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Convenio colectivo

Convenio colectivo de ámbito estatal para el sector de agencias de viajes.

Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.

Código de convenio 99000155011981
Publicado el
5/11/2025
Vigencia
1/1/2025 – 31/12/2025

Última actualización: 16 de octubre de 2026

Jornada al año1.752horas
Vacaciones30días

naturales

Pagas extra4

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+3,0 %2025
Tablas salariales 2026

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

1 de 10 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo 2 (ejecución/supervisión) y Grupo 3 (servicios generales)
Nivel 1 SMI1.025,88 €16.414,08 €
Nivel 21.118,19 €17.891,04 €
Nivel 31.218,84 €19.501,44 €
Nivel 41.328,53 €21.256,48 €
Nivel 51.394,97 €22.319,52 €
Nivel 61.464,72 €23.435,52 €
Nivel 71.537,96 €24.607,36 €
Grupo 2 · mando (subgrupo 1)
Nivel 81.676,36 €26.821,76 €
Nivel 91.827,24 €29.235,84 €
Nivel 101.991,68 €31.866,88 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Técnicos/as gestores/as

Con título de grado superior o medio, o conocimientos y experiencia equivalentes, tienen funciones de gestión, organización, planificación y control de dirección central de la empresa, con dependencia de la alta dirección. Se les contrata con nivel 10.

Formación: Grado superior o medio, o equivalente.

Por ejemplo: jefe/a superior, titulado/a superior.

Agentes de viajes y administración

Atención al cliente, oficina, administración, contabilidad y comercial en los ámbitos emisor, puntos de venta y receptivo, incluidos guías de turismo con relación laboral. Subgrupo 1 (mando, niveles 8 a 10) y subgrupo 2 (ejecución/supervisión, niveles 1 a 7).

Por ejemplo: agente de viajes, administrativo/a, guía de turismo, agente técnico/a de viajes.

Servicios generales

Trabajos exclusivamente auxiliares dentro de la empresa, no definidos en los otros grupos (niveles 1 a 7).

Por ejemplo: telefonista/recepcionista, conductor/a de autocar, ordenanza, conserje, mozo/a, personal de limpieza.

Grupos 1 y 2 (mando)

  • Nivel 10 · nivel 10Nivel más alto: lo ocupan los técnicos/as gestores/as del grupo 1 (jefes/as superiores o titulados/as superiores, de dirección central con dependencia de la alta dirección) y los puestos de mando del grupo 2 que han llegado al nivel 10, sin progresión posterior. En la tabla cobra 31.867 € al año, el sueldo más alto.

Grupo 2 · mando (subgrupo 1)

  • Nivel 9 · nivel 9Mando del grupo 2 (agente técnico/a de viajes y administración): dirige, coordina o controla trabajos técnicos y administrativos y a los agentes que supervisan; cuatro años de permanencia en el nivel. En la tabla cobra 29.236 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
  • Nivel 8 · nivel 8Nivel de entrada de mando del grupo 2: agente técnico/a de viajes y administración que, además de ejecutar, dirige y controla trabajos de su ámbito; cuatro años de permanencia en el nivel. En la tabla cobra 26.822 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).

Grupo 2 (ejecución/supervisión) y Grupo 3 (servicios generales)

  • Nivel 7 · nivel 7Ejecución/supervisión del grupo 2 (agentes de viajes y administración) o servicios generales del grupo 3. Nivel consolidado por antigüedad en el sector, tras tres años en el nivel anterior. En la tabla cobra 24.607 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
  • Nivel 6 · nivel 6Ejecución/supervisión del grupo 2 o servicios generales del grupo 3. Nivel consolidado por antigüedad en el sector; tres años de permanencia. En la tabla cobra 23.436 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
  • Nivel 5 · nivel 5Ejecución/supervisión del grupo 2 o servicios generales del grupo 3. A este nivel se asimilan los guías de turismo con relación laboral. En la tabla cobra 22.320 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
  • Nivel 4 · nivel 4Ejecución/supervisión del grupo 2 o servicios generales del grupo 3. Nivel consolidado por antigüedad en el sector; tres años de permanencia. En la tabla cobra 21.256 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
  • Nivel 3 · nivel 3Nivel de entrada para quien acredita formación profesional de grado superior o más de tres años de antigüedad en el sector (grupo 2) o de experiencia en puestos similares (grupo 3). En la tabla cobra 19.501 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
  • Nivel 2 · nivel 2Nivel de entrada para quien acredita formación profesional de grado medio o entre uno y tres años de antigüedad en el sector (grupo 2) o de experiencia en puestos similares (grupo 3). En la tabla cobra 17.891 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
  • Nivel 1 · nivel 1Nivel de entrada para personal con formación básica o menos de un año de antigüedad en el sector (grupo 2) o de experiencia en puestos similares (grupo 3); permanencia de 1 a 3 años. En la tabla cobra 16.414 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Plus de transporte / teletrabajoAyuda para ir y volver del trabajo.129,18 € al mes en 11 pagas
Quién lo cobra
Todos los niveles; 11 pagos mensuales con los salarios (no se abona en las gratificaciones extraordinarias)
Dónde lo dice
art. 41.1
Plus de funciónLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto.126,17 € al mes en 12 pagas
Quién lo cobra
Quien, voluntariamente y a propuesta de la empresa, realiza funciones distintas y adicionales a las de su grupo y nivel; se cobra los meses en que las realiza
Dónde lo dice
art. 41.2
Plus N.O.L. (ad personam)según categoría, de 0,91 a 7,38 € al mes
Quién lo cobra
Quien lo cobraba por la conversión de las antiguas categorías a niveles en 2010; deja de cobrarse al subir de nivel
Dónde lo dice
art. 41.3
Plus de trabajo nocturnoLo que se paga de más por trabajar de noche.40 % sobre el salario base
Quién lo cobra
Trabajo entre las 22:00 y las 7:00.
Dónde lo dice
art. 24

