II · Técnicos y administrativos | |||
| Jefe/a de primera | 1.563,34 € | 23.971,22 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.042,23 €/mes |
| Jefe/a de equipo de informática | 1.563,34 € | 23.971,22 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.042,23 €/mes |
| Analista-programador/a | 1.563,34 € | 23.971,22 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.042,23 €/mes |
| Jefe/a de segunda | 1.514,84 € | 23.227,54 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes |
| Jefe/a de delineación | 1.514,84 € | 23.227,54 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes |
| Jefe/a de explotación | 1.514,84 € | 23.227,54 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes |
| Administrador/a de test y cuestionarios | 1.514,84 € | 23.227,54 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes |
| Oficial primera | 1.449,44 € | 22.224,74 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 966,29 €/mes |
| Delineante-proyectista | 1.449,44 € | 22.224,74 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 966,29 €/mes |
| Operador/a de ordenador | 1.449,44 € | 22.224,74 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 966,29 €/mes |
| Oficial segunda | 1.333,13 € | 20.441,32 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes |
| Delineante | 1.333,13 € | 20.441,32 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes |
| Inspector/a de entrevistadores/as | 1.333,13 € | 20.441,32 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes |
| Operador/a de terminal | 1.333,13 € | 20.441,32 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes |
| Dibujante | 1.275,46 € | 19.557,06 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes |
| Entrevistador/a-encuestador/a | 1.275,46 € | 19.557,06 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes |
| Auxiliar administrativo/a clase A | 1.206,61 € | 18.501,36 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 804,41 €/mes |
| Auxiliar administrativo/a clase B | 1.125,96 € | 17.264,72 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes |
| Grupo III · Oficios varios y subalternos | |||
| Oficial 1.ª de oficios varios | 1.275,46 € | 19.557,06 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes |
| Chófer / conductor/a | 1.275,46 € | 19.557,06 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes |
| Oficial 2.ª de oficios varios | 1.199,47 € | 18.391,88 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 799,65 €/mes |
| Conserje | 1.125,96 € | 17.264,72 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes |
| Ayudante de reprografía | 1.125,96 € | 17.264,72 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes |
| Operador/a de reproductores de planos | 1.125,96 € | 17.264,72 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes |
| Ordenanza (recadero/a) | 1.081,28 € | 16.579,62 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 720,85 €/mes |
| Limpiador/a | 1.081,28 € | 16.579,62 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 720,85 €/mes |
| Peón y mozo | 1.081,28 € | 16.579,62 €* | Participación en beneficios de marzo y septiembre: 720,85 €/mes |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Notas de la tabla. Anexo I del convenio 2025-2028 (BOP Cádiz n.º 211, 5/11/2025): salario base mensual por nivel (+2,8 % IPC + 0,3 % sobre 2024; los niveles XI y XII ya actualizados al SMI). Estructura: 12 mensualidades + pagas de julio y diciembre (una mensualidad cada una) + participación en beneficios en marzo y septiembre (20 días cada una), todas sobre salario base más antigüedad consolidada (art. 13.B). La participación en beneficios va como plus de fila (2/3 del salario base, calculado). Anual calculado = base × 14 + 2 × 20 días. El nivel IX cobra más que el VIII en la tabla publicada.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Complemento personal de antigüedad consolidada
Importe individual, no absorbible ni compensable, que se incrementa como el resto de conceptos salarialesQuién lo cobra: Solo quien lo tenga reconocido (sustituyó a la antigüedad en el convenio 2005-2009).
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Plus de quebranto de moneda
40,69 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que realice funciones de caja.
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Plus de reparto
1,79 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Empresas dedicadas al reparto y distribución de correspondencia a terceros dentro del casco urbano: por día.
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Plus de pantalla
36,10 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Quien pase más del 50 % de su jornada habitual ante una pantalla de visualización.
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Bolsa de estudios (ayuda escolar)
72,55 € por hijo/a, una vez al año, en septiembreQuién lo cobra: Por cada hijo o hija de 4 a 16 años a cargo, si no la cobra el otro progenitor.
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Plus de teletrabajo
2,39 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Por día trabajado a distancia (teletrabajo).
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Plus de nocturnidad
el 25 % de tu salario baseLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
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Dietas por desplazamiento
100 % del salario convenio diario si hace una comida fuera; 150 % si hace dos comidas o más o pernocta fueraLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidades del servicio fuera de la localidad de destino habitual (además de locomoción y alojamiento).
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Cádiz · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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