Convenio colectivo
Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición y servicios de marketing operacional.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Si el IPC de 2026 supera el 3,5 % y hasta un límite del 3,75 %, pago único compensatorio por la diferencia, no consolidable, que se abona en la nómina siguiente a la publicación del IPC definitivo.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo IPuestos: reponedor/a, reponedor/a de ruta, promotor/a, peón / mozo de almacén, recepcionista, demostrador/a o azafato/a. | 1.225,44 € | 17.156,16 € |
| Grupo IIPuestos: auxiliar administrativo/a, secretario/a, supervisor/a de servicios, ejecutivo/a de cuenta, coordinador/a o jefe/a de equipo, oficial de perecederos. | 1.286,71 € | 18.013,94 € |
| Grupo IIIPuestos: técnico/a, oficial administrativo/a, jefe/a de servicio, jefe/a de departamento. | 1.351,05 € | 18.914,70 € |
| Grupo IVPuestos: director/a de departamento o área, delegado/a de zona, titulado/a superior, titulado/a medio. | 1.418,60 € | 19.860,40 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo I
Tareas según instrucciones concretas y claras, con mucha dependencia, que piden sobre todo esfuerzo físico o atención. Abarca puestos básicos y elementales, con o sin formación específica más allá de un periodo de adaptación.
Formación: Graduado en ESO, Graduado Escolar o Certificado de Escolaridad, o FP de Técnico o Técnico Auxiliar.
Por ejemplo: reponedor/a, reponedor/a de ruta, promotor/a, peón / mozo de almacén, recepcionista, demostrador/a o azafato/a.
Grupo II
Operaciones con método de trabajo preciso que, aun con instrucciones, piden conocimientos profesionales y aptitudes prácticas; la responsabilidad está limitada por supervisión directa o sistemática.
Formación: Graduado en ESO, EGB o FP de Técnico o Técnico Auxiliar, más formación específica en el puesto.
Por ejemplo: auxiliar administrativo/a, secretario/a, supervisor/a de servicios, ejecutivo/a de cuenta, coordinador/a o jefe/a de equipo, oficial de perecederos.
Grupo III
Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa, bajo supervisión y con responsabilidad sobre ellos; también la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas de un grupo de colaboradores en un nivel organizativo menor.
Formación: Bachillerato, BUP o FP de Técnico Superior o Técnico Especialista, con formación específica o experiencia en el puesto.
Por ejemplo: técnico/a, oficial administrativo/a, jefe/a de servicio, jefe/a de departamento.
Grupo IV
Tareas técnicas complejas y variadas con objetivos globales, mucha autonomía, iniciativa y responsabilidad; coordinación de funciones de un conjunto de colaboradores o gestión completa de áreas funcionales.
Formación: Diplomatura o Licenciatura, con formación específica en el puesto.
Por ejemplo: director/a de departamento o área, delegado/a de zona, titulado/a superior, titulado/a medio.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Responsable de grupo o jefe/a de equipo de un grupo de menos de seis personas; solo mientras ejerza la función
- Dónde lo dice
- art. 25
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; como regla general se compensa con descanso o con un recargo del 10 % sobre la hora ordinaria de las tablas
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Desplazamiento a otra localidad por el servicio en vehículo particular de la persona trabajadora
- Dónde lo dice
- art. 26
- Quién lo cobra
- Desplazamiento a otra localidad por el servicio
- Dónde lo dice
- art. 27
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 33
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 3,5 % | 3,5 % sobre las retribuciones pactadas para 2025, con efectos desde el 1/1/2026 |
| 2026 | Por fijar | Si el IPC de 2026 supera el 3,5 % y hasta un límite del 3,75 %, pago único compensatorio por la diferencia, no consolidable, que se abona en la nómina siguiente a la publicación del IPC definitivo |
| 2027 | 4 % | 4 % sobre la tabla salarial de 2026 |
| 2026 | 5 % | Desde el 1/1/2024 se garantiza una equidistancia salarial del 5 % entre los cuatro grupos profesionales (grupo II sobre SMI; grupo III 5 % sobre el II; grupo IV 5 % sobre el III) |
Revisión salarial
Si el IPC de 2026 supera el 3,5 % pactado, y hasta un límite del 3,75 %, se paga una sola vez la diferencia entre el IPC real y el 3,5 %, sin efecto en las tablas (art. 21).
Permisos pagados
2 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 37.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Boda de parientes hasta el primer grado de consanguinidadart. 37.b | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivientesart. 37.c | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 37.d | 4 | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 37.e | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 37.f | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por limitaciones de las autoridades o riesgo grave e inminenteart. 37.h | 4 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 37.j | — | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Día de libre disposiciónart. 41 | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupo I: 1 mes
- Grupo II: 2 meses
- Grupo III: 3 meses
- Grupo IV: 6 meses
Preaviso si te vas
- Personal directivo y titulado: 2 meses
- Personal técnico y administrativo: 1 mes
- Resto del personal: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de reposición y marketing?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de reposición y marketing en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.156,16 € brutos al año a jornada completa (Grupo I).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de reposición y marketing?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: 1 mes. Grupo II: 2 meses. Grupo III: 3 meses. Grupo IV: 6 meses.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2026-18631 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 4/9/2026). Revisado el .
Convenio 2026-2029 firmado el 5/6/2026 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 4/9/2026, con efectos económicos desde el 1/1/2026. Se prorroga de año en año si nadie lo denuncia con tres meses de antelación (art. 4).
Convenio estatal de servicios de campo (reposición en grandes superficies y servicios de marketing operacional). Excluye expresamente lo pactado en otros convenios sobre estas actividades, salvo convenios de empresa (art. 1). La tabla es la del anexo II para jornada completa; no hay tabla de 2025 publicada con este texto.