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 80 % sobre la hora ordinaria (festivas +100 %). De común acuerdo, descanso equivalente incrementado en los mismos porcentajes (80 % o 100 % en festivos) (art. 26).
Dónde lo dice
art. 26

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20253 %3 % sobre las tablas de 2024, con carácter retroactivo desde el 1/1/2025, exigible desde la publicación en el BOE; los atrasos pueden abonarse en dos meses desde la publicación
Permisos pagados

6 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Matrimonio o pareja de hechoart. 28.a1615 días naturalesMejora el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho, ascendientes o descendientes en primer gradoart. 28.b62 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de hermanos/asart. 28.c3 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Mejora el Estatuto
Fallecimiento de abuelos/as y nietos/asart. 28.d2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Enfermedad grave de cónyuge o pareja de hecho, ascendientes o descendientes en primer gradoart. 28.e65 díasMejora el Estatuto
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta 2.º grado o convivientesart. 28.f55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitual dentro de la misma localidadart. 28.i11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado de domicilio habitual fuera de la localidad de residenciaart. 28.i21 díaMejora el Estatuto
Boda de padres, hijos/as o hermanos/as, incluso con parentesco políticoart. 28.j1—Mejora el Estatuto
Deber público, notario, renovación de permisos de trabajo, residencia o pasaporteart. 28.g——Igual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes para obtener un título académicoart. 28.h—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Consultas médicas o pruebas diagnósticas propiasart. 28.k——Igual o sin mínimo en el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 28.o44 días al año (horas)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Deber inexcusable de carácter público y personalNo lo mencionaEl tiempo indispensableLo da el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalNo lo mencionaLas horas que fije la leyLo da el Estatuto
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Periodo de prueba y preaviso

Periodo de prueba

  • Técnicos/as titulados/as: 6 meses
  • Resto del personal: 2 meses
  • Resto del personal (empresas de menos de 25 personas): 3 meses
  • Personal no cualificado, aprendices y nivel 1: 1 mes

Preaviso si te vas

  • Niveles 1 a 7: 15 días
  • Niveles 8, 9 y 10: 1 mes
  • Contratos de menos de un año (niveles 1 a 7): 10 días
  • Contratos de menos de un año (niveles 8 a 10): 15 días
Qué ha cambiado

Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.

  • Aviso21 de febrero de 2026Sentencia de la Audiencia Nacional 15/2026 que anula los pasajes del art. 48 sobre el límite de cuatro días al año del 50 % por enfermedad justificada y sobre la exclusión de la mejora por absentismoNovedad sobre este convenio. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de agencias de viajes?

Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2025.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de agencias de viajes en 2026?

Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.414,08 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de agencias de viajes?

30 días naturales al año.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos/as titulados/as: 6 meses. Resto del personal: 2 meses. Resto del personal (empresas de menos de 25 personas): 3 meses. Personal no cualificado, aprendices y nivel 1: 1 mes.

¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?

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Lo que suele venir después.

Fuente: BOE-A-2025-22415 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 5/11/2025). Revisado el .

Vigencia pactada del 1/1/2025 al 31/12/2025; quedó denunciado automáticamente al publicarse (art. 5) y sus condiciones subsisten hasta que se firme un nuevo convenio. Sin tablas de 2026 publicadas a 16/10/2026: se aplican las de 2025.

Convenio estatal de agencias de viajes. La tabla es la de 2025 prorrogada: el convenio venció el 31/12/2025 y no hay tablas de 2026 publicadas. El salario base mensual se cobra en 16 pagas; el nivel 1 queda por debajo del SMI anual de 2026 solo con el salario base.