Saltar al contenido

Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de grúas autopropulsadas de Castilla y León.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 78000475012009
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 10 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anual
    1
    Titulado Superior / Director de Sucursal84,61 €/día30.881,13 €
    2
    Titulado Medio / Jefe de Servicio–Encargado75,79 €/día27.664,18 €
    3
    Conductor Operador GMA Especial64,89 €/día23.685,47 €
    Conductor Operador GMA de 1ª / Mecánico de 1ª62,62 €/día22.855,73 €
    Conductor Operador GMA de 2ª / Mecánico de 2ª / Administrativo de 1ª / Comercial58,88 €/día21.491,97 €
    Conductor Operador GMA de 3ª / Mecánico de 3º / Administrativo de 2ª55,60 €/día20.294,65 €
    Conductor Operador GMA de 4ª54,10 €/día19.747,47 €
    6
    Conductor operador Grúa Articulada de 1ª53,36 €/día19.475,68 €
    Conductor operador Grúa Articulada de 2ª / Auxiliar / Conductor47,24 €/día17.242,67 €
    Ayudante / Ordenanza / Personal de Mantenimiento y Limpieza46,94 €/día17.131,32 €
    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento de festivo

      de 14,47 a 26,08 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajos en sábados y domingos, cubiertos por el 50 % de la plantilla cada fin de semana; mínimo de dos horas por día. Excluidos los contratados específicamente para fines de semana.

      El recorte no lo indica. art. 33

    • Plus de nocturnidad

      de 14,47 a 26,08 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas entre las 22,00 y las 06,00.

      El recorte no lo indica. art. 34

    • Plus de asistencia

      0,00 € al mes, en 12 pagas

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Todas las categorías.

      El recorte no lo indica. art. 29.6

      Importe de la tabla de 2025: 0,00 (en 2026 pasa a 60,00).

    • Complemento de salvamento o rescate

      Mismo precio que las horas extraordinarias

      Quién lo cobra: Servicios fuera de la jornada ordinaria por fuerza mayor, reparaciones urgentes o tareas de salvamento o rescate.

      El recorte no lo indica. art. 29.3

    • Complemento personal

      Cantidad personal que corresponda según el convenio de procedencia

      Quién lo cobra: Características personales, formación o conocimientos, y cantidades que se percibían por antigüedad o condiciones del convenio de procedencia.

      El recorte no lo indica. art. 29.1

    • Dietas

      Comida o cena 15,00 €; desayuno 6,00 €; pernocta 50,00 €; dieta completa 63,00 €

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del centro de trabajo habitual; dieta completa si el desplazamiento supera los 50 km.

      Concepto extrasalarial (art. 25); el recorte no fija la exención. art. 30

      El desayuno aparece con una sola cifra (6,00) en el boletín.

    • Kilometraje con vehículo propio

      Nunca inferior a 0,26 €/km

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio del trabajador con autorización escrita de la empresa.

      El recorte no lo indica. art. 30

    • Complemento de incapacidad temporal

      Hasta el 100 % del salario neto (salario base y complemento personal), desde el día 46 de baja, con un máximo de doce meses

      Quién lo cobra: Accidente laboral, enfermedad profesional o enfermedad común grave.

      El recorte no lo indica. art. 37

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOCYL (tabla salarial 2025, publicado el 15/7/2026). Revisado el .

    Código de convenio 78000475012009

    Volver arriba