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Tablas salariales de transporte de mercancías de Lleida 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga como una hora normal. Se pueden compensar con descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes (entonces no cuentan para el límite legal). (art. 16)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grup I. Personal superior i tècnic
    Cap de Servei1.464,32 €24.252,90 €*1+4,0 %13,61 €
    Enginyer/a Llicenciat1.366,70 €22.788,60 €*+4,0 %12,79 €
    Enginyer/a Tècnic1.269,08 €21.324,30 €*+4,0 %11,97 €
    Grup II. Personal administratiu
    Cap de Secció1.317,90 €22.056,60 €*+4,0 %12,38 €
    Cap de Negociat1.298,29 €21.762,45 €*+4,0 %12,21 €
    Oficial de Primera1.098,22 €18.761,40 €*+4,0 %10,53 €
    Oficial de Segona1.055,44 €18.119,70 €*+11,9 %10,17 €
    Auxiliar1.032,64 €17.777,70 €*+29,4 %9,98 €
    Grup III. Personal moviment
    Encarregat/a General1.269,08 €21.324,30 €*+4,0 %11,97 €
    Encarregat/a Magatzem1.215,30 €20.517,60 €*+4,0 %11,51 €
    Capatàs1.171,45 €19.859,85 €*+4,0 %11,14 €
    Aux. Mag. Bàscula1.032,64 €17.777,70 €*+4,8 %9,98 €
    Cap Trànsit 1ª1.244,60 €20.957,10 €*+4,0 %11,76 €
    Cap Trànsit 2ª1.208,03 €20.408,55 €*+4,0 %11,45 €
    Conductor/a Mecànic37,35 €/día—2——
    Conductor/a35,40 €/día—3——
    Conductor/a repartiment33,21 €/día—4——
    Mosso/a càrrega/descàrrega33,18 €/día—5——
    Grup IV. Personal taller
    Cap de Taller1.317,90 €22.056,60 €*+4,0 %12,38 €
    Encarregat/a General1.098,22 €18.761,40 €*+4,0 %10,53 €
    Cap d’Equip37,35 €/día—6——
    Oficial Primera36,26 €/día—7——
    Oficial Segona35,40 €/día—8——
    Mosso/a33,18 €/día—9——
    Subalterns
    Vigilant1.055,44 €18.119,70 €*+5,8 %10,17 €
    Telefonista1.032,64 €17.777,70 €*+3,5 %9,98 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Cap de Servei: El BOP imprime «1.464.32 €»; se lee 1.464,32 € (cuadra con el total de 1.616,86 € = base + plus conveni).

    2. Conductor/a Mecànic: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    3. Conductor/a: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    4. Conductor/a repartiment: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    5. Mosso/a càrrega/descàrrega: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    6. Cap d’Equip: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    7. Oficial Primera: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    8. Oficial Segona: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    9. Mosso/a: Salario base DIARIO: el convenio no da equivalencia mensual ni anual. El plus conveni es mensual y cada paga extra es de 30 días de salario base + antigüedad + plus conveni.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.782 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Annex «Taules salarials. Per a l’any 2026» del convenio 2026-2027 (BOP Lleida núm. 121 de 2026): +4 % (art. 10), con ajustes al alza en Oficial de Segona y Vigilant y actualización previa de las categorías que estaban bajo el SMI (art. 43). anual (calculado) = (base + plus conveni) × 15 (art. 11). Las categorías suprimidas en 2026 (Inspector/a principal, A.T.S., Cap de trànsit 3ª, Ajudant i mosso/a especialista, Oficial tercera, Peó especialista y Cobrador/a) se reclasifican según el art. 42.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de antigüedad (escala por quinquenios)

      Porcentaje acumulado sobre el salario base: 5 % a los 5 años, 15 % a los 10, 20 % a los 15, 30 % a los 20 y 35 % a los 25 (los tramos guardan lo que se añade en cada salto)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, según años en la empresa. Se cobra también en las 3 pagas extra y en vacaciones (arts. 11 y 20)..

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

      Quien cobraba más antigüedad con la escala anterior mantiene la diferencia como «ajust conveni», que no sube y se absorbe al cumplir tramos.

    • Plus de peligrosidad

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Mientras se transportan o manipulan productos inflamables, tóxicos, explosivos o ácidos..

      Cotiza y tributa como salario. art. 12

    • Plus de nocturnidad

      25 % del salario base de convenio, en proporción a las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00..

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      El texto dice «un plus consistent en el 25 % del salari base»; no precisa si es por hora: se aplica a las horas nocturnas.

    • Trabajo en día festivo

      un 75 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en día festivo, salvo que se acuerde compensarlas con descanso..

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

    • Quebranto de moneda (menyscapte de diners)

      2,16 € (o 4,30 € si la recaudación media supera 60,01 €/día) mientras se hace la función de cobro

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que hace cobros, sea cual sea su categoría, mientras hace esa doble función. Si la recaudación supera 60,01 € de media al día: 4,30 €..

      Cotiza y tributa como salario. El quebranto de moneda cotiza desde el RDL 20/2012. art. 15

      El convenio no dice la unidad (día o mes); por la referencia a la recaudación diaria se pregunta por días.

    • Dieta nacional

      47,40 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Salida de la residencia por el servicio. Desglose: desayuno 5,10 €, comida 14,20 €, cena 14,20 € y dormir 13,90 €. Horarios de comidas: los habituales en España..

      Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (manutención en España 26,67 €/día sin pernocta y 53,34 € con pernocta; estancia de conductores sin justificar hasta 15 €/día); el exceso cotiza. El propio convenio limita las dietas a los importes del Reglamento del IRPF. art. 18

      Igual para todas las categorías.

    • Dieta Unión Europea, Reino Unido, Marruecos y Andorra

      83,27 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dieta completa en esos países..

      Exenta en el extranjero dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (91,35 €/día con pernocta; estancia de conductores sin justificar hasta 25 €/día). art. 18

    • Dieta resto de países

      133,02 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dieta completa en el resto de países..

      Exenta en el extranjero dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (91,35 €/día con pernocta más estancia justificada o 25 €/día sin justificar); el exceso cotiza. art. 18

    • Comida en plaza (dinar plaça)

      13,66 € por cada día trabajado

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Cuando la jornada empieza y acaba en el lugar de residencia, la sede de la empresa o donde se aparca habitualmente el vehículo..

      Cotiza y tributa como salario. Sin desplazamiento a otro municipio no entra en la exención del art. 147.2 LGSS. art. 18

    • Bolsa de septiembre (borsa setembre)

      150 € al año; proporcional al tiempo de permanencia si no se ha trabajado el año completo

      Quién lo cobra: Toda la plantilla, con independencia de su jornada, en proporción al tiempo en la empresa (devengo del 1 de octubre al 30 de septiembre). En 2026 se paga el mes siguiente a la publicación (julio de 2026); desde 2027, en septiembre..

      Cotiza y tributa como salario. art. 11; acuerdo de la Comisión Paritaria de 16/07/2026

      Concepto nuevo de 2026, ni compensable ni absorbible. El acuerdo interpretativo de 16/07/2026 (BOP Lleida 22/09/2026) fija el devengo y el pago proporcional.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Lleida · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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