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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo provincial de comercio de maquinaria industrial, agrícola, material eléctrico, aparatos electrodomésticos, mobiliario y material de oficina de Sevilla.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 41000765011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualHora extra
    Nivel 1nivel 11.036,00 €16.576,00 €9,22 €
    Nivel 2nivel 21.109,77 €17.756,32 €9,88 €
    Nivel 3nivel 31.132,94 €18.127,04 €10,08 €
    Nivel 4nivel 41.156,08 €18.497,28 €10,29 €
    Nivel 5nivel 51.190,71 €19.051,36 €10,60 €
    Nivel 6nivel 61.227,76 €19.644,16 €10,93 €
    Nivel 7nivel 71.264,70 €20.235,20 €11,25 €
    Nivel 8nivel 81.304,09 €20.865,44 €11,60 €
    Nivel 9nivel 91.341,06 €21.456,96 €11,93 €
    Nivel 10nivel 101.378,05 €22.048,80 €12,26 €
    Nivel 11nivel 111.415,01 €22.640,16 €12,59 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.798 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      un 5 % del salario base cada cuatro años, hasta 3 (tope: 15 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personal contratado antes del 27/02/1996 (el convenio suprime la antigüedad para las contrataciones posteriores). Quien cobre más de tres cuatrienios los mantiene ad personam.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      Se abona también en las cuatro pagas extraordinarias (cada una es una mensualidad de salario base más antigüedad, art. 26).

    • Plus de ayuda escolar

      141,21 € por hijo/a y año

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a escolarizado/a de 3 a 18 años, o en guardería (se justifica documentalmente); se abona en septiembre.

      art. 27

    • Media dieta

      16,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer una de las comidas principales.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 28

    • Dieta completa

      31,94 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del centro de trabajo, cuando haya que hacer las dos comidas principales.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 28

    • Kilometraje

      0,29 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio por necesidad de la empresa, con justificación del desplazamiento y la distancia.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 29

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Sevilla (tabla salarial 2025). Revisado el .

    Código de convenio 41000765011981

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