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Tablas salariales de transporte de mercancías de Palencia 2026.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 65 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 10 y anexo)

    Sueldo por categoría en 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Agencias de transportes · Personal administrativo
    Jefe/a de sección1.391,20 €20.918,36 €*+4,0 %11,20 €
    Jefe/a de negociado1.391,20 €20.918,36 €*+4,0 %11,20 €
    Oficial administrativo de 1ª1.203,79 €18.107,21 €*+4,0 %11,20 €
    Oficial administrativo de 2ª1.203,79 €18.107,21 €*+4,0 %11,20 €
    Auxiliar administrativo1.143,21 €17.198,51 €*+4,0 %11,20 €
    Aspirante administrativo1.139,60 €17.144,36 €*1+6,6 %11,20 €
    Encargado/a general1.391,20 €20.918,36 €*+4,0 %11,20 €
    Encargado/a de almacén1.203,79 €18.107,21 €*+4,0 %11,20 €
    Agencias de transportes · Personal de movimiento
    Capataz1.198,83 €18.032,81 €*+4,0 %11,20 €
    Factor/a1.168,45 €17.577,11 €*+4,0 %11,20 €
    Auxiliar de almacén y basculero1.168,45 €17.577,11 €*+4,0 %11,20 €
    Conductor/a plaza1.168,45 €17.577,11 €*+4,0 %11,20 €
    Mozo/a especializado/a1.168,45 €17.577,11 €*+4,0 %11,20 €
    Mozo/a de carga y descarga1.139,60 €17.144,36 €*2+5,6 %11,20 €
    Repartidor/a de mercancías1.139,60 €17.144,36 €*3+5,6 %11,20 €
    Garajes, estaciones de lavado y engrase y aparcamientos
    Encargado/a general1.203,79 €18.107,21 €*+4,0 %11,20 €
    Encargado/a de almacén1.203,79 €18.107,21 €*+4,0 %11,20 €
    Engrasador/a1.167,31 €17.560,01 €*+4,0 %11,20 €
    Lavacoches1.167,31 €17.560,01 €*+4,0 %11,20 €
    Guarda nocturno1.167,31 €17.560,01 €*+4,0 %11,20 €
    Guarda de día1.139,60 €17.144,36 €*4+5,8 %11,20 €
    Mozo/a1.139,60 €17.144,36 €*5+5,8 %11,20 €
    Garajes, estaciones de lavado y engrase y aparcamientos · Personal de taller
    Jefe/a de taller1.391,20 €20.918,36 €*+4,0 %11,20 €
    Encargado/a o contramaestre1.275,03 €19.175,81 €*+4,0 %11,20 €
    Encargado/a de almacén1.201,79 €18.077,21 €*+4,0 %11,20 €
    Oficiales de 1ª y 2ª1.186,75 €17.851,61 €*+4,0 %11,20 €
    Oficial de 3ª1.167,30 €17.559,86 €*+4,0 %11,20 €
    Mozo/a de taller1.139,60 €17.144,36 €*6+5,8 %11,20 €
    Aprendices1.139,60 €17.144,36 €*7+6,6 %11,20 €
    Mercancías por carretera · Personal administrativo
    Jefe/a de sección de administración1.511,72 €22.726,16 €*+4,0 %11,20 €
    Jefe/a de negociado1.511,72 €22.726,16 €*+4,0 %11,20 €
    Oficial administrativo de 1ª1.296,00 €19.490,36 €*+4,0 %11,20 €
    Oficial administrativo de 2ª1.296,00 €19.490,36 €*+4,0 %11,20 €
    Auxiliar administrativo1.203,79 €18.107,21 €*+4,0 %11,20 €
    Aspirante administrativo1.139,60 €17.144,36 €*8+6,6 %11,20 €
    Mercancías por carretera · Personal de movimiento
    Jefe/a de tráfico de 1ª1.375,97 €20.689,91 €*+4,0 %11,20 €
    Jefe/a de tráfico de 2ª1.375,97 €20.689,91 €*+4,0 %11,20 €
    Jefe/a de tráfico de 3ª1.296,00 €19.490,36 €*+4,0 %11,20 €
    Conductor/a mecánico1.281,66 €19.275,26 €*+4,0 %11,20 €
    Conductor portavehículos1.392,00 €20.930,36 €*+4,0 %11,20 €
    Conductor/a1.256,70 €18.900,86 €*+4,0 %11,20 €
    Conductor/a segunda1.139,60 €17.144,36 €*9+4,6 %11,20 €
    Conductor/a ayudante1.139,60 €17.144,36 €*10+6,6 %11,20 €
    Conductor/a motocicleta y furgoneta1.256,70 €18.900,86 €*+4,0 %11,20 €
    Ayudante1.256,70 €18.900,86 €*+4,0 %11,20 €
    Mozo de carga y descarga1.206,63 €18.149,81 €*+4,0 %—
    Repartidor1.206,63 €18.149,81 €*+4,0 %11,20 €
    Encargado/a de almacén de mudanzas1.296,00 €19.490,36 €*+4,0 %11,20 €
    Capataz1.281,66 €19.275,26 €*+4,0 %11,20 €
    Capitonista1.256,70 €18.900,86 €*+4,0 %11,20 €
    Mozo/a especializado/a1.256,70 €18.900,86 €*+4,0 %11,20 €
    Carpintero/a1.281,66 €19.275,26 €*+4,0 %11,20 €
    Mercancías por carretera · Personal de taller
    Jefe/a de taller1.375,98 €20.690,06 €*+4,0 %11,20 €
    Encargado/a o contramaestre1.375,98 €20.690,06 €*+4,0 %11,20 €
    Encargado/a de almacén1.296,00 €19.490,36 €*+4,0 %11,20 €
    Oficiales de 1º y 2º año1.281,66 €19.275,26 €*+4,0 %11,20 €
    Oficial de 3º año1.256,70 €18.900,86 €*+4,0 %11,20 €
    Mozo/a de taller1.206,60 €18.149,36 €*+4,0 %11,20 €
    Aprendices1.139,60 €17.144,36 €*11+6,6 %11,20 €
    Mercancías por carretera · Personal de logística
    Encargado/a1.375,98 €20.690,06 €*+4,0 %11,20 €
    Oficiales de 1ª1.281,66 €19.275,26 €*+4,0 %11,20 €
    Administrativo1.296,00 €19.490,36 €*+4,0 %11,20 €
    Mozo/a especializado/a1.256,70 €18.900,86 €*+4,0 %11,20 €
    Carretillero1.281,66 €19.275,26 €*+4,0 %11,20 €
    Capataz1.296,00 €19.490,36 €*+4,0 %11,20 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Aspirante administrativo: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    2. Mozo/a de carga y descarga: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    3. Repartidor/a de mercancías: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    4. Guarda de día: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    5. Mozo/a: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    6. Mozo/a de taller: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    7. Aprendices: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    8. Aspirante administrativo: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    9. Conductor/a segunda: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    10. Conductor/a ayudante: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    11. Aprendices: En 2026 la tabla sube esta categoría a 1.139,60 €/mes (no aplica el 4 % sobre 2025), importe que × 15 iguala el SMI anual.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus personal de antigüedad consolidada

