Tablas salariales de transporte de mercancías de Castellón 2025.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.
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Tabla definitiva Subida general +3,5 %
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Sueldo por categoría en 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual |
|---|---|---|
| Grupo I - Personal Administrativo | ||
| Jefe de Sección | 1.134,49 € | 17.017,35 €* |
| Jefe de Negociado | 1.134,49 € | 17.017,35 €* |
| Oficial de Primera | 1.098,38 € | 16.475,70 €*1 |
| Oficial de Segunda | 1.044,53 € | 15.667,95 €*2 |
| Auxiliar Administrativo | 1.014,91 € | 15.223,65 €*3 |
| Aspirante | 1.014,91 € | 15.223,65 €*4 |
| Grupo II - Personal de Movimiento | ||
| Jefe de Tráfico Primera | 1.134,48 € | 17.017,20 €* |
| Conductor Mecánico | 1.098,38 € | 16.475,70 €*5 |
| Conductor | 1.062,43 € | 15.936,45 €*6 |
| Conductor repartidor | 1.026,58 € | 15.398,70 €*7 |
| Mozo especializado | 1.014,91 € | 15.223,65 €*8 |
| Grupo III - Personal de Talleres | ||
| Jefe de Taller | 1.134,48 € | 17.017,20 €* |
| Oficial de Primera | 1.075,76 € | 16.136,40 €*9 |
| Oficial de Segunda | 1.044,53 € | 15.667,95 €*10 |
| Engrasador | 1.026,58 € | 15.398,70 €*11 |
| Oficial de Tercera | 1.014,91 € | 15.223,65 €*12 |
| Mozo de Taller | 1.014,91 € | 15.223,65 €*13 |
| Almacenero | 1.014,91 € | 15.223,65 €*14 |
| Aspirante | 1.014,91 € | 15.223,65 €*15 |
| Grupo IV - Personal Subalterno | ||
| Cobrador de facturas | 1.014,91 € | 15.223,65 €*16 |
| Telefonista | 1.014,91 € | 15.223,65 €*17 |
| Portero | 1.014,91 € | 15.223,65 €*18 |
| Vigilante | 1.014,91 € | 15.223,65 €*19 |
| Limpiadora | 7,37 €/hora | 7,37 €/hora20 |
| Grupo V - Personal Garajes, lavado y engrase | ||
| Encargado General | 1.098,38 € | 16.475,70 €*21 |
| Cajero | 1.014,91 € | 15.223,65 €*22 |
| Engrasador | 1.017,37 € | 15.260,55 €*23 |
| Lavacoches | 1.014,91 € | 15.223,65 €*24 |
| Aspirante | 1.014,91 € | 15.223,65 €*25 |
| Guarda de noche | 1.014,91 € | 15.223,65 €*26 |
| Guarda de día | 1.014,91 € | 15.223,65 €*27 |
| Aparcador | 1.026,58 € | 15.398,70 €*28 |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Oficial de Primera: Salario de tabla × 15 = 16.475,70 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
2. Oficial de Segunda: Salario de tabla × 15 = 15.667,95 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
3. Auxiliar Administrativo: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
4. Aspirante: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
5. Conductor Mecánico: Salario de tabla × 15 = 16.475,70 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
6. Conductor: Salario de tabla × 15 = 15.936,45 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
7. Conductor repartidor: Salario de tabla × 15 = 15.398,70 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
8. Mozo especializado: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
9. Oficial de Primera: Salario de tabla × 15 = 16.136,40 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
10. Oficial de Segunda: Salario de tabla × 15 = 15.667,95 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
11. Engrasador: Salario de tabla × 15 = 15.398,70 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
12. Oficial de Tercera: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
13. Mozo de Taller: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
14. Almacenero: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
15. Aspirante: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
16. Cobrador de facturas: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
17. Telefonista: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
18. Portero: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
19. Vigilante: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
20. Limpiadora: La tabla da un precio por hora (Eur/hora), no un salario mensual: el anual depende de las horas contratadas.
21. Encargado General: Salario de tabla × 15 = 16.475,70 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
22. Cajero: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
23. Engrasador: Salario de tabla × 15 = 15.260,55 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
24. Lavacoches: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
25. Aspirante: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
26. Guarda de noche: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
27. Guarda de día: Salario de tabla × 15 = 15.223,65 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
28. Aparcador: Salario de tabla × 15 = 15.398,70 €, por debajo del SMI anual de 2025: el convenio obliga a garantizar el SMI anual vigente.
Pluses y complementos.
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (remisión al Acuerdo General)
El convenio no fija importes ni porcentajes propios: remite al art. 36 del Acuerdo Marco/General del sectorLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Según el art. 36 del Acuerdo General para las empresas de transporte de mercancías por carretera (desde 1/1/1998; desde 1/5/2000 para quien ya estaba en plantilla a 31/12/1997).
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Plus de almacenista-logística
100,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Empresas cuya actividad principal es la auxiliar y complementaria del transporte (art. 1.1.3.º Ley 16/1987), con no más del 10 % de conductores con carné C, C1, C1+E o C+E y sin vehículos propios de más de 3.500 kg.
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Plus de peligrosidad ADR
Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Ver tabla de 2026.
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Plus de grúa autopropulsada
Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Ver tabla de 2026.
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Quebranto de moneda
Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Ver tabla de 2026.
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Dieta completa: transporte nacional
38,77 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comer, cenar, pernoctar y desayunar fuera de la localidad del domicilio y de la de prestación habitual del servicio.
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Dieta completa: transporte internacional
50,41 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios internacionales.
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Dieta completa: terceros países
58,15 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios a terceros países.
Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.
Fuente: BOP Castellón · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
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