Saltar al contenido

Tablas salariales de oficinas y despachos de Cádiz 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 29 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualPluses
    Grupo I · Titulados
    Titulado/a superior, jefe/a superior1.659,68 €25.448,42 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.106,45 €/mes
    Titulado/a de grado medio1.611,75 €24.713,50 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.074,50 €/mes
    Grupo II · Técnicos y administrativos
    Jefe/a de primera1.563,34 €23.971,22 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.042,23 €/mes
    Jefe/a de equipo de informática1.563,34 €23.971,22 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.042,23 €/mes
    Analista-programador/a1.563,34 €23.971,22 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.042,23 €/mes
    Jefe/a de segunda1.514,84 €23.227,54 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes
    Jefe/a de delineación1.514,84 €23.227,54 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes
    Jefe/a de explotación1.514,84 €23.227,54 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes
    Administrador/a de test y cuestionarios1.514,84 €23.227,54 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 1.009,89 €/mes
    Oficial primera1.449,44 €22.224,74 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 966,29 €/mes
    Delineante-proyectista1.449,44 €22.224,74 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 966,29 €/mes
    Operador/a de ordenador1.449,44 €22.224,74 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 966,29 €/mes
    Oficial segunda1.333,13 €20.441,32 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes
    Delineante1.333,13 €20.441,32 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes
    Inspector/a de entrevistadores/as1.333,13 €20.441,32 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes
    Operador/a de terminal1.333,13 €20.441,32 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 888,75 €/mes
    Dibujante1.275,46 €19.557,06 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes
    Entrevistador/a-encuestador/a1.275,46 €19.557,06 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes
    Auxiliar administrativo/a clase A1.206,61 €18.501,36 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 804,41 €/mes
    Auxiliar administrativo/a clase B1.125,96 €17.264,72 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes
    Grupo III · Oficios varios y subalternos
    Oficial 1.ª de oficios varios1.275,46 €19.557,06 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes
    Chófer / conductor/a1.275,46 €19.557,06 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 850,31 €/mes
    Oficial 2.ª de oficios varios1.199,47 €18.391,88 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 799,65 €/mes
    Conserje1.125,96 €17.264,72 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes
    Ayudante de reprografía1.125,96 €17.264,72 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes
    Operador/a de reproductores de planos1.125,96 €17.264,72 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 750,64 €/mes
    Ordenanza (recadero/a)1.081,28 €16.579,62 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 720,85 €/mes
    Limpiador/a1.081,28 €16.579,62 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 720,85 €/mes
    Peón y mozo1.081,28 €16.579,62 €*Participación en beneficios de marzo y septiembre: 720,85 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Notas de la tabla. Anexo I del convenio 2025-2028 (BOP Cádiz n.º 211, 5/11/2025): salario base mensual por nivel (+2,8 % IPC + 0,3 % sobre 2024; los niveles XI y XII ya actualizados al SMI). Estructura: 12 mensualidades + pagas de julio y diciembre (una mensualidad cada una) + participación en beneficios en marzo y septiembre (20 días cada una), todas sobre salario base más antigüedad consolidada (art. 13.B). La participación en beneficios va como plus de fila (2/3 del salario base, calculado). Anual calculado = base × 14 + 2 × 20 días. El nivel IX cobra más que el VIII en la tabla publicada.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad consolidada

      Importe individual, no absorbible ni compensable, que se incrementa como el resto de conceptos salariales

      Quién lo cobra: Solo quien lo tenga reconocido (sustituyó a la antigüedad en el convenio 2005-2009).

      Cotiza y tributa como salario. art. 13.A

      Forma parte de la base de las pagas, vacaciones, nocturnidad y participación en beneficios.

    • Plus de quebranto de moneda

      40,69 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que realice funciones de caja.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14 y anexo I

      El anexo da el importe sin decir si es mensual; se entiende mensual (12 pagas).

    • Plus de reparto

      1,79 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Empresas dedicadas al reparto y distribución de correspondencia a terceros dentro del casco urbano: por día.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo I

    • Plus de pantalla

      36,10 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Quien pase más del 50 % de su jornada habitual ante una pantalla de visualización.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19 y anexo I

      Gratificación mínima mensual.

    • Bolsa de estudios (ayuda escolar)

      72,55 € por hijo/a, una vez al año, en septiembre

      Quién lo cobra: Por cada hijo o hija de 4 a 16 años a cargo, si no la cobra el otro progenitor.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y anexo I

    • Plus de teletrabajo

      2,39 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Por día trabajado a distancia (teletrabajo).

      Compensación de gastos: su cotización depende de que responda a gastos reales; el convenio no lo aclara. art. 30.e y anexo I

    • Plus de nocturnidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

    • Dietas por desplazamiento

      100 % del salario convenio diario si hace una comida fuera; 150 % si hace dos comidas o más o pernocta fuera

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por necesidades del servicio fuera de la localidad de destino habitual (además de locomoción y alojamiento).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (art. 9 del Reglamento del IRPF); el exceso cotiza. art. 15

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Cádiz · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    ¿Eres empresa?

    Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

    Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

    Ver soluciones para empresas

    Lo que suele venir después.