Convenio colectivo de trabajo del sector de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona (2026-2028).
Convenio de los años 2026 a 2028 (del 1/1/2026 al 31/12/2028).
Jornada, vacaciones y pagas.
Al año, además de las 12 mensualidades
Sueldos 2026.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año |
|---|---|---|
| I | ||
| Jefe de Servicio | 2.416,58 € | 43.727,85 € |
| Inspector principal | 2.283,10 € | 41.603,70 € |
| Ingeniero o Licenciado | 2.283,10 € | 41.603,70 € |
| Ingeniero Técnico | 1.949,97 € | 36.305,70 € |
| ATS | 1.469,91 € | 28.670,25 € |
| Jefe de Sección | 1.949,97 € | 36.305,70 € |
| Jefe de Negociado | 1.752,00 € | 33.154,65 € |
| Analista | 1.752,00 € | 33.154,65 € |
| Jefe de Tráfico 1ª. | 1.687,33 € | 32.127,90 € |
| Jefe de Tráfico 2ª. | 1.583,29 € | 30.472,65 € |
| Encargado General | 1.752,00 € | 33.154,65 € |
| Jefe de Taller | 1.949,97 € | 36.305,70 € |
| Contramaestre o Encargado | 1.638,60 € | 31.353,15 € |
| II | ||
| Oficial 1ª | 1.583,32 € | 30.473,10 € |
| Programador Ordenador | 1.583,32 € | 30.473,10 € |
| Oficial 2ª | 1.411,81 € | 27.746,25 € |
| Controlador Operador | 1.411,81 € | 27.746,25 € |
| Encargado de Almacén | 1.613,69 € | 30.956,70 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.282,34 € | 25.617,30 € |
| Perforista-Grabador | 1.301,21 € | 25.986,75 € |
| Telefonista | 1.253,63 € | 25.230,30 € |
| III | ||
| Jefe de Tráfico 3ª. | 1.525,13 € | 29.548,65 € |
| Capataz | 1.469,91 € | 28.670,25 € |
| Conductor Mecánico y TPC | 49,19 €/día | 29.096,05 € |
| Conductor | 45,42 €/día | 27.280,60 € |
| Conductor de Furgoneta | 42,88 €/día | 26.047,55 € |
| Conductor Carret. Elev. y Grúa | 42,88 €/día | 26.047,55 € |
| Aux. Almacén -Basculero | 41,43 €/día | 26.079,40 € |
| Mozo Especializado | 40,46 €/día | 25.624,40 € |
| Ayudante Mozo y Mozo Espec. | 40,46 €/día | 25.624,40 € |
| Expendedor y Engrasador | 40,46 €/día | 25.624,40 € |
| Mozo | 39,01 €/día | 24.841,80 € |
| IV | ||
| Cobrador | 1.243,18 € | 25.063,50 € |
| Portero y Vigilante | 1.185,88 € | 24.905,55 € |
| Limpiadora/hora | — | 24.832,70 € |
| Ordenanza | 1.185,88 € | 24.905,55 € |
| Subjefe o Maestro de Taller | 1.727,79 € | 32.771,55 € |
| Encargado General | 1.583,37 € | 30.473,85 € |
| Encargado de Almacén | 1.525,13 € | 29.548,65 € |
| Jefe de Equipo | 48,31 €/día | 28.672,90 € |
| Oficial 1ª. | 47,80 €/día | 28.418,10 € |
| Oficial 2ª. | 44,61 €/día | 26.884,75 € |
| Oficial 3ª. | 42,75 €/día | 25.974,75 € |
| Mozo de Taller Especialista | 40,46 €/día | 25.624,40 € |
| Peón | 39,60 €/día | 25.201,25 € |
Qué hace cada categoría.
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa.
Grupo I
- Jefe de Servicio
- Inspector principal
- Ingeniero o Licenciado
- Ingeniero Técnico
- ATS
- Jefe de Sección
- Jefe de Negociado
- Analista
- Jefe de Tráfico 1ª.
- Jefe de Tráfico 2ª.
- Encargado General
- Jefe de Taller
- Contramaestre o Encargado
Grupo II
- Oficial 1ª
- Programador Ordenador
- Oficial 2ª
- Controlador Operador
- Encargado de Almacén
- Auxiliar Administrativo
- Perforista-Grabador
- Telefonista
Grupo III
- Jefe de Tráfico 3ª.
- Capataz
- Conductor Mecánico y TPC
- Conductor
- Conductor de Furgoneta
- Conductor Carret. Elev. y Grúa
- Aux. Almacén -Basculero
- Mozo Especializado
- Ayudante Mozo y Mozo Espec.
- Expendedor y Engrasador
- Mozo
Grupo IV
- Cobrador
- Portero y Vigilante
- Limpiadora/hora
- Ordenanza
- Subjefe o Maestro de Taller
- Encargado General
- Encargado de Almacén
- Jefe de Equipo
- Oficial 1ª.
- Oficial 2ª.
- Oficial 3ª.
