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Tablas salariales 2024

Convenio colectivo provincial del sector de comercio de materiales para la construcción y saneamiento de Pontevedra (2020-⁠2024).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2024. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 36000345011982

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 16 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2024
    CategoríaBase / mesBruto anual
    I
    Director/a general de empresa1.831,38 €27.470,70 €*
    Gerente de empresa1.575,17 €23.627,55 €*
    II
    Titulado/a grado Superior1.660,98 €24.914,70 €*
    Titulado/a grado Medio1.422,45 €21.336,75 €*
    Contable1.303,15 €19.547,25 €*
    III
    Jefe/a de Sección o departamento1.576,43 €23.646,45 €*
    Encargado/a de Sección1.405,39 €21.080,85 €*
    IV
    Oficial Administrativo1.269,01 €19.035,15 €*
    Auxiliar Administrativo1.200,87 €18.013,05 €*
    V
    Vendedor/a Comercial Viajante1.269,01 €19.035,15 €*
    Dependiente/a1.200,87 €18.013,05 €*
    VI
    Profesional de oficio de 1ª1.200,87 €18.013,05 €*
    Profesional de oficio de 2ª1.132,78 €16.991,70 €*
    Chofer Vehículo Pesados 1ª1.200,87 €18.013,05 €*
    Chofer Vehículo Ligeros 2ª1.132,78 €16.991,70 €*
    Mozo/a Especializada1.132,78 €16.991,70 €*

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad consolidada (ad personam)

      Importe consolidado de cada persona, congelado

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien la tuviera consolidada; no se incrementa durante la vigencia.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20 y art. 21

      Entra en las pagas extra (art. 21: salario de tabla más antigüedad consolidada).

    • Trabajo en sábado por la tarde

      un 75 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Quién lo cobra: Horas trabajadas los sábados por la tarde (por acuerdo en el establecimiento o carga/descarga).

      Cotiza y tributa como salario. art. 6

      Además, descanso compensatorio por las tardes de sábado trabajadas.

    • Bolsa de vacaciones

      250 euros

      Quién lo cobra: Quien por necesidades de la empresa no disfrute sus vacaciones entre junio y septiembre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 7

    • Dieta completa

      45,37 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 23 y tabla anexa

    • Media dieta

      12,96 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 23 y tabla anexa

    • Kilometraje (vehículo propio)

      0,26 euros por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo particular por necesidades del servicio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 23 y tabla anexa

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Pontevedra (tabla salarial 2024, publicado el 19/2/2024). Revisado el .

    Código de convenio 36000345011982

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