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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de clínicas y consultas de odontología y estomatología de Asturias.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 33004355012008
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Compensables por tiempos equivalentes de descanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientes. (art. 9)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    2 de 8 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    I
    Grupo I2.010,49 €28.146,86 €0,0 %19,46 €
    II
    Grupo II1.831,48 €25.640,72 €0,0 %17,71 €
    III
    Grupo III1.762,62 €24.676,68 €0,0 %17,04 €
    IV
    Grupo IV1.432,14 €20.049,96 €0,0 %13,85 €
    V
    Grupo V1.349,51 €18.893,14 €0,0 %13,04 €
    VI
    Grupo VI1.266,89 €17.736,46 €0,0 %12,25 €
    VII
    Grupo VII1.184,26 €16.579,64 € SMI0,0 %11,44 €
    VIII
    Grupo VIII1.184,00 €16.576,00 € SMI0,0 %11,33 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.808 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. No se aplica ninguna subida.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de acomodación

      Cuantía que cada trabajador venía percibiendo; no revalorizable ni absorbible

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo para quien ya lo percibía antes de la entrada en vigor del convenio.

      No consta en el recorte. art. 24

      Sustitutorio del extinto concepto de antigüedad.

    • Complementos de productividad ad personam

      Lo que reconozca cada empresa; no consolidables ni revalorizables, y no computan en pagas extra salvo pacto

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: A criterio de cada empresa.

      No consta en el recorte. art. 25

    • Complemento de localización (guardias localizadas)

      Lo que acuerde cada empresa con sus trabajadores

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Guardias localizadas.

      No consta en el recorte. art. 26

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOPA 2025-09141 (tabla salarial 2026, publicado el 12/11/2025). Revisado el .

    Código de convenio 33004355012008

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