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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo agropecuario de la provincia de Cuenca para el año 2024-⁠2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 16000085011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 15 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Las horas extraordinarias se compensan con tiempo de descanso salvo acuerdo o pacto individual de abonarlas al precio de la tabla salarial del año en curso. (art. 10 y anexo I)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    12 de 15 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Técnicos
    Técnico titulado de nivel superior1.475,14 €22.127,03 €0,0 %22,98 €
    Técnico titulado de nivel medio1.475,14 €22.127,03 €0,0 %22,98 €
    Personal de administración
    Oficial administrativo1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %22,98 €
    Auxiliar administrativo1.093,41 €16.401,20 € SMI0,0 %18,12 €
    Personal de producción
    Encargado/a general1.500,84 €22.512,57 €0,0 %22,97 €
    Capataces y mayorales1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %22,97 €
    Operador de maquinaria agrícola móvil (tractorista, maquinista)1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %22,97 €
    Carretillero/a1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %17,51 €
    Oficial de 1ª1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %17,51 €
    Oficial de 2ª1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %17,51 €
    Pastor/a1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %17,51 €
    Guarda1.087,86 €16.317,83 € SMI0,0 %17,51 €
    Especialista1.095,84 €16.437,67 € SMI0,0 %17,51 €
    Peón1.087,86 €16.317,83 € SMI0,0 %17,51 €
    Casero/a1.087,86 €16.317,83 € SMI0,0 %17,51 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Sin tabla de 2026 publicada a 16/10/2026: se aplica la última publicada (la provisional de 2025 del anexo I del convenio 2024-2025), que sigue vigente por ultraactividad indefinida (art. 4). No se aplica ninguna subida.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      un 3 % del salario base cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personal fijo o fijo-discontinuo, por cada tres años de antigüedad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      Se incluye en cada una de las tres gratificaciones extraordinarias (30 días de salario base más antigüedad, art. 22).

    • Plus de nocturnidad

      un 30 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; si la jornada es en parte nocturna, solo se paga en las horas nocturnas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

    • Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajos de tratamiento con insecticidas, plaguicidas o herbicidas tóxicos o peligrosos, otros productos químicos peligrosos o exposición a ellos, faenas en fangos o bajo techo de invernadero o naves con esas circunstancias.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

    • Plus de penosidad en compost de champiñón o setas

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Personal de las empresas de compost de champiñón o setas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

    • Compensación por domingo trabajado en ganadería

      30,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Actividad ganadera: por cada domingo trabajado (no más de dos domingos al mes).

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

    • Plus de transporte con vehículo propio

      0,32 € por kilómetro, tanto a la ida como a la vuelta

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Si la persona se desplaza con medios propios a los lugares de trabajo habituales (no desde su domicilio salvo que ya se viniera haciendo).

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 23

    • Media dieta

      41,06 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos del servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 26 y anexo I

    • Dieta completa

      79,78 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos del servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 26 y anexo I

    • Herramientas propias

      0,56 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Por día, cuando se usan herramientas propias (anexo I, «herramientas»).

      Cotiza y tributa como salario. anexo I

      El anexo solo da el importe diario en la sección de dietas y desplazamientos.

    • Corte de ajo blanco

      Euros por caja de ajo blanco cortada

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Corte de ajo, por caja.

      Cotiza y tributa como salario. anexo I

    • Corte de ajo morado

      Euros por caja de ajo morado cortada

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Corte de ajo, por caja.

      Cotiza y tributa como salario. anexo I

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Cuenca (tabla salarial 2026, publicado el 7/8/2024). Revisado el .

    Código de convenio 16000085011982

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