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Tablas salariales 2026 · provisionales

Conveni col·lectiu de treball de les indústries de captació, elevació, conducció, tractament, distribució, sanejament i depuració d'aigües potables i residuals de la província de Girona.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 17 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2013 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 17000225011994
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 30 %. En festivo, más un 60 %; de noche, más un 50 %. (art. 23)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    1 de 8 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    6
    G.P. 61.108,94 €31.956,77 €23,74 €Participación en beneficios: 243,97 €/mes; Plus convenio: 526,90 €/mes
    5
    G.P. 51.031,21 €29.588,50 €21,98 €Participación en beneficios: 226,87 €/mes; Plus convenio: 482,42 €/mes
    4
    G.P. 4960,08 €27.222,61 €20,22 €Participación en beneficios: 211,22 €/mes; Plus convenio: 430,03 €/mes
    3
    G.P. 3 Nivell A901,80 €24.572,82 €18,25 €Participación en beneficios: 198,40 €/mes; Plus convenio: 345,26 €/mes
    G.P. 3 Nivell B807,26 €21.897,36 €16,27 €Participación en beneficios: 177,60 €/mes; Plus convenio: 303,22 €/mes
    2
    G.P. 2 Nivell A770,69 €19.233,46 €14,29 €Participación en beneficios: 169,55 €/mes; Plus convenio: 191,14 €/mes
    G.P. 2 Nivell B706,93 €17.457,98 €12,97 €Participación en beneficios: 155,52 €/mes; Plus convenio: 164,49 €/mes
    1
    G.P. 1700,14 €16.105,97 € SMI11,96 €Participación en beneficios: 154,03 €/mes; Plus convenio: 93,24 €/mes

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.750 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Única tabla del recorte: «Taula salarial definitiva anys 2011-2012-2013» (Annex 1).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad de convenio

      Importe único de antigüedad de convenio: 133,90 € brutos anuales por el año 2010, que se prorratea en 12 pagas y 5 gratificaciones

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Todos los grupos profesionales.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

      Importe fijado para 2010; el texto no fija importe posterior. Sin actualizar.

    • Plus de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas nocturnas entre las 22:00 y las 06:00, según la legislación vigente.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

    • Plus de turno

      3,18 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Trabajo a turnos rotativos de 8 horas, en actividad permanente durante las 24 horas y los 365 días del año.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35

      25 de diciembre y 1 de enero: 7,16 € por día, con recargo del 125 % sobre el plus diario.

    • Guardias

      el 50 % de tu salario base por hora

      Quién lo cobra: Tiempo disponible en las dependencias de la empresa fuera del horario habitual.

      Cotiza y tributa como salario. art. 34

      25 de diciembre y 1 de enero: recargo del 125 % sobre la hora normal. Puede compensarse con descanso sin obligatoriedad.

    • Reforzo

      61,80 € brutos semanales, para todo el periodo de vigencia del convenio

      Quién lo cobra: Disponibilidad localizable fuera de la jornada y del centro de trabajo.

      art. 34

    • Dietas

      Media dieta: 14,42 € (una comida). Dieta completa: 61,80 € (desayuno, dos comidas y pernoctación)

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera de la localidad del centro de trabajo por necesidades de la empresa.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; no consta en el recorte art. 26

    • Uso de vehículo particular

      Precio por kilómetro pactado, que no puede ser inferior a 0,19 € por kilómetro recorrido

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Trabajadores que usan vehículo propio para tareas de la empresa.

      art. 28

      Cubre combustible, averías, amortización y demás gastos del vehículo.

    • Premio de vinculación a la empresa

      15,45 € al mes cada cinco años (quinquenio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Todos los grupos profesionales; se computa desde el día de ingreso en la empresa.

      art. 27

      Al acreditar 25 años de antigüedad continuada sin nota desfavorable grave: 412 €, una sola vez.

    • Ayuda por hijos con discapacidad

      61,80 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Por cada hijo con discapacidad física o psíquica igual o superior al 33 %, acreditada con certificado.

      art. 41

      Ayuda económica para la atención del hijo, en cada una de las 12 pagas ordinarias.

    • Plus de trabajo tóxico

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajos en materias tóxicas o peligrosas, proporcional al tiempo trabajado en esas circunstancias; solo si no es técnicamente posible evitar la toxicidad.

      art. 24

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Girona (tabla salarial 2026, publicado el 20/2/2014). Revisado el .

    Código de convenio 17000225011994

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