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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo provincial de comercio de maquinaria industrial, agrícola, material eléctrico, aparatos electrodomésticos, mobiliario y material de oficina de Sevilla.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.

Código de convenio 41000765011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    1 de 11 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Nivel 1nivel 11.036,00 €16.576,00 € SMI0,0 %9,22 €
    Nivel 2nivel 21.109,77 €17.756,32 €10,0 %9,88 €
    Nivel 3nivel 31.132,94 €18.127,04 €10,0 %10,08 €
    Nivel 4nivel 41.156,08 €18.497,28 €10,0 %10,29 €
    Nivel 5nivel 51.190,71 €19.051,36 €10,0 %10,60 €
    Nivel 6nivel 61.227,76 €19.644,16 €10,0 %10,93 €
    Nivel 7nivel 71.264,70 €20.235,20 €10,0 %11,25 €
    Nivel 8nivel 81.304,09 €20.865,44 €10,0 %11,60 €
    Nivel 9nivel 91.341,06 €21.456,96 €10,0 %11,93 €
    Nivel 10nivel 101.378,05 €22.048,80 €10,0 %12,26 €
    Nivel 11nivel 111.415,01 €22.640,16 €10,0 %12,59 €

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Nivel 2 y otras: Importe de la tabla de 2025: no hay tabla de 2026 publicada a 16/10/2026.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.798 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 5 % del salario base cada cuatro años, hasta 3 (tope: 15 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal contratado antes del 27/02/1996 (el convenio suprime la antigüedad para las contrataciones posteriores). Quien cobre más de tres cuatrienios los mantiene ad personam.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Se abona también en las cuatro pagas extraordinarias (cada una es una mensualidad de salario base más antigüedad, art. 26).

    • Plus de ayuda escolar

      141,21 € por hijo/a y año

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, o en guardería (se justifica documentalmente); se abona en septiembre.

      art. 27

      Importe publicado para 2025 (BOP 09/04/2025); no hay tabla de 2026. Importe de 2025, sin tabla de 2026 publicada.

    • Media dieta

      16,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer una de las comidas principales.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 28

      Importe de 2025, sin tabla de 2026 publicada.

    • Dieta completa

      31,94 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer las dos comidas principales.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 28

      Importe de 2025, sin tabla de 2026 publicada.

    • Kilometraje

      0,29 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio por necesidad de la empresa, con justificación del desplazamiento y la distancia.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 29

      Importe de 2025, sin tabla de 2026 publicada.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Sevilla (tabla salarial 2026). Revisado el .

    Código de convenio 41000765011981

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