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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de panaderías de la provincia de A Coruña.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.

Tabla de 2018 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 15001085011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Subida en 2026
—

Primer año que tenemos de este convenio: no hay tabla anterior con la que comparar.

Hora extra—

La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Descanso con el mismo recargo, dentro de los 4 meses siguientes (art. 15). (art. 15) Fuente

Estado de la tablaSigue la tabla del año anterior

Publicada en el BOP A Coruña. Ver la tabla oficial

Sueldo por categoría en 2026
CategoríaBase / mesBruto anual
1
Grupo 1884,86 €—
2
Grupo 2803,48 €—
3
Grupo 325,55 €/día—
4 a
Grupo 4 a25,10 €/día—
4 b
Grupo 4 b25,10 €/día—
5
Grupo 522,43 €/día—
Pluses y complementos

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Plus de transporte

    83,16 € al mes, en 12 pagas

    Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Todos los grupos profesionales.

    Cotiza y tributa como salario. art. 8 y art. 9

    Importe de 2018 (última publicada). Al personal a tiempo parcial se calcula por días trabajados al mes (art. 9).

  • Plus de nocturnidad

    63,43 €/mes para el personal que comienza entre las 22 y las 02 h; 48,79 €/mes para el que comienza entre las 02 y las 06 h, o antes de las 22 h con al menos el 50 % de la jornada entre las 22 y las 06 h; 11,05 €/mes para el que comienza antes de las 22 h y termina entre las 22 y las 24 h; 22,07 €/mes para el que comienza antes de las 22 h, termina entre las 24 y las 02 h y realiza menos del 50 % de la jornada entre las 22 y las 06 h

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Según la hora de inicio y de fin de la jornada.

    Cotiza y tributa como salario. art. 11

    Importes de 2018 (última publicada).

  • Plus de domingo trabajado

    24,00 € por cada día trabajado

    Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Domingo trabajado por acuerdo voluntario con la persona trabajadora, además del salario del día.

    Cotiza y tributa como salario. art. 25

    Importe de 2018 (24 €/domingo trabajado). Los derechos adquiridos por prolongación de jornada se mantienen (art. 25).

  • Plus de trabajo en cámara de congelación

    93,85 € al mes, en 12 pagas

    Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo en cámara de congelación a 16 grados bajo cero o menos, al menos la mitad de la jornada, con medios mecánicos de paletización.

    Cotiza y tributa como salario. art. 19

    Importe de 2018. No se percibe durante vacaciones, bajas, faltas ni permisos (art. 19).

  • Complemento de mecanización, semimecanización y punto caliente

    Personal de obrador o taller en industria mecanizada: 20 % del salario base; en industria semimecanizada: 15 %; personal de despacho que atiende puntos calientes: 9 %; resto del personal: 8 %

    Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Según el tipo de industria y el puesto.

    Cotiza y tributa como salario. art. 16

    Complemento salarial.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Fuente: anuncio 2017/5016 (BOP A Coruña, tabla salarial 2026, publicado el 21/6/2017). Revisado el .

Código de convenio 15001085011981

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