- Mozo de Taller Especialista
- Peón
Pluses y horas extra.
| Plus | Cuánto |
|---|---|
| Antigüedad (un cuatrienio y cinco quinquenios del 10 %)Toda la plantilla; se cobra desde el día 1 del mes siguiente a cumplir cada periodo. · art. 23 | 10 % del salario base de la categoría a los 4 años y otro 10 % por cada quinquenio siguiente (9, 14, 19, 24 y 29 años), hasta 5 quinquenios: máximo 60 %. Entra en las pagas de junio, Navidad y marzo (art. 20). |
| Plus de nocturnidadTrabajo entre las 22:00 y las 6:00, cualquiera que sea la forma de contratación; proporcional al tiempo trabajado en esa franja. · art. 22 | 25 % sobre el salario base |
| Plus de peligrosidad (mercancías peligrosas ADR)Conductores y acompañantes que transportan, o personal que manipula, productos inflamables, tóxicos, explosivos o ácidos del ADR, durante el tiempo que hacen esos trabajos; también los mozos especializados designados para carga fraccionada de mercancías peligrosas. · art. 21.a | 10 % sobre el salario base |
| Plus de trabajo en cámaras de congelación (-18 °C o menos)Trabajo habitual, continuo o discontinuo, en túneles o cámaras de congelación a -18 °C o menos (también si se estiba o carga a mano desde la cámara al vehículo). Deja de pagarse si desaparece la circunstancia o hay medidas que eviten el frío (la ropa de abrigo no cuenta). · art. 21.b; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 84,51 € |
| Quebranto de monedaPersonal que cobra de forma habitual, cualquiera que sea su categoría, cuando lo cobrado en efectivo es de 900 € o más al mes. · art. 24; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 13,47 € |
| Dieta nacionalSalida de la residencia habitual por el servicio. Comida: si obliga a comer fuera o se sale antes de las 12 h y se vuelve después de las 14 h; cena: si se sale antes de las 20 h y se vuelve después de las 22 h; dormir: si obliga a pernoctar y desayunar fuera. La empresa no paga la parte que cubra ella. · art. 25; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 59,02 € |
| Dieta nacional en ruta ADR (mercancías peligrosas)Conductor que hace ruta sometida a la reglamentación ADR: cobra esta cantidad como dieta nacional. · art. 25; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 60,44 € por día |
| Dieta TIR (internacional)Desde que se cruza la frontera española hasta que se vuelve a cruzar de regreso. Mismo reparto por comida, cena, dormir y desayuno. · art. 25; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 90,86 € |
| Dieta AlemaniaServicio en Alemania. · art. 25; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 113,71 € por día |
| Dieta ItaliaServicio en Italia. · art. 25; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 97,17 € por día |
| Comida plazaPersonal de plaza que, por necesidades del servicio y a petición de la empresa, come fuera de su domicilio sin desplazarse a otra localidad y vuelve al centro antes de las 20:00. Excluido el personal de turno. · art. 25; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 13,01 € por día |
| Ayuda escolarPor cada hijo/a de 3 a 16 años que cumpla la edad antes del 30 de junio; se paga en junio. · art. 38; importe 2026: tablas salariales 2026 del convenio 2026-2028 | 65,88 € |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 14,56 a 21,33 € la hora (art. 17 y tablas salariales 2026). (art. 17 y tablas salariales 2026)
Subidas pactadas: 2025: 4,25 % (Tablas 2025 = 2024 + 4,25 % en todos sus conceptos salvo la bolsa de vacaciones.); 2026: (Garantía 2024-2025: si la suma del IPC de 2024 y 2025 supera el 5,5 %, revisión técnica del exceso sobre las tablas de 2025, sin atrasos y con tope del 1 %, aplicable desde 1/1/2026. El convenio 2026-2028 no dice si se aplicó ni en qué cuantía.); 2026: 3,5 % (Tablas salariales y todos los conceptos económicos + 3,5 % sobre 2025, con efectos de 1/1/2026. Atrasos con la nómina del segundo mes siguiente a la publicación.); 2027: 3,3 % (Tablas salariales y demás conceptos económicos + 3,3 % sobre 2026, con efectos de 1/1/2027.).
Revisión salarial: Si a 31/12/2028 la suma del IPC de 2026, 2027 y 2028 supera el 10 % (la suma de las subidas pactadas), la Comisión Negociadora hará una revisión técnica de las tablas, sin atrasos, con efectos de 1/1/2029, sobre la que se aplicarán las subidas de 2029 y siguientes. (art. 6.2).
Permisos pagados.
4 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso | Días | Frente al Estatuto |
|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 34.1.a | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivienteart. 34.1.b | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º gradoart. 34.1.c | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 34.1.d | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Boda de padres, hermanos o hijosart. 34.1.e | 1 | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 34.1.f | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por restricciones de la autoridad o riesgo graveart. 34.1.i | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Donación de órganos o tejidos (actos preparatorios)art. 34.1.j | el tiempo indispensable | Mejora el Estatuto |
| Asuntos personales (preaviso de 48 horas; un día más para quien trabaja en cámaras a menos de 0 ºC)art. 34.1.k | 2 | Mejora el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 34.1.l | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso.
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto del personal del grupo I: 3 meses
- Resto de personas trabajadoras: 2 meses
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
Novedades del convenio.
- 29/9/2026 · Publicado en el BOPB el convenio de transporte de mercancías por carretera y logística de la provincia de Barcelona 2026-2028 (subidas: 3,5 % en 2026, 3,3 % en 2027 y 3,2 % en 2028).
- 22/11/2023 · Publicado el acuerdo de la comisión negociadora que prorroga el convenio anterior hasta el 31/12/2025, con subidas del 4,75 % (2023), 4,5 % (2024) y 4,25 % (2025) y cláusula de garantía para 2024-2025.
Fuente: BOPB de 29 de septiembre de 2026 y revisiones posteriores. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Vigente del 1/1/2026 al 31/12/2028 (art. 4); publicado en el BOPB el 29/9/2026 (versión catalana y castellana). Los atrasos de 2026 se pagan con la nómina del segundo mes siguiente a la publicación (art. 6).
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de transporte de mercancías de Barcelona?
Su estado a 13 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2028.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de transporte de mercancías de Barcelona en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 24.832,70 € brutos al año a jornada completa (Limpiadora/hora).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de mercancías de Barcelona?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto del personal del grupo I: 3 meses. Resto de personas trabajadoras: 2 meses.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.