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Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito provincial para las Industrias de Hostelería de Segovia (2022-2026)

Tablas salariales de hostelería de Segovia 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas.

    Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 75 %. (arts. 8 y 20)

    Sueldo por categoría en 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Área 1.ª (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración) · grupo profesional I
    Jefe/a de recepción, jefe/a de administración, comercial, primer conserje1.375,48 €19.256,72 €18,81 €
    2.º jefe/a de recepción1.310,48 €18.346,73 €17,92 €
    Área 1.ª (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración) · grupo profesional II
    Administrativo/a, comercial, recepcionista, conserje, relaciones públicas, técnico/a de prevención de riesgos1.310,48 €18.346,73 €17,92 €
    Área 1.ª (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración) · grupo profesional III
    Ayudantes de recepción-conserjería-administrativo/a, conserje, telefonista1.249,59 €17.494,27 €17,08 €
    Auxiliar de recepción, auxiliar de conserjería1.182,43 €16.553,97 €16,17 €
    Área 2.ª (cocina y economato) · grupo profesional I
    Jefe/a de cocina1.375,48 €19.256,72 €18,81 €
    Segundo/a jefe/a de cocina, jefe/a de partida1.310,48 €18.376,73 €17,95 €
    Área 2.ª (cocina y economato) · grupo profesional II
    Cocinero/a, repostero/a, encargado/a de economato1.249,59 €17.494,27 €17,08 €
    Área 2.ª (cocina y economato) · grupo profesional III
    Ayudante de economato, ayudante de cocina1.182,43 €16.553,97 €16,17 €
    Auxiliar de cocina1.114,58 €15.604,14 €15,24 €
    Área 3.ª (restaurante, bar y similares) · grupo profesional I
    Jefe/a de restaurante o sala, gerente de centro1.375,48 €19.256,72 €18,81 €
    Segundo/a jefe/a de restaurante o sala1.310,48 €18.376,73 €17,95 €
    Área 3.ª (restaurante, bar y similares) · grupo profesional II
    Jefe/a de sector1.310,48 €18.376,73 €17,95 €
    Camarero/a, barman, sumiller1.249,59 €17.494,27 €17,08 €
    Área 3.ª (restaurante, bar y similares) · grupo profesional III
    Ayudante de camarero/a, riders1.182,43 €16.553,97 €16,17 €
    Área 4.ª (pisos y limpieza) · grupo profesional I
    Encargado/a general1.357,56 €19.005,84 €18,56 €
    Encargado/a de sección1.292,57 €18.109,98 €17,69 €
    Área 4.ª (pisos y limpieza) · grupo profesional II
    Camarero/a de pisos1.240,15 €17.362,10 €16,96 €
    Área 4.ª (pisos y limpieza) · grupo profesional III
    Auxiliar de pisos y limpieza1.114,58 €15.604,14 €15,24 €
    Área 5.ª (mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional I
    Encargado/a de mantenimiento y servicios técnicos y/o auxiliares, encargado/a de sección1.310,48 €18.346,73 €17,92 €
    Área 5.ª (mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional II
    Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares1.249,59 €17.494,27 €17,08 €
    Área 5.ª (mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional III
    Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares, monitor1.114,58 €15.604,14 €15,24 €
    Área 6.ª (servicios complementarios) · grupo profesional I
    Responsable de servicio1.375,48 €19.256,72 €18,81 €
    Personal técnico de servicio (dietista, fisioterapeuta y otros titulados de la salud)1.281,57 €17.941,95 €17,52 €
    Área 6.ª (servicios complementarios) · grupo profesional II
    Especialista de servicios (socorrista, primeros auxilios, disk jockey, masajista, quiromasajista, atención al cliente)1.249,59 €17.494,27 €17,08 €
    Auxiliar de servicio (atención al cliente, auxiliar de balneario o piscina)1.114,58 €15.604,14 €15,24 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla 2025 del convenio (+2 %), BOP Segovia 8/3/2023. Salario año = salario mes × 14 (12 + 2 pagas).

    Pluses y complementos.

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo salario pactado como nocturno por naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 5

    • Manutención (en metálico)

      45,00 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Personal con derecho a manutención que la recibe en metálico en vez de en especie.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      Importe fijado en el art. 18 para 2025.

    • Alojamiento (complemento sustitutorio)

      15,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal con derecho a alojamiento que no lo recibe en especie.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

    • Plus de penosidad y peligrosidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Labores declaradas penosas o peligrosas por el orden jurisdiccional social.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

      20 % del salario de convenio.

    • Plus compensatorio de formación

      45,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Solo si la empresa no acredita participación en planes de formación continua del sector (art. 57).

      Cotiza y tributa como salario. art. 57

      De naturaleza salarial; 45 € por persona y mes.

    • Plus de intensidad de trabajo (monitor de colectividades)

      60,30 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Monitor/a de colectividades al que se encomiendan tareas adicionales a las de su categoría; a tiempo parcial, en proporción.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Para el resto de categorías, el plus de intensidad es la parte proporcional de la diferencia de salario entre categorías cuando se asumen tareas adicionales por vacaciones, bajas, etc.

    • Premio por 10 años de antigüedad

      Una mensualidad de la retribución que se perciba en ese momento, pagada una vez (prorrateable en 12 meses por acuerdo)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Al cumplir 10 años en la empresa (desde octubre de 1996), una sola vez.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Además, quien cobraba antigüedad antes del 11/10/1996 la mantiene como «complemento personal» congelado, sin actualización.

    • Ayuda para libros

      35 € al año, pagados en septiembre

      Quién lo cobra: Quien acredite la matrícula de un hijo/a en el colegio y la factura de los libros del curso.

      Ayuda social: el convenio no aclara su cotización; en general las mejoras de este tipo cotizan (art. 147 LGSS). art. 25

    Importes brutos de tabla: sin antigüedad, horas extra ni pluses personales.

    Fuente: BOP Segovia · tabla salarial 2025. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Vale lo publicado en el boletín oficial.

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