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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de empresas de captación, elevación, conducción, tratamiento, desalinización, depuración y distribución de agua de la provincia de Alicante.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 03004095012007
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 37)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    6
    G.P. 6 Técnica2.458,22 €44.062,52 €45,05 €
    5
    G.P. 5 Técnica2.286,05 €40.997,96 €41,91 €
    4
    G.P. 4 Técnica1.870,59 €33.602,76 €34,35 €
    3
    G.P. 3 Nivel A1.584,11 €28.503,44 €29,14 €
    G.P. 3 Nivel B1.392,83 €25.099,04 €25,66 €
    2
    G.P. 2 Nivel A1.322,62 €23.849,20 €24,38 €
    G.P. 2 Nivel B1.261,56 €22.762,20 €23,28 €
    1
    G.P. 11.246,67 €22.497,44 €23,00 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.712 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tablas salariales provisionales del Anexo I (art. 9). La Comisión Paritaria aprobará las tablas definitivas.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento salarial por antigüedad

      un 1 % del salario base cada año, hasta 10 (tope: 25 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personas trabajadoras incluidas en el convenio, con antigüedad desde la fecha de ingreso en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10.b

    • Antigüedad consolidada (premio anterior a 1998)

      Importe reconocido a 31/12/1998, que se incrementa cada año en el mismo porcentaje que la tabla salarial

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien tenía premio de antigüedad reconocido a 31/12/1998.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10.a

    • Complemento de administración

      26,00 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Área administrativa de los grupos 1, 2 y 3 que no perciba otros complementos de igual o superior importe.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      26 € mensuales para 2026.

    • Plus medioambiental

      10,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado en espacios confinados.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

      10 € para 2026.

    • Plus de nocturnidad

      2,00 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo trabajos nocturnos por naturaleza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

      2,00 euros por hora para 2026.

    • Plus de festivos especiales

      71,84 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada turno trabajado entre las 22:00 del 24 y las 22:00 del 25 de diciembre, entre las 22:00 del 31 de diciembre y las 22:00 del 1 de enero, y entre las 6:00 y las 14:00 del 6 de enero.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      71,84 € por turno, según la tabla de 2026.

    • Plus de turno cerrado (24 horas, 365 días)

      9,27 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por día trabajado en régimen de turno cerrado. Compensa el cambio de turno y los domingos y festivos intersemanales.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

    • Plus de turno abierto (mañana y tarde, 365 días)

      6,64 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por día trabajado en régimen de turno abierto. Compensa el cambio de turno y los domingos y festivos intersemanales.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

    • Compensación por disponibilidad

      126,06 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Personas en situación de disponibilidad fuera de jornada, en depuración, bombeo de aguas residuales, desalación y desalinización.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      Mínimo mensual de 126,06 € para 2026; la cuantía se negocia en cada caso.

    • Retén semanal

      Cantidad bruta semanal de 143,29 euros para 2026

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por semana de retén, además de las horas extraordinarias trabajadas, en elevación, conducción y tratamiento de aguas potables y saneamiento.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

    • Guardia de 8 horas en días no laborables

      de 150,44 a 179,12 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Guardia de 8 horas en días no laborables, en áreas funcionales operarias de los grupos indicados.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      Importes por guardia de 2026.

    • Complemento de prestaciones por incapacidad temporal

      Diferencia entre el salario real fijo y la prestación de la Seguridad Social, sin que sea inferior a esta prestación en cómputo anual y en proporción a los días de baja

      Quién lo cobra: Incapacidad temporal acreditada por la Seguridad Social.

      Sin determinar en el texto. art. 22

    • Kilometraje por vehículo propio

      0,26 € brutos por kilómetro recorrido

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos por trabajo en vehículo propiedad de la persona trabajadora.

      El convenio remite a la legislación fiscal vigente. art. 23

    • Retribución adicional de vacaciones

      Suma de los conceptos del año, dividida entre 330 días y multiplicada por los 30 días de vacaciones

      Quién lo cobra: Conceptos variables del año natural: plus medioambiental, nocturnidad, plus Navidad, turnicidad, disponibilidad, horas extraordinarias de disponibilidad, retén, horas de retén y guardias.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Se abona en una sola vez en la nómina de enero del año siguiente.

    • Ayuda por bolsa de estudios por hijo/a

      Importe anual según nivel de estudios. Educación infantil: 185,00 €

      Quién lo cobra: Hijos mayores de tres años que cursen estudios y convivan en la unidad familiar sin recibir remuneración. Se paga en octubre.

      art. 27

      Solo consta el importe de educación infantil. Los de primaria, FP, secundaria-bachiller y universitaria aparecen en blanco en el texto del boletín.

    • Ayuda por hija/o con discapacidad

      80,00 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Hija o hijo con discapacidad.

      art. 29

      80,00 € mensuales.

    • Premio de vinculación

      600 € brutos en pago único

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Al cumplir 20 años y al cumplir 30 años de antigüedad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      Sin actualización durante la vigencia del convenio.

    • Plus adaptación convenio provincial de Alicante

      Exceso de retribución fija anual del convenio de origen sobre las tablas de este convenio

      Quién lo cobra: Empresas que se incorporan al convenio desde otro convenio de empresa, para garantizar la misma retribución fija anual.

      art. 53

      Puede ser compensable y absorbible, o revalorizable.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Alicante (tabla salarial 2026, publicado el 24/9/2026). Revisado el .

    Código de convenio 03004095012007

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