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Convenio Colectivo para el Sector de Hostelería de la Provincia de Córdoba 2024-2026

Tablas salariales de hostelería de Córdoba 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas.

    Hay 315 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,4 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Si ambas partes lo acuerdan, por descanso retribuido en la misma proporción. (art. 52)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    Jefe Recepción · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.385,37 €20.780,55 €*20,20 €
    Jefe Recepción · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.357,00 €20.355,00 €*19,79 €
    Jefe Recepción · resto de establecimientos1.331,38 €19.970,70 €*19,42 €
    Jefe Personal · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.385,37 €20.780,55 €*20,20 €
    Jefe Personal · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.357,00 €20.355,00 €*19,79 €
    Jefe Personal · resto de establecimientos1.331,38 €19.970,70 €*19,42 €
    Primer Conserje · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.385,37 €20.780,55 €*20,20 €
    Primer Conserje · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.357,00 €20.355,00 €*19,79 €
    Primer Conserje · resto de establecimientos1.331,38 €19.970,70 €*19,42 €
    Contable General · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.385,37 €20.780,55 €*20,20 €
    Contable General · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.357,00 €20.355,00 €*19,79 €
    Contable General · resto de establecimientos1.331,38 €19.970,70 €*19,42 €
    II
    Segundo Jefe de Recepción · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.359,21 €20.388,15 €*19,82 €
    Segundo Jefe de Recepción · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.331,38 €19.970,70 €*19,42 €
    Segundo Jefe de Recepción · resto de establecimientos1.305,60 €19.584,00 €*19,04 €
    Segundo Conserje de Noche · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.359,21 €20.388,15 €*19,82 €
    Segundo Conserje de Noche · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.331,38 €19.970,70 €*19,42 €
    Segundo Conserje de Noche · resto de establecimientos1.305,60 €19.584,00 €*19,04 €
    Segundo Conserje · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.359,21 €20.388,15 €*19,82 €
    Segundo Conserje · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.331,38 €19.970,70 €*19,42 €
    Segundo Conserje · resto de establecimientos1.305,60 €19.584,00 €*19,04 €
    Recepcionista · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.280,52 €19.207,80 €*18,67 €
    Recepcionista · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.254,27 €18.814,05 €*18,29 €
    Recepcionista · resto de establecimientos1.228,57 €18.428,55 €*17,92 €
    III
    Auxiliar de Caja · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.243,70 €18.655,50 €*18,14 €
    Auxiliar de Caja · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.218,23 €18.273,45 €*17,77 €
    Auxiliar de Caja · resto de establecimientos1.208,03 €18.120,45 €*17,62 €
    Auxiliar de Factoría · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.243,70 €18.655,50 €*18,14 €
    Auxiliar de Factoría · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.218,23 €18.273,45 €*17,77 €
    Auxiliar de Factoría · resto de establecimientos1.208,03 €18.120,45 €*17,62 €
    Portero Noche · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.243,70 €18.655,50 €*18,14 €
    Portero Noche · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.218,23 €18.273,45 €*17,77 €
    Portero Noche · resto de establecimientos1.208,03 €18.120,45 €*17,62 €
    Ascensorista · establecimientos de 5 estrellas / 5 tenedores1.243,70 €18.655,50 €*18,14 €
    Ascensorista · establecimientos de 4 o 3 estrellas / tenedores1.218,23 €18.273,45 €*17,77 €
    Ascensorista · resto de establecimientos1.208,03 €18.120,45 €*17,62 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo II «Tabla salarial 2025» del convenio 2024-2026 (BOP Córdoba n.º 192, 4/10/2024, BOP-A-2024-3899; documento escaneado). Salario base mensual por categoría, nivel salarial (1 a 5) y tipo de establecimiento (5 estrellas o tenedores; 4 o 3; resto).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de transporte

      93,47 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Toda la plantilla, todas las categorías (art. 45). Se incrementa un 50 % si trabajas en un centro fuera del casco urbano de una empresa con más de dos centros, salvo que la empresa ponga el transporte (art. 47).

      Cotiza y tributa como salario. art. 45 y anexo II

      El convenio no dice en cuántas pagas se abona; se entiende mensual.

    • Manutención y alojamiento

      38,34 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Asignación asistencial en las empresas que mencionaba el anexo III de la Ordenanza Laboral de Hostelería de 1974. No se incluye en las pagas extra (art. 43).

      Cotiza y tributa como salario. art. 44 y anexo II

    • Desgaste de herramientas

      10,45 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Si la empresa no te facilita los útiles o herramientas y usas los tuyos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y anexo II

    • Compensación por ropa de trabajo

      17,78 € al mes, en 12 pagas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Si la empresa no te da el uniforme (o solo en parte) y no forma parte de los EPI obligatorios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 56 y anexo II

      El anexo no precisa si el importe es mensual o anual.

    • Antigüedad (aumento del 3 % a los tres años)

      un 3 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 1

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Un único aumento del 3 % sobre el salario base al cumplir tres años en la empresa; los porcentajes ya consolidados se mantienen «ad personam».

      Cotiza y tributa como salario. art. 42

    • Nocturnidad

      25 % sobre salario base más antigüedad, calculado sobre la hora ordinaria del art. 52

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Solo en pubs, bares musicales, discotecas, salas de fiestas, hostelería en bingos y trabajos nocturnos por naturaleza. Horas entre las 22:00 y las 6:00; si son más de 4, toda la jornada es nocturna.

      Cotiza y tributa como salario. art. 49

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Córdoba · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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