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Tablas salariales 2026 · provisionales

CONVENIO COLECTIVO DE ALQUILER DE VEHICULOS SIN CONDUCTOR DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS AÑOS 2024 y 2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 28103445012023
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 18 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Horas estructurales: abonadas o compensadas con descanso a elección de la persona trabajadora, dentro de los cuatro meses siguientes. (art. 11)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    6 de 18 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    I
    Jefe/a de Sección1.536,89 €23.053,35 €*0,0 %15,43 €
    Jefe/a de Negociado1.437,22 €21.558,30 €*0,0 %14,41 €
    Oficial/a Administrativo/a de Primera1.287,48 €19.312,20 €*0,0 %12,88 €
    Oficial/a Administrativo/a de Segunda1.160,00 €17.400,00 €*0,0 %11,35 €
    Auxiliar1.118,40 €16.776,00 €* SMI0,0 %10,38 €
    II
    Delegado/a de zona1.636,87 €24.553,05 €*0,0 %17,27 €
    Jefe/a de Base1.487,06 €22.305,90 €*0,0 %15,66 €
    Recepcionista1.187,80 €17.817,00 €*0,0 %12,45 €
    Ayudante Recepcionista1.118,40 €16.776,00 €* SMI0,0 %10,90 €
    Mozo/a - Conductor/a1.118,40 €16.776,00 €* SMI0,0 %10,89 €
    III
    Jefe/a de Taller1.536,89 €23.053,35 €*0,0 %16,20 €
    Jefe/a de Equipo1.312,43 €19.686,45 €*0,0 %13,79 €
    Oficial/a de Primera de Taller1.287,48 €19.312,20 €*0,0 %13,52 €
    Conductor/a especialista1.202,00 €18.030,00 €*0,0 %11,39 €
    Oficial/a de Segunda de Taller1.160,00 €17.400,00 €*0,0 %11,39 €
    Mozo/a de Taller1.118,40 €16.776,00 €* SMI0,0 %10,89 €
    IV
    Vigilante – portero/a1.118,40 €16.776,00 €* SMI0,0 %10,90 €
    Limpiador/a1.118,40 €16.776,00 €* SMI0,0 %10,90 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.776 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. No se aplican subidas.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad (quinquenios)

      6 % a los 5 años, 13 % a los 10, 20 % a los 15 y 27 % a los 20 o más

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personas trabajadoras según años de servicio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 6 (inicio recortado)

      Devengo desde el día 1 del mes siguiente al cumplimiento. No compensable ni absorbible.

    • Plus de asistencia

      6,00 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 6 (letra c)

      6,00 € en todas las categorías de la tabla. Importe de 2025 prorrogado.

    • Plus de idiomas

      41,20 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Personas que por exigencia de su trabajo utilicen habitualmente sus conocimientos de idiomas.

      El recorte no dice si cotiza. art. 6 (letra e)

      41,20 € mensuales. Importe de 2025 prorrogado.

    • Plus de nocturnidad

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas entre las 10,00 de la noche y las 6,00 de la mañana, salvo que el salario se haya fijado teniendo en cuenta el carácter nocturno del puesto.

      Cotiza y tributa como salario. art. 6 (letra f)

      Independiente y compatible con cualquier otra percepción.

    • Dieta de manutención (España y Portugal, sin pernoctar)

      26,67 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por España y Portugal sin pernoctar fuera del domicilio; la mitad al almuerzo y la mitad a la cena.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 8

      Pernoctación con factura hasta 41,20 €. Si no hay gasto de pernoctación, la manutención sube 17,51 €.

    • Dieta de manutención (extranjero excepto Portugal, sin pernoctar)

      48,08 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos por el extranjero, excepto Portugal, sin pernoctar fuera del domicilio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 8

      Pernoctación con factura hasta 67,98 €. Si no hay gasto de pernoctación, la manutención sube 24,93 €.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20240803-1 (tabla salarial 2026, publicado el 3/8/2024). Revisado el .

    Código de convenio 28103445012023

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