Convenio colectivo para la industria, los servicios y las tecnologías del sector del metal de la provincia de Alicante 2026-2028.
Convenio de los años 2026 a 2028 (del 1/1/2026 al 31/12/2028).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| Grupo 1 | ||
| Grupo 1 · Técnicos | 2.291,85 € | 32.085,90 € |
| Grupo 2 | ||
| Grupo 2 · Técnicos | 2.127,08 € | 29.779,12 € |
| Grupo 3 | ||
| Grupo 3 · Técnicos | 1.727,80 € | 24.189,20 € |
| Grupo 3 · Empleados | 1.778,10 € | 24.893,40 € |
| Grupo 3 · Operarios | 1.846,02 € | 25.844,28 € |
| Grupo 4 | ||
| Grupo 4 · Técnicos | 1.647,83 € | 23.069,62 € |
| Grupo 4 · Empleados | 1.646,40 € | 23.049,60 € |
| Grupo 4 · Operarios | 1.608,70 € | 22.521,80 € |
| Grupo 5 | ||
| Grupo 5 · Empleados | 1.470,94 € | 20.593,16 € |
| Grupo 5 · Operarios | 46,96 €/día | 19.958,00 € |
| Grupo 6 | ||
| Grupo 6 · Empleados | 1.364,73 € | 19.106,22 € |
| Grupo 6 · Operarios | 44,84 €/día | 19.057,00 € |
| Grupo 7 | ||
| Grupo 7 · Empleados | 1.318,56 € | 18.459,84 € |
| Grupo 7 · Operarios | 43,64 €/día | 18.547,00 € |
| Categorías no asimiladas · subalterno | ||
| Enfermero/a (categoría a extinguir) | 1.341,17 € | 18.776,38 € |
| Vigilante jurado (categoría a extinguir) | 1.326,92 € | 18.576,88 € |
| Limpieza a jornada completa (categoría a extinguir) | 1.266,16 € | 17.726,24 € |
| Categorías no asimiladas · técnico | ||
| Maestro industrial (categoría a extinguir) | 1.480,86 € | 20.732,04 € |
| Peritos, ingenieros técnicos y aparejadores cuando no existen ingenieros superiores (categoría a extinguir) | 2.178,03 € | 30.492,42 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo 1 · Técnicos
- Ingenieros, arquitectos y licenciados
- Analistas de sistemas (titulación superior)
Grupo 2 · Técnicos
- ATS
- Peritos, ingenieros técnicos y aparejadores
- Diplomados universitarios
- Titulados superiores de entrada
- Graduados sociales
Grupo 3 · Técnicos
- Jefe de organización de 1.ª
- Delineante proyectista y dibujante
Grupo 3 · Empleados
- Jefe de 1.ª administrativo
Grupo 3 · Operarios
- Jefe de taller
- Jefe de laboratorio
Grupo 4 · Técnicos
- Jefe de organización de 2.ª
- Jefe de sección
- Programador de ordenador
Grupo 4 · Empleados
- Jefe de 2.ª administrativo
Grupo 4 · Operarios
- Encargado
- Maestro de taller
- Contramaestre
Grupo 5 · Empleados
- Oficial de 1.ª y 2.ª administrativo
- Técnico de organización de 1.ª y 2.ª
- Delineante de 1.ª y 2.ª
- Analista de 1.ª
- Práctico de topografía
- Viajante
- Fotógrafo
- Archivador de biblioteca
- Conductor mecánico C1, C2, D, E
Grupo 5 · Operarios
- Oficial de 1.ª
- Oficial de 2.ª
Grupo 6 · Empleados
- Conductor
- Auxiliar administrativo
- Auxiliar de organización
- Conserje
- Analista de 2.ª
- Listero
- Dependiente de economato
- Telefonista
- Auxiliar de oficina
- Auxiliar de laboratorio
- Pesador basculero
- Almacenero
Grupo 6 · Operarios
- Oficial de 3.ª
- Especialista
- Capataz de especialistas y peones
Grupo 7 · Empleados
- Vigilante
- Portero
- Ordenanza
Grupo 7 · Operarios
- Peón
Grupo Categorías no asimiladas · subalterno
- Enfermero/a (categoría a extinguir)
- Vigilante jurado (categoría a extinguir)
- Limpieza a jornada completa (categoría a extinguir)
Grupo Categorías no asimiladas · técnico
- Maestro industrial (categoría a extinguir)
- Peritos, ingenieros técnicos y aparejadores cuando no existen ingenieros superiores (categoría a extinguir)
Grupo 8 · Operarios
- Contrato formativo (1.er año 75 %; 2.º y 3.er año 80 %)
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (quinquenios)Toda la plantilla; se cuenta desde el ingreso en la empresa · art. 66 | 5 % del salario base por cada 5 años (máximo 2) |
| NocturnidadHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se fijara por ser un trabajo nocturno por naturaleza · art. 71 | 25 % sobre la hora ordinaria por hora |
| Complemento de tóxicos, penosos y peligrososTrabajos de excepcional penosidad, toxicidad o peligrosidad · art. 72 | 20 % sobre el salario base |
| Plus de carencia de incentivos (P.C.I.)Personal que no trabaja con sistema de incentivos (también técnicos, administrativos y subalternos), por día efectivamente trabajado · art. 17 y anexo II (tabla 2026) | según categoría, de 4,02 a 7,02 € por día |
| Dieta completa (desplazamiento de más de 100 km)Viaje por orden de la empresa a otra población a más de 100 km · art. 29 y anexo II (dietas 2026) | 51,29 € por día |
| Media dieta (desplazamiento de más de 100 km)Viaje a más de 100 km en el que solo se come fuera al mediodía · art. 29 y anexo II (dietas 2026) | 16,47 € por día |
| Dieta completa (desplazamiento de menos de 100 km)Viaje por orden de la empresa a otra población a menos de 100 km · art. 29 y anexo II (dietas 2026) | 36,46 € por día |
| Media dieta (desplazamiento de menos de 100 km)Viaje a menos de 100 km en el que solo se come fuera al mediodía · art. 29 y anexo II (dietas 2026) | 13,23 € por día |
