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Tablas salariales 2026

Convenio colectivo de actividades agropecuarias de la provincia de Zamora.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.

Código de convenio 49000105011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 10)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualHora extra
    Peones, guardas38,23 €/día17.394,65 €9,66 €
    Oficial de segunda38,40 €/día17.472,00 €9,71 €
    Caseros, oficiales de primera38,72 €/día17.617,60 €9,79 €
    Capataces o encargados generales no titulados1.184,60 €17.769,00 €9,87 €
    Capataces o encargados generales titulados1.194,60 €17.919,00 €9,96 €
    Administrativos1.204,60 €18.069,00 €10,04 €
    Técnicos con titulación media1.510,09 €22.651,35 €12,58 €
    Técnicos con titulación superior2.021,16 €30.317,40 €16,84 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo II: tabla 2026 vigente del 1/4/2026 al 31/12/2026 (art. 17).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de peligrosidad y toxicidad

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Actividades peligrosas según la normativa de prevención de riesgos laborales, o uso de sustancias tóxicas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      El convenio no define la base exacta más allá de «salario real del convenio» (salario base, antigüedad y complementos).

    • Media dieta

      15,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dietas por desplazamiento (art. 23).

      No cotiza solo dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el convenio no fija esos límites. art. 23

      Si el trabajador acredita gastos superiores, la empresa abona la diferencia.

    • Dieta completa

      25,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dietas por desplazamiento (art. 23).

      No cotiza solo dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el convenio no fija esos límites. art. 23

      Si el trabajador acredita gastos superiores, la empresa abona la diferencia.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Zamora (tabla salarial 2026, publicado el 4/5/2026). Revisado el .

    Código de convenio 49000105011982

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