      Cantidad individual consolidada a 31/12/1996

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía antigüedad adquirida a 31/12/1996.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      No se genera nueva antigüedad. Entra en las tres pagas extra (art. 14).

    • Plus de nocturnidad

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por cada hora o fracción trabajada entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

    • Plus de peligrosidad

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Actividad principal de transporte o manipulación de mercancías peligrosas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

      15 % del salario base salvo pacto.

    • Plus de penosidad (polvo de sílice)

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo en atmósfera contaminada por polvo de sílice.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

      15 % del salario base salvo pacto.

    • Plus de penosidad en lavaderos

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Personal que trabaja en los lavaderos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

    • Plus de conducción de vehículos nuevos

      130,63 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Quien tiene como misión principal manipular y posicionar al cargue vehículos nuevos a la salida de fábrica.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

    • Plus de manipulación de mercancías sin muelle

      82,75 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal no conductor que carga y descarga habitualmente con transpaleta manual dentro del camión donde no hay muelle.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y anexo

      No absorbible ni compensable.

    • Dieta completa nacional (servicio regular)

      45,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio nacional (España y Portugal) con desplazamiento.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. art. 17 y anexo

      Importe desde el 1/7/2026; hasta el 30/6/2026, 41,20 €/día. En servicio discrecional la media dieta es el 50 % de la completa; con pensión completa a cargo de la empresa se cobra el 50 % por día fuera.

    • Dieta: desayuno

      4,59 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desayuno fuera por el servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. anexo

    • Dieta: comida

      11,47 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida fuera por el servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. anexo

    • Dieta: cena

      11,47 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cena fuera por el servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta si se paga por desplazamiento fuera del municipio, dentro de los límites del art. 147.2 LGSS (26,67 €/día sin pernocta y 53,34 €/día con pernocta en España); el exceso cotiza. anexo

    • Dieta internacional

      53,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera de España y Portugal (Marruecos sí genera dieta internacional).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. Exenta dentro de los límites del art. 147.2 LGSS en el extranjero (48,08 €/día sin pernocta y 91,35 €/día con pernocta); el exceso cotiza. art. 17 y anexo

      Desde el 1/7/2026; hasta el 30/6/2026, 49,44 €/día.

    • Bolsa de vacaciones

      50,36 € al mes, en 1 pagas

      Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Palencia · tabla salarial 2026. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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