| Dieta completa en tendido de líneas y electrificación de ferrocarrilesEmpresas de tendido de líneas y electrificación de ferrocarriles · art. 29 y anexo II (dietas 2026) | 36,46 € por día |
| Media dieta en tendido de líneas y electrificación de ferrocarrilesEmpresas de tendido de líneas y electrificación de ferrocarriles · art. 29 y anexo II (dietas 2026) | 13,23 € por día |
| Kilometraje en vehículo propioDesplazamientos por orden de la empresa en vehículo particular · art. 29 y anexo II (dietas 2026) | 0,44 € |
| Hora de viaje en tendido de líneasEmpresas de tendido de líneas, electrificación de ferrocarriles, cables y redes telefónicas, cuando el viaje en el medio de locomoción supera hora y media · art. 56 | Se abona el equivalente a una hora sencilla de trabajo, que no computa como jornada |
| Plus de localización semanal (retén)Retén voluntario de siete días seguidos, localizable fuera de la jornada · art. 58 y anexo II (2026) | 86,21 € |
| Plus de localización de lunes a viernes (retén)Día de retén de lunes a viernes · art. 58 y anexo II (2026) | 7,37 € por día |
| Plus de localización en sábado (retén)Sábado de retén · art. 58 y anexo II (2026) | 16,22 € por día |
| Plus de localización en domingo o festivo (retén)Domingo o festivo de retén · art. 58 y anexo II (2026) | 31,89 € por día |
Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (festivas +100 %). El convenio recomienda compensarlas preferentemente con descanso (art. 57 y art. 58). (art. 57 y art. 58)
Subidas pactadas: 2025: 4 % (Incremento del 4 % desde el 1/1/2025 (convenio 2024-2025); sin revisión técnica porque el IPC de 2024 fue del 2,8 %); 2026: 4 % (Incremento del 4,00 % desde el 1/1/2026; atrasos desde el 1/1/2026 abonables hasta el 31/12/2026); 2027: 3 % (Incremento del 3,00 % desde el 1/1/2027); 2027: (Revisión técnica conjunta 2026-2027: si la suma del IPC real de ambos años supera el 7 % pactado, el exceso (tope del 2 %) sirve de base para las tablas de 2028, sin atrasos).
Revisión salarial: Revisión técnica sin atrasos y solo con efectos en las tablas del año siguiente: si la suma del IPC real de 2026 y 2027 supera el 7 % pactado, el exceso (con tope del 2 %) sirve de base para las tablas de 2028; si el IPC real de 2028 supera el 2,5 %, el exceso (tope del 1 %) sirve de base para las de 2029. (art. 67).
Permisos pagados.
5 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 60 | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de padres, suegros, abuelos, hijos, cónyuge y hermanos (hasta 5 días con desplazamiento de más de 100 km)art. 60.1 | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Nacimiento o adopción de hijo, solo para progenitores sin cotización suficiente para la prestación (hasta 5 con desplazamiento; +1 si nace en fin de semana)art. 60.1 | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de hermanos e hijos políticos o de nietos (ampliable con desplazamiento)art. 60.2 | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado o conviviente (disfrute alterno posible)art. 60.3 | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de hijos, hermanos, nietos, cuñados y padresart. 60.4 | 1 | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de tíos o sobrinosart. 60.5 | 1 | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica (Seguridad Social o privada), el tiempo necesario con justificanteart. 60.6 | — | Mejora el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 60.8 | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable)art. 60 (remite a la legislación vigente: art. 37.3.d ET) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Grupo 1: 6 meses
- Grupo 2: 6 meses
- Grupo 3: 2 meses
- Grupo 4: 1 mes
- Grupo 5: 1 mes
- Grupo 6: 15 días
- Grupo 7: 15 días
Preaviso si te vas
- Grupos 1 y 2: 1 mes
- Resto de grupos: 15 días
Novedades del convenio.
- 11/8/2026 · Publicado el nuevo convenio 2026-2028 con tablas definitivas de 2026 y 2027.
- 24/10/2025 · REGCON inscribe la denuncia del convenio 2024-2025.
- 27/2/2025 · Publicadas las tablas salariales de 2025 (+4 %; sin revisión por IPC 2024 del 2,8 %).
- 17/2/2025 · Publicado el convenio 2024-2025 (texto).
Fuente: BOP Alicante de 11 de agosto de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Nuevo convenio 2026-2028 publicado en el BOP de 11/08/2026 (+4 % en 2026, +3 % en 2027, +2,5 % en 2028); atrasos desde el 1/1/2026 hasta el 31/12/2026.
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Alicante?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio del metal de Alicante en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.726,24 € brutos al año a jornada completa (Limpieza a jornada completa (categoría a extinguir)).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Alicante?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo 1: 6 meses. Grupo 2: 6 meses. Grupo 3: 2 meses. Grupo 4: 1 mes. Grupo 5: 1 mes. Grupo 6: 15 días. Grupo 7: 15 días.
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