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Convenio colectivo para el sector de hostelería de la provincia de Alicante 2023-2026

Tablas salariales de hostelería de Alicante 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 18 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 24 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025))

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Establecimientos grupo A (hoteles 4-5*, restaurantes 3 tenedores, cafeterías especial/1.ª, salas de fiesta…)
    Nivel 1 · grupo A1.693,89 €24.926,05 €*17,13 €
    Nivel 2 · grupo A1.584,93 €23.400,61 €*16,07 €
    Nivel 3 · grupo A1.470,81 €21.802,93 €*14,96 €
    Nivel 4 · grupo A1.432,79 €21.270,65 €*14,56 €
    Nivel 5 · grupo A1.324,20 €19.750,39 €*13,52 €
    Nivel 6 · grupo A1.245,38 €18.646,91 €*12,75 €
    Establecimientos grupo B (hoteles 3*, restaurantes 2 tenedores, discotecas, pubs, cafeterías 2.ª…)
    Nivel 1 · grupo B1.612,58 €23.787,71 €*16,33 €
    Nivel 2 · grupo B1.502,92 €22.252,47 €*15,29 €
    Nivel 3 · grupo B1.432,29 €21.263,65 €*14,56 €
    Nivel 4 · grupo B1.361,08 €20.266,71 €*13,88 €
    Nivel 5 · grupo B1.282,38 €19.164,91 €*13,11 €
    Nivel 6 · grupo B1.244,83 €18.639,21 €*12,75 €
    Establecimientos grupo C (hoteles 1-2*, hostales, pensiones, restaurantes 1 tenedor, bares, catering y colectividades…)
    Nivel 1 · grupo C1.470,29 €21.795,65 €*14,94 €
    Nivel 2 · grupo C1.400,16 €20.813,83 €*14,27 €
    Nivel 3 · grupo C1.369,76 €20.388,23 €*13,96 €
    Nivel 4 · grupo C1.288,48 €19.250,31 €*13,18 €
    Nivel 5 · grupo C1.252,37 €18.744,77 €*12,81 €
    Nivel 6 · grupo C1.243,93 €18.626,61 €*12,74 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.797 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      de 1,04 a 1,42 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 en actividades con horario diurno y nocturno. No se cobra en vacaciones; es absorbible con lo que ya pague la empresa por nocturnidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 34 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

    • Festivo trabajado pagado en dinero

      de 88,48 a 121,57 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Cuando un festivo trabajado se compensa en dinero (opción d del art. 26). A falta de acuerdo, tú eliges la forma de compensar dos tercios de los festivos y la empresa el tercio restante. A los contratos temporales se les paga en dinero como regla general.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

    • Plus de peligrosidad (empresas de catering)

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Solo personal de empresas de catering.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35

      El convenio no precisa en cuántas pagas se cobra.

    • Plus de responsabilidad (comedores escolares)

      59,89 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Personal de empresas que dan servicio a comedores escolares que, además de su trabajo, se encarga de tareas de gestión (mercancías, inventarios, pedidos). No lo cobran jefes/as o segundos/as de cocina ni jefes/as de partida.

      Cotiza y tributa como salario. art. 36 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

      Absorbible y compensable.

    • Plus de penosidad (centros sanitarios)

      el 5 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Solo personal de empresas que prestan servicios en centros sanitarios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37

      El convenio no precisa en cuántas pagas se cobra.

    • Manutención (valor en especie)

      23,60 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: En establecimientos que sirven comidas y si usas el comedor. Es en especie: no se cobra en dinero ni se puede pedir compensación si no la usas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

      Es el valor que se usa para cotizar por la comida en especie; suma a tu bruto pero no lo cobras en la nómina.

    • Compensación ropa de trabajo · personal con esmoquin o traje chaqueta

      26,52 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no te da el uniforme o la ropa que exige.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

    • Compensación ropa de trabajo · mostrador o sala sin chaqueta y cocina

      19,54 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no te da el uniforme o la ropa que exige.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

    • Compensación ropa de trabajo · resto de personal

      11,53 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no te da el uniforme o la ropa que exige.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

    • Compensación calzado · zapatos de cuero o similar

      6,14 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa exige un modelo o color de zapato y no te lo entrega.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

    • Compensación calzado · zapatillas de tela o similar

      3,09 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa exige un modelo o color de calzado y no te lo entrega.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

    • Limpieza de ropa (derecho personal anterior a 1995)

      3,72 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo quien ya lo cobraba por el convenio que terminó el 31/3/1995.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46

      Importe congelado: no se revisa.

    • Ayuda económica por matrimonio

      Pago único de 256,41 €

      Quién lo cobra: Al menos 2 años en la empresa y seguir trabajando después de casarte.

      Cotiza y tributa como salario. art. 48 y anexo III (tablas 2025, BOP Alicante n.º 33 de 18/02/2025)

      Pago único: no se suma cada año.

    • Complemento ad personam de antigüedad

      Importe personal congelado (no se revisa ni se absorbe); también se suma a las pagas de verano y Navidad

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya cobraba antigüedad antes del 1/4/1995.

      Cotiza y tributa como salario. disposición adicional primera

      Mira el importe en tu nómina.

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Alicante · tabla salarial 2025. Actualizado el 